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Los expertos en diagnóstico prenatal critican la ‘ley Gallardón’

Consideran que la supresión de aborto por anomalía fetal grave vulnera los derechos de las mujeres y las desampara en situaciones muy complejas y dolorosas

M. R. S.
El anteproyecto de ley de Gallardón restringe la posibilidad de abortar a dos supuestos: violación y riesgo grave para la salud de la mujer.
El anteproyecto de ley de Gallardón restringe la posibilidad de abortar a dos supuestos: violación y riesgo grave para la salud de la mujer. France Press

La restrictiva nueva ley del aborto impulsada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, sigue acumulando críticas. A las de la oposición y organizaciones sociales se suman también las de algunas sociedades científicas. La Asociación Española de Diagnóstico Prenatal --unos 400 profesionales-- ha censurado el anteproyecto de ley que, al suprimir el supuesto que permite abortar por anomalía fetal grave, genera “desamparo y desconfianza” en un sistema sanitario que permite el diagnóstico de patologías fetales severas, pero que “limita las opciones disponibles al alcance de cualquier país desarrollado”.

El modelo escogido por Justicia admite la interrupción del embarazo solo en dos casos: violación (hasta la semana 12 de gestación) o riesgo grave para la salud física o psicológica de la mujer; un supuesto en el que incluye el peligro para la salud mental de la mujer por el diagnóstico de una anomalía fetal “incompatible con la vida”. La regulación cubre así algunos casos, sin embargo, deja fuera aquellos en los que la patología sea extrema pero no siempre mortal; algo que ahora sí está cubierto sin límite temporal.

Los profesionales de diagnóstico prenatal —obstetras, genetistas, biólogos— han hecho público un comunicado en el que consideran la nueva ley “un retroceso importante” para los derechos reproductivos. El anteproyecto, dicen, que además del supuesto de aborto por anomalía fetal elimina la opción de que la mujer finalice su gestación sin tener que alegar alguna razón (ahora se permite hasta la semana 14ª), “cercena la capacidad de decisión del individuo” en cuestiones “tan vitales” como la de decidir interrumpir un embarazo. Estos expertos creen que la ley, que obligará a la mujer que decida abortar a que dos médicos certifiquen que existe riesgo para su salud, vulnera sus derechos.

“La ley de autonomía del paciente otorga a las personas la capacidad de decidir libremente entre las opciones clínicas disponibles. La nueva norma, sin embargo, niega la opción a las mujeres de interrumpir su embarazo ante una malformación fetal grave. Ante esto, una mujer se enfrenta a una de las decisiones más complejas de su vida, una decisión informada, reflexiva, madura y coherente con sus circunstancias. Aunque, en el caso de optar por la interrupción del embarazo, se propone que sean dos médicos los que constaten que la presencia de una malformación fetal supone un grave peligro para la salud física o psíquica de la embarazada”, apunta Javier García-Planells, presidente de la AEPD. “La aprobación de esta norma supondrá la anulación de los programas de prevención de las malformaciones congénitas, quedando el diagnóstico prenatal como un mero acto informativo con escasa utilidad clínica”, añade.

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Sobre la firma

M. R. S.
Es jefa de la delegación de Bruselas. Antes, en Moscú, desde donde se ocupó de Rusia, Ucrania, Bielorrusia y el resto del espacio post-soviético. Sigue pendiente de la guerra en Ucrania, que ha cubierto desde el inicio. Ha desarrollado casi toda su carrera en EL PAÍS. Además de temas internacionales está especializada en igualdad y sanidad.

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