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Madrid aprueba el decreto que permite fumar en los bares de los centros de trabajo

El reglamento del Gobienro regional contraviene la ley antitabaco del Ministerio de Sanidad

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy el decreto que desarrolla la Ley Antitabaco del Ministerio de Sanidad. El reglamento permite fumar en los bares y cafeterías de los centros de trabajo, en los reservados de restaurantes durante celebraciones privadas y en actos institucionales, lo que contradice la ley estatal. Sanidad recurrirá el decreto.

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La ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, advirtió recientemente que su departamento recurrirá cualquier reglamento que "desvirtúe o haga más flexible la norma" aprobada por el Estado. En su tramitación, el texto elaborado por el Gobierno regional ha recibido varias objeciones por parte del Consejo de Estado que, en el dictamen emitido la semana pasada, rechazaba varios apartados del decreto, que entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

A continuación se exponen los puntos más polémicos del reglamento del Gobierno regional:

- Bares de empresa. La ley antitabaco estatal establece en su artículo 7 que está prohibido fumar en "centros de trabajo públicos y privados cerrados". Además, la legislación fija explícitamente que en los bares de más de 100 metros cuadrados ubicados en centros de trabajo no se podrá fumar ni habilitar zonas especiales para fumadores.

Frente a la ley estatal, la Comunidad de Madrid trata a los bares de más de 100 metros cuadrados de los centros de trabajo como a los demás establecimientos de hostelería. El decreto permite que "bares, cafeterías y establecimientos asimilados ubicados en el interior de centros de trabajo" que tengan más de 100 metros cuadrados puedan establecer zonas de fumadores. En los de superficie inferior a los 100 metros no estará permitido el consumo de tabaco.

- Actos conmemorativos. El Gobierno regional de Madrid también admite que pueda fumarse durante la celebración de "actos conmemorativos, de representación, institucionales o análogos" dentro de los centros de trabajo, pero en estos casos sólo en "dependencias y unidades no productivas ubicadas en inmuebles donde existan uno o más centros de trabajo". En el caso de que estas áreas tuvieran más de 100 metros, el decreto remite a la regulación de la ley antitabaco. Es decir, habría que establecer zonas específicas de fumadores.

- Separación y ventilación. El decreto de la Comunidad de Madrid también se desmarca de la ley nacional al regular las áreas específicas para fumadores. Mientras la ley antitabaco fija que sean zonas "separadas físicamente" y "completamente compartimentadas", "con sistemas de ventilación independiente", la regulación autonómica es menos estricta. Según el artículo 4 del decreto, "la separación física del resto de las dependencias no requerirá compartimentos estancos". En todo caso, deberá garantizarse que olores y humos no contaminen al resto del establecimiento.

- Reservados de restaurantes y salas. El Gobierno regional contempla también la posibilidad de que en determinados establecimientos de hostelería puedan crearse zonas reservadas para el consumo de tabaco, "siempre que se trate de zonas aisladas, reservadas a determinadas personas y de acceso restringido". Este supuesto se refiere a celebraciones privadas. Además, