Krahe, absuelto en el juicio por el vídeo en el que se cocinaba un Cristo
La sentencia señala que el cantautor no tuvo intención de "menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos"
El Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid ha absuelto al cantautor Javier Krahe del delito de ofensa a los sentimientos religiosos del que estaba acusado por unas imágenes grabadas por el artista y otras personas en 1977 en las que se cocinaba un Cristo y que fueron emitidas en 2004 como telón de fondo durante una entrevista a Krahe en Lo + Plus. También ha sido absuelta la periodista Monste Fernández Villa, que dirigía ese programa de Canal + cuando se produjo la emisión. La sentencia señala que "no resulta probado que concurriera en ninguno de los acusados la intención de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros".
El juez Jacobo Vigil considera que Krahe es un creador reconocido y que la creación artística tiene en ocasiones una dosis de provocación. "La sátira y el recurso a lo irreverente han sido en no pocas ocasiones un recurso artístico para hacer crítica social, mostrando la oposición del creador a determinados modelos. Esta sátira se ha dirigido en especial a las distintas manifestaciones del poder". Y añade que la religión católica y la Iglesia como institución, han estado asociadas en la historia al poder y han sido por tanto también objeto de crítica legítima.
"No son infrecuentes en distintos ámbitos de la expresión, referencias críticas a símbolos o creencias religiosas. Si esto es así en la actualidad, lo fue especialmente en la época en la que el cortometraje en cuestión se elaboró". En este contexto, añade que no se han descubierto en las palabras de. Krahe ni en las imágenes emitidas "el escarnio que exige el tipo".
De hecho, el juez deja claro que para que haya escarnio, la burla tiene que ser cualificada con el término “tenaz”, que tiene una manifiesta intención ofensiva. Y añade que en el corto denunciado hay "un inequívoco sentido satírico, provocador y crítico, pero no el de ofender que pretende la acusación". La denuncia fue interpuesta por Víctor Lozano, directivo del Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro, y Nicolás de Sala, para quienes la emisión de las imágenes en Canal + atentaban contra los sentimientos religiosos.
"No negamos que los denunciantes se hayan sentido sinceramente ofendidos. Sin embargo, lo que debemos rechazar aquí, es que la conducta enjuiciada sea objetivamente ofensiva, al menos en el sentido reforzado que exige el tipo".
El pasado 28 de mayo se celebró el juicio y quedó ese mismo día visto para sentencia tras una vista oral de cerca de dos horas en la que Krahe estuvo arropado en todo momento por el mundo de la cultura, en un proceso que muchos de sus compañeros denunciaron como “predemocrático”. Krahe se sentó en el banquillo por blasfemia, un delito por el que no se había juzgado a nadie desde que se escribió, en el artículo 525 del Código Penal reformado en 1995, bajo el nombre de “ofensa a los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa” y “escarnio de dogmas, creencias o ritos”.
“Calcúlese un Cristo ya macilento para dos personas. Se le extraen las alcayatas y se le separa de la cruz, que dejaremos aparte. Se desencostra con agua tibia y se seca cuidadosamente”. Así empieza el irreverente cortometraje, en el que una voz en off va explicando paso a paso la receta para cocinar un Cristo, aderezado con mantequilla y hierbas aromáticas. Tras meter la fuente de cristal dentro del horno, “se deja tres días y sale solo”, concluye. Aquella cinta “se rodó entre varios” y se hizo “para proyectar en la pared de casa o de algún amigo”, dijo Krahe durante el juicio, negando que estuviera destinada a difundirse públicamente. “Yo tenía la cámara, no sé si todo el rato. La idea era improvisar”, añadió el artista, que supo que estas imágenes se habían incluido en la película Esta no es la vida privada de Javier Krahe “cuando ya estaba hecha”. En 2004, Lo + Plus utilizó para ilustrar la entrevista a Krahe fotogramas de la citada película con imágenes del corto rodado por el cantautor y otras personas.
Durante el juicio, la fiscal dijo que no formularía acusación, porque no veía delito en ese vídeo, aunque pudiera considerarse que entraban en conflicto la libertad de expresión y el sentimiento religioso.
A raíz de la emisión del vídeo en Canal + el 14 de diciembre de 2004, el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro denunció a Krahe y Fernández Villa por entender que las imágenes eran constitutivas de un delito contra los sentimientos religiosos y solicitó que les impusieran una pena de 12 y nueve meses a razón de 400 euros diarios, respectivamente.
Krahe declaró que, si le condenaban, se exiliaría a Francia. “No me han entendido”, se defendió el autor de Cuervo ingenuo, quien agregó que seguirá “haciendo canciones a la Iglesia”, pero menos que sobre las mujeres.
Contra la sentencia hecha pública cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid.
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