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El Tribunal Superior de Madrid anula el traslado de nueve médicos a los nuevos hospitales

La sentencia afecta a los 1.000 facultativos que se movieron, porque obliga a publicar las puntuaciones de los que obtuvieron plaza

Nuevo revés judicial al proceso de "reordenación de efectivos" con el que la Consejería de Sanidad trasladó profesionales de los hospitales tradicionales a los nuevos. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acaba de anular la adjudicación de nueve plazas de médico rehabilitador en los seis hospitales inaugurados el año pasado. El tribunal ha desestimado el recurso que presentó la Comunidad de Madrid contra una sentencia del pasado enero, de un juzgado de lo contencioso administrativo. Ya entonces el juez aseguró que la adjudicación no cumplió la ley, por lo que debía ser anulada. La sentencia obligaba a la consejería de Juan José Güemes a volver a publicar la lista de admitidos indicando la puntuación que tenía cada uno.

Esta nueva sentencia, de 29 de octubre, ya no es recurrible, así que la consejería está obligada a revisar la adjudicación de las plazas. La demanda se inició a raíz de un caso particular. Un médico, especialista en rehabilitación, solicitó una plaza en uno de los seis nuevos hospitales. Se la dieron en el hospital de Vallecas, pero esa no era su primera opción. Él consideraba que tenía una buena puntuación (en los concursos de méritos cada trabajador valora sus méritos siguiendo unas reglas determinadas), así que quiso saber cuántos puntos habían obtenido los que habían conseguido el puesto al que él aspiraba. Fue a consultar la lista de plazas, pero no aparecían las puntuaciones, sólo los nombres y los destinos. Así no podía reclamar. Acudió al sindicato médico, Femyts, que llevó el caso al juzgado.

La primera sentencia anuló la resolución de la consejería en la que aparecían las adjudicaciones. El juez consideró que la falta de motivación en el reparto de puestos era contraria a la ley. Publicar la puntuación es, señala la sentencia, "la única forma de controlar la legalidad del proceso selectivo". Sanidad recurrió y ahora el TSJM vuelve a dar la razón al sindicato. La consejería aseguró ayer en un comunicado que "acata" la decisión judicial y que "procederá al cumplimiento de la misma". Un portavoz de Sanidad rechazó explicar en qué situación deja eso a los nueve médicos afectados. Eso sí, precisó que la sentencia sólo afecta a la especialidad de rehabilitación. Algo con lo que no está de acuerdo Femyts. "Es obvio que la nulidad del proceso selectivo ha de aplicarse a otros colectivos de especialistas", asegura el sindicato, que recuerda que en ningún caso se publicó la puntuación. "Si la Administración actuara de otra manera sería un trato desigual que no tiene cabida en nuestro ordenamiento jurídico".

Femyts augura que esta sentencia firme es sólo la primera de muchas otras que van a echar por tierra el proceso de traslado a los nuevos hospitales, que califica de "poco transparente". De hecho, el sindicato va a ayudar a todos los participantes que no estén de acuerdo con el proceso a que reclamen. "Parece difícil que la administración sanitaria cumpla con la publicación de listados con puntuaciones porque estas no han existido, y si se publican, darán lugar a innumerables reclamaciones judiciales", asegura Femyts. En el proceso de apertura de los nuevos hospitales se adjudicaron 1.091 plazas de distintas especialidades. Otra sentencia reciente, de junio pasado, también declaró nulo el proceso de reordenación de efectivos. En ese caso, que empezó a instancias de CCOO y UGT, se trataba únicamente de los auxiliares de enfermería.

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