Sanidad deberá pagar 100.000 euros por no diagnosticar a tiempo un tumor
La afectada sufre secuelas que la incapacitan para trabajar
La Consejería de Sanidad valenciana tendrá que pagar una indemnización de 100.000 euros a una mujer que sufre incapacidad permanente después de que no se le diagnosticara a tiempo un tumor de gran tamaño.
Así lo ha decidido la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que ha resuelto estimar parcialmente el recurso presentado por la defensa de la paciente contra una resolución de Sanidad que desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial de la administración por deficiente prestación sanitaria.
En la sentencia -hecha pública este martes por la asociación del Defensor del Paciente, que ha tramitado el caso- se revoca la decisión de la consejería "por no ser ajustada a derecho" y se reconoce como situación jurídica individualizada el derecho de la recurrente a percibir una indemnización de 100.000 euros. Contra el fallo cabe interponer recurso de casación.
Según relatan desde el Defensor del Paciente, la afectada tenía 40 años en el momento de presentar la demanda pero había comenzado a padecer, por primera vez y a partir de los 31 años de manera intensa y habitual, fuertes dolores de cabeza con episodios de vértigo que fueron tratados por el médico de atención primaria con analgésicos y rehabilitación por problema de cervicales, lo que le causó bajas laborales en numerosas ocasiones.
Posteriormente, a los 36 años las cefaleas eran prácticamente diarias y en 2002 se volvieron más intensas que nunca, hasta que en enero de 2003 sufrió una caída que le produjo una fractura del escafoides y que se relaciona con sus múltiples episodios de vértigos. Fue entonces cuando fue remitida a neurología y se le descubrió un meningioma de gran tamaño por el que fue intervenida el 10 de octubre de aquel año.
La paciente, que fue operada dos veces, sufre diversas secuelas por las que se le ha concedido la incapacidad permanente en grado absoluto para todo tipo de trabajo.
La sentencia considera que "se produjo una tardanza en diagnosticar a la recurrente" que derivó finalmente en su incapacidad laboral. "A la vista de todo ello, cabe concluir que concurre la relación causal entre la atención sanitaria que se le prestó a la recurrente, la ausencia de pruebas efectivas, la tardanza en el diagnóstico y el resultado de la intervención quirúrgica con las secuelas que actualmente padece, lo que determina la actuación antijurídica de la Administración".
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