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Llamar al boicoteo, ¿delito o derecho?

El activismo ciudadano forma parte de la libertad de expresión Las campañas no pueden basarse en falsedades ni encubrir la competencia desleal

Rosario G. Gómez
Una imagen del desaparecido programa 'La noria'.
Una imagen del desaparecido programa 'La noria'.

El 29 de octubre de 2011, el programa de televisión La noria emitió una entrevista a Rosalía García, la madre de El Cuco, implicado en la muerte de Marta del Castillo. Como ocurre en prácticamente todos los formatos de este tipo, la entrevista fue pagada: unos 10.000 euros. Desde Internet, un bloguero lanzó inmediatamente una campaña para que las marcas retiraran su publicidad de La noria. Y en apenas dos semanas el programa se había quedado sin anuncios. La cadena tuvo que cancelar el programa de la parilla después de ver esfumarse 3,7 millones de euros. Su imagen quedó seriamente dañada.

Telecinco consideró que detrás de esta campaña hubo un presunto delito de coacciones y amenazas e interpuso una querella contra Pablo Herreros, el bloguero que desató la tormenta mediática. La cadena entendía que esta acción, aventada por las redes sociales, excedía la mera crítica al advertir a los anunciantes de que si no retiraban su publicidad boicotearían sus productos.

¿Es lícito reclamar por el perjuicio económico y de prestigio? ¿Está amparado el boicoteo en una sociedad democrática? ¿Es un instrumento de protesta que debe estar protegido por las leyes? ¿Cuál es la frontera entre la crítica y la amenaza? Los expertos consideran que acciones de este tipo forman parte de la libertad de expresión. Eso sí, siempre y cuando no se asiente en críticas infundadas o sean radicalmente falsas. Joan Barata, profesor de Derecho de la Comunicación en la Universidad de Blanquerra URL, considera desproporcionado llevar este conflicto a un terreno penal. “Ha habido un ejercicio de activismo en la Red, algo propio de cualquier sociedad democrática”.

Cualquier comportamiento de una empresa que vaya en contra de la responsabilidad social corporativa es cuestionable, explica Barata, vicedecano de la Facultad de Comunicación de Blanquerra. La protesta forma parte de la libertad de expresión y “el derecho a criticar una gran empresa es como el derecho a criticar al poder político”.

Un bloguero hizo caer la publicidad de Telecinco en 3,7 millones

En la misma línea, Miguel Ángel Presno, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, considera que el boicoteo forma parte del mensaje crítico, y que desaconsejar el consumo de un determinado producto forma parte del mercado de las ideas. De manera tajante afirma que promover un boicoteo es legal. Y argumenta: “La libertad de expresión es uno de los fundamentos esenciales de las sociedades democráticas y protege no solo la sustancia de las ideas sino también la forma en la que se transmiten. Las opiniones incluidas en un blog están protegidas”. Entiende además que se protegen no solo las ideas que son favorablemente recibidas o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también las que chocan, inquietan u ofenden a una parte de la sociedad. “Cuando el sujeto criticado tiene relevancia pública, como un medio de comunicación tan conocido como Telecinco, el grado de protección para la crítica a ese sujeto debe ser mayor”, apunta Presno.

Pero no todo boicoteo está amparado por la libertad de expresión. Depende de cómo se oriente y de quién lo orqueste. El profesor Joan Barata ve límites: si una campaña está basada en críticas infundadas o entra en el terreno de la falsedad o si se lanza desde un grupo económico a otro. Este sería un claro caro de competencia desleal. El conflicto entre Federico Jiménez Losantos y Abc es ilustrativo. El locutor radiofónico emprendió en 2006, desde los micrófonos de la Cope, una campaña contra el diario del grupo Vocento. El entonces director del programa La mañana pidió desde las ondas a los suscriptores del Abc que se dieran de baja. Vocento demandó a la Cope y al propio Jiménez Losantos. El grupo de comunicación interpretó que hubo una campaña dolosa de denigración que infringía la ley de competencia.

A ojos del profesor Barata el comportamiento de Losantos fue claramente anticompetitivo. Además, el caso tuvo otra vertiente: “Se produjo un ataque al honor del entones director de Abc, José Antonio Zarzalejos. La libertad de expresión no cubre el insulto”.

