Los niños desamparados podrán vivir en Cataluña con familias de acogida 'profesionales'
Un hogar en el que vivan cuatro niños recibirá 50.000 euros al año
"Se buscan familias con uno de los cónyuges profesional de la educación dispuestas a acoger a niños desamparados. Se retribuirá económicamente". El anuncio no aparece en la sección de clasificados de ningún periódico, sino en la nueva Ley de la Infancia, que aprobó ayer el Gobierno catalán. Las llamadas "unidades convivenciales de atención educativa" (UCAE) suponen una de las principales novedades que introduce esta ley, que en definitiva persigue encontrar una familia de acogida para menores o adolescentes que, por sus particularidades personales, necesitan la atención especial y personalizada de un profesional. Por ejemplo, niños con discapacidades físicas o psíquicas, y problemas de adaptación, o simplemente grupos de cuatro hermanos o más.
El Departamento de Acción Social y Ciudadanía ha creado esta modalidad de acogida ante los enormes problemas que tenía para encontrar familias que se hicieran cargo de menores o adolescentes con estas singularidades. Y la Generalitat ha creído conveniente que, al tratarse de profesionales especializados, perciban una remuneración.
Las familias -tanto monoparentales como biparentales- que atiendan a estos chicos deberán tener una dedicación exclusiva, al menos uno de sus cónyuges. Éste deberá ser un profesional de la educación: maestro, monitor, educador, pedagogo o psicólogo, y dispondrá del apoyo externo de otro especialista que, además de ejercer de consejero, realizará un seguimiento de la integración y evolución de cada menor. La familia recibirá un sueldo mensual de 1.600 euros, además de un complemento mensual de 400 euros por cada uno de los niños (1.600 euros porque el mínimo son cuatro) y otros 12.000 euros anuales por gastos de manutención. En total, 50.400 euros al año.
En la actualidad, el Departamento de Acción Social y Ciudadanía está evaluando a cuatro personas o familias capaces de participar en esta prueba piloto. Si los resultados son satisfactorios, se extenderá el próximo año. Pero la Generalitat no encuentra suficientes familias dispuestas a convertirse en protagonistas de una experiencia inédita en España. Existen precedentes en el Reino Unido, Estados Unidos y Rusia, pero sus resultados han sido dispares, sobre todo, señalan fuentes del Departamento de Acción Social, porque la metodología de seguimiento de cada adolescente no fue la idónea.
Las unidades convivenciales de atención educativa son una de las cinco modalidades de acogida que incorpora la nueva Ley de Derechos y Oportunidades de la Infancia y la Adolescencia. Se incluye también, por primera vez, la acogida de carácter permanente, que se aplicará en los casos en que el menor se niega a ser adoptado o en los que la familia con la que convive no puede adoptarlo legalmente. Es el caso de muchachos que permanecen, por ejemplo, junto a sus abuelos.
La nueva norma agilizará notablemente los trámites administrativos para adoptar niños bajo tutela de la Generalitat porque limita los plazos de los padres biológicos para recurrir las decisiones administrativas ante los tribunales. De este modo, cuando el Departamento de Acción Social inicie un expediente de preadopción, la familia biológica dispondrá de tan sólo dos meses para interponer un recurso. Ahora las gestiones se eternizaban porque, además de la infinidad de recursos, éstos podían recaer en diferentes juzgados. La nueva ley insta a unificar en un juez un mismo expediente de preadopción.
Un dato ilustrativo: la Dirección General de Atención a la Infancia tiene bajo su tutela a 2.566 menores de edad que conviven en un centro residencial y otros 4.882 en régimen de acogida con familias. La Generalitat cree que la actual ley es poco operativa para facilitar las adopciones de estos muchachos.
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