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Un sexagenario es condenado a 21 meses de cárcel por vejar a su exesposa durante ocho años

La mujer ha detallado episodios de violencia que le causaron rotura de tabique o pérdida de cabello.- En caso de carecer de antecedentes, el agresor no tendrá que ingresar en prisión, puesto que la pena no supera los dos años

Un tribunal de Almería ha condenado a 21 meses de cárcel a F.D.P., un hombre de 60 años que sometió a su exesposa durante todo su matrimonio a malos tratos tanto psíquicos y psíquicos.

La juez considera probado que F.D.P. comenzó "nada más iniciar la convivencia" a someter a malos tratos físicos y psicológicos a la víctima, a quien insultaba permanentemente y amenazaba con frases como "te voy a hundir". Tras la separación, ocho años después de contraer matrimonio, y pese a que había abandonado el domicilio familiar, él continuó con insultos. Se presentaba en la casa sin previo aviso para llevarse a la hija que tienen en común, y también en el colegio e, "incluso en la playa, donde se ponía escasa distancia".

La mujer ha declarado que fue arrojada por las escaleras mientras estaba embarazada y en el proceso se han detallado episodios de violencia que le causaron rotura de tabique o pérdida de cabello por tirones. Tras un primer intento de denuncia ante la Guardia Civil, el acusado destrozó la puerta de acceso a la vivienda y destrozó el interior. Tuvieron que pasar varios años hasta que, en 2009, la víctima se decidió a tomar acciones legales contra su agresor, después de que se llevase a la hija de ambos (menor de edad) sin previo aviso ya que, según declararon los peritos forenses durante el juicio, no sabía cómo salir de la situación. Según declararon en juicio los peritos forenses del Instituto de Medicina Legal (IML) y del Servicio Provincial de Mujeres de la Diputación Provincial al que acudió la mujer poco antes de interponer denuncia, la situación ha generado en ella "sentimiento de culpabilidad, bajo nivel de autoestima, así como sintomatología depresiva grave y sintomatología ansiosa".

El fiscal solicitaba cuatro años de prisión, pero finalmente la sentencia ha impuesto al acusado una pena de un año y nueve meses de prisión como autor de un delito de violencia habitual y le condena asimismo a seis días de localización permanente por una falta de injurias. Esto supone que, en caso de carecer de antecedentes penales, el acusado no tendrá que pisarla cárcel puesto que la condena no supera los dos años. En cambio, la víctima requerirá un tratamiento médico continuado por estrés postraumático secundario a la violencia de género experimentada durante su relación de pareja, según ha estimado el equipo médico que la ha evaluado.

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