Diferente es cuando una organización, llevada por determinados ideales, planta cara a una empresa. Presno recuerda la campaña que a mediados de los ochenta emprendió London Greenpeace contra McDonald's. En 1986, creó un panfleto de seis páginas titulado Lo que no funciona en McDonald's y lo difundió en el marco de esa campaña. Entre otras cosas decía: no solamente McDonald's y numerosas otras sociedades contribuyen a una importante catástrofe ecológica, sino que obligan igualmente a las poblaciones tribales de los bosques húmedos a abandonar sus territorios ancestrales, en los que viven apaciblemente, sin dañar el medioambiente, desde hace miles de años. He aquí un ejemplo típico de la arrogancia y brutalidad de las multinacionales en su búsqueda incesante de beneficios cada vez mayores. No es exagerado decir que, cuando usted come una Big Mac, ayuda al imperio de McDonald's a destruir nuestro planeta.

Losantos fue condenado por su campaña desde la Cope contra el exdirector de 'Abc'  José Antonio Zarzalejos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dijo que la expresión política, inclusive sobre cuestiones de interés general, exige un nivel elevado de protección a efectos del artículo 10. Y consideró, apunta del profesor Presno, que en una sociedad democrática, incluso los pequeños grupos de militantes no oficiales, como London Greenpeace (o como puede el bloguero que boicoteó La noria) deben poder llevar a cabo sus actividades de forma efectiva y que existe un claro interés general en autorizar a tales grupos y a los particulares fuera de la corriente dominante a contribuir al debate público mediante la difusión de informaciones y de opiniones sobre cuestiones de interés general, como la salud y el medioambiente.

Ya en España, el experto pone como ejemplo la sentencia del Tribunal Constitucional de 2003 que amparó a una agrupación de ganaderos que, entre otras cosas, recomendó a sus asociados que no aceptaran semen de una concreta distribuidora Disega al considerar que la libertad de expresión comprende la crítica de la conducta de otro, aun cuando la misma sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a quien se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática.

En esta sentencia del TC el profesor Presno considera determinante el carácter público del sujeto sobre el que se emite la crítica u opinión —el programa La noria encajaría aquí—, el contexto en el que se producen las manifestaciones enjuiciables y, por encima de todo, si en efecto contribuyen o no a la formación de la opinión pública libre. “Este último requisito”, dice, “está bien presente en el caso de La noria”.

Aunque la justicia le de la razón al denigrado, ¿cómo se resarce el daño?

Presno considera que la protección amplia de la libertad de expresión se extiende a las personas y grupos que participan en el foro público (como es el caso del bloguero) “pues existe un interés general en permitir que estas personas o grupos contribuyan al debate público difundiendo ideas sobre cuestiones que nos afectan a todos”.

En el caso del boicoteo a La noria, Mediaset España, el grupo que gestiona Telecinco, ha querido dejar claro que acepta la crítica “libremente expresada” y ha negado que su recurso a los tribunales haya sido una venganza contra el bloquero que, indirectamente, acabó con La noria, un programa que cosechaba grandes audiencias. “Mediaset no puede silenciar a nadie ni vengarse de nadie”, ha sostenido la cadena.

Telecinco reconoce que en la crítica está la esencia misma de la libertad de expresión —“además de ser un derecho fundamental, es el germen de los medios de comunicación privados, y entre ellos la televisión”—. Pero asegura que una cosa es criticar, convencer o disuadir y otra muy distinta amenazar, que no es “ni más ni menos que imponer a otro un comportamiento contrario a su voluntad”. Y esto es algo que, en opinión del operador televisivo, “está completamente al margen de la convivencia democrática”.

Nadie duda, y tampoco el sociólogo y periodista Xavier Coller, de que la libertad de expresión no de debería tener límites en una sociedad ideal en la que todos los ciudadanos actuarán de forma responsable. “Pero esto no siempre es así porque la vida real dista mucho de la vida ideal. Por eso se establecen límites que tienen que ver con la honorabilidad de las personas y para proteger ciertos grupos, como los niños”, afirma.

Un equilibrio difícil entre la expresión y la protección de las personas

Tampoco cuestiona nadie que la libertad de expresión es un requisito previo de la democracia. “Sin ella no puede existir democracia moderna”, advierte Coller. Pero a veces, bajo el paraguas del derecho a la libertad de expresión, “ocurren comportamientos que son irresponsables, como difamar, calumniar o cosas similares”. “Se trata de algo inevitable (aunque corregible con educación) porque no todo el mundo tiene los mismos valores en la vida”, explica.

La actuación del bloguero Pablo Herreros aspiraba a ser una llamada de atención para que las televisiones dejaran de pagar a delincuentes por ir a contar su vida a los platós de televisión. Sin embargo, a veces este no es un comportamiento premeditado. “Hemos visto cómo en familias con escasos recursos afectadas por algún suceso trágico los abogados les proponen que acudan a programas de televisión, y sean remunerados por ello, como vía para que esos abogados puedan cobrar su minuta”, confiesa un directivo de una cadena de televisión. De hecho, la madre de El Cuco compareció ante las cámaras de Cuatro y de Antena 3 antes de acudir al plató de La noria y, según diversas fuentes, cobró de ambas cadenas.

