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Un juez anula la multa a una autoescuela que cobraba más a las mujeres

El centro había sido sancionado por ofertar el carné por 665 euros para hombres y 850 para mujeres

Una mujer conduciendo un coche.
Una mujer conduciendo un coche. claudio álvarez

El titular del juzgado contencioso administrativo número dos de Zaragoza, Javier Albar, ha anulado la sanción que la Consejería de Consumo puso a una autoescuela de la capital aragonesa que ofertó una tarifa plana más barata para los hombres que para las mujeres. La autoescuela Gasque S.L. fue denunciada por la Unión de Consumidores de Aragón, que consideraba que la oferta era discriminatoria, ya que fijaba en 665 euros el precio para sacarse el carné de conducir para chicos de entre 18 y 22 años y en 850 euros para las chicas de la misma edad.

A pesar de que, a raíz de la denuncia, la autoescuela dejó sin efecto la tarifa que hasta entonces ofertaba, Consumo sancionó a la empresa con 4.000 euros por haber cometido una infracción administrativa grave en materia de disciplina de mercado y de defensa de los consumidores y usuarios. El juez considera, sin embargo, que no se incumple dicha ley porque, según establece en su sentencia, "ni había un precio máximo legalmente establecido, ni se cobró un precio superior al anunciado ni al presupuestado ni se incumplió norma alguna en materia de 'precios y márgenes comerciales".

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El juez recuerda que la ley en materia de consumo admite "diferencias de trato en el acceso a bienes y servicios cuando estén justificados por un propósito legítimo y los medios para lograrlo sean adecuados y necesarios" y, dado que el comportamiento de los consumidores masculinos y femeninos no es el mismo, en el caso de la autoescuela se ha producido una diferencia de trato objetiva, según ha manifestado Albar.

La tarifa se fundamentaba en datos objetivos que tienen una "clara y directa" incidencia económica, ya que se basaba en que lo que encarece el permiso de conducir son las clases prácticas y que son las mujeres, por lo general, las que emplean más número que los varones, ha indicado el juez en su sentencia.

Albar se basa también en las estadísticas de la Dirección General de Tráfico que reflejan que tanto en destreza como en conducción abierta hay un mayor número de aprobados de los hombres, una diferencia que considera "suficientemente significativa" como para que en una oferta que resultaba una mejora de precio respecto a las tarifas generales se ofreciese un premio mejor a los varones.

El juez estima además que ofrecer a las mujeres el mismo precio "habría resultado antieconómico" dado que, de media, las mujeres exceden en 2,48 el número de clases, calculando en 15 el objetivo de la empresa para los chicos y en 21 para las chicas. El titular del juzgado contencioso administrativo número dos advierte asimismo de que las discriminaciones existen en todos los ámbitos de la vida jurídica y cita las tarifas más bajas de transporte en función de la edad o situación de pensionista, precios de entradas para niños o jóvenes o seguros de automóvil más caros para jóvenes.

Albar alega además que la propia Ley de Igualdad está "saturada de medidas no igualitarias y favorecedoras de la mujer" que "pretenden combatir la desigualdad previa con acciones de discriminación positiva".

En el caso de que la actuación pudiese considerarse discriminatoria, el juez opina que se trataría de un supuesto de mera interpretación de la ley para lo que se habría requerido el cese de la conducta, algo que se cumplió, y no haber incoado un expediente sancionador.

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