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Absuelto de conducir ebrio por ser asmático

La Audiencia de Barcelona revoca la pena a medio año de cárcel a un conductor por soplar sin fuerza en el alcoholímero

La Audiencia de Barcelona ha absuelto a un conductor asmático que había sido condenado a medio año de cárcel por un delito de desobediencia a la policía, al no haber soplado con fuerzas suficientes para que el alcoholímetro diera resultados.

En la sentencia, la sección décima de la Audiencia de Barcelona revoca la pena que un juzgado de Mataró impuso al conductor por desobediencia y conducción bajo los efectos del alcohol, delitos que sumaban una condena de seis meses de cárcel y multa de 1.800 euros, así como la prohibición de llevar vehículos durante un año.

El hombre fue detenido en septiembre de 2010 en un control de alcoholemia de los Mossos d'Esquadra cuando conducía su BMW por la carretera C-32 a su paso por Vilassar de Mar (Barcelona) y, según el atestado policial, al bajarse del vehículo presentaba síntomas de encontrarse bajo los efectos del alcohol, como andar oscilante, habla pastosa y halitosis alcohólica.ç

Los agentes intentaron someter al conductor a la prueba de alcoholemia hasta en diez ocasiones, pero el test dio resultado negativo debido a que el acusado "voluntariamente, y a pasar de los requerimientos de los agentes, no empleó la fuerza necesaria para la misma", según la sentencia del juzgado de Mataró, que por ese motivo lo condenó por un delito de desobediencia.

El conductor alegó ante la policía que su condición de asmático le impedía realizar la prueba de alcoholemia correctamente y presentó al juzgado un informe neumológico que asegura que padece crisis broncoespasmáicas frecuentes, argumento que fue insuficiente para que el juez de Mataró lo absolviera. La Audiencia de Barcelona ha aplicado ahora el principio de "in dubio pro reo" y ha absuelto al conductor, al considerar que existen dudas sobre si los diez intentos fallidos "fueron o no intencionados". "Concurre una duda razonable sobre si el acusado ciertamente estaba en dicho estado de broncoespasmo y si dicha situación ciertamente le impedía soplar", argumenta la sala en su sentencia. La Audiencia cree probado que el acusado había ingerido bebidas alcohólicas, a la vista de las declaraciones de los Mossos sobre su actitud al bajarse del vehículo, pero sostiene que no puede condenarlo porque no hay pruebas de que condujera de forma anómala debido a la ebriedad.

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