En el caso de La noria, Mediaset entendía que se pudo haber traspasado la frontera de la libertad de expresión desde el momento en el que el bloguero que promovió la campaña decidió mandar una carta a los anunciantes de la cadena es la que advertía: “Si no se adhieren a nuestra propuesta, seguiríamos exigiéndoselo en adelante y promoveríamos un boicoteo de sus productos”. Es difícil, pero la clave es conseguir un equilibrio entre la garantía del ejercicio a la libertad de expresión y la protección de las personas, organizaciones e instituciones que puedan ser objeto, como apunta Coller, de actuaciones poco honorables amparada bajo el derecho a la libertad de expresión.

Para el sociólogo, este equilibrio más o menos se mantiene con el recurso a los tribunales. Pero insiste en que a veces, bajo el derecho a la libertad de expresión se denigra a una persona (o institución), se recurre a los tribunales, el juez falla a favor del denigrado, pero el daño está hecho. “A veces, ese daño es irreparable o muy costoso de reparar”, subraya. Pone como ejemplo los casos de políticos acusados de corrupción y que con el tiempo (a veces lustros) se demuestra que era todo mentira, pero tuvieron que dimitir.

El último caso en la larga lista de ataques (a veces infundados) es el protagonizado por el asesor de Margaret Thatcher Alistair McAlpine, acusado en las redes sociales de pederastia tras ciertas insinuaciones de la venerada (hasta ahora) BBC.Los abogados de McAlpin reclaman a los tuiteros que paguen por haber difundido calumnias. “Si la Red se caracteriza por algo es por la libertad que ofrece”, dice el profesor de la Universidad Complutense Antón Álvarez. Pero si se insulta o se miente “por supuesto que se puede denunciar”, aclara.

En el caso del político británico, el daño se ha visto multiplicado por el eco de Internet. “Afortunadamente para el lord británico, tiene recursos para enfrentarse a la situación y probablemente Scotland Yard coopere. Pero ¿y si se trata de una persona sin recursos? ¿O si, como es el caso ya en España, se tiene que pagar un dinero para iniciar un pleito contra quien, amparándose en su libertad de expresión, vierte acusaciones falsas contra una persona o una institución u organización?”, se pregunta Xavier Coller. En estos casos, opina que se puede llegar a una indefensión que contribuyan a consolidar daños difícilmente irreparables.

En conflicto de La noria, las dos partes enfrentadas o han llegado a un pacto esta semana. La cadena retira la querella y el bloguero Pablo Herreros reconoce que la publicidad está al margen de la línea de la cadena en la que se emite. Pero será difícil que el programa La noria vuelva algún día la pantalla.

Ataques a la dignidad de las personas

Federico Jiménez Losantos. En 2006, el diario Abc interpuso una demanda ante un juzgado de lo Mercantil de Madrid contra la Cope y el que entonces era su periodista estrella y director del programa La mañana, Federico Jiménez Losantos. Desde los micrófonos de la cadena de la Conferencia Episcopal, el locutor lanzó reiterados insultos contra el director de Abc en esa época, José Antonio Zarzalejos, y pidió a los suscriptores del diario que se dieran de baja. El grupo editor entendía que la Cope había producido una campaña "dolosa de denigración" que vulneraba la ley de competencia y reclamó una indemnización por daños y perjuicios. En el pleito con Zarzalejos, el juez condenó al locutor por proferir expresiones ofensivas y vejatorias y por intromisión ilegítima en su honor. Le impuso una indemnización de 100.000 euros por haber usado expresiones ofensivas y vejatorias y por daño injustificado a la dignidad de las personas.

Alistair McAlpine. Difundir rumores difamatorios y amplificar su efecto a través de las redes sociales puede considerarse delito. Al menos en Reino Unido. El político conservador británico Alistair McAlpine ha puesto en marcha toda la artillería jurídica para exigir compensaciones de los miles de tuiteros que reenviaron el falso rumor de que había abusado una docena de veces de un joven en los años setenta. La falsa noticia la difundió en un principio la BBC, que indemnizará al exasesor de Margaret Thatcher con 185.000 libras (230.000 euros). Pese a que el reportaje emitido en la cadena de televisión británica no le identificaba, su nombre saltó a toda velocidad a las redes sociales. Los abogados de McAlpine han localizado al menos 1.000 cuentas de Twitter que difundieron directamente los rumores o mandaron links con enlaces a páginas de Internet en las que se le vinculaba a él con los abusos en el hospicio del norte de Gales. A todos ellos les reclama una indemnización.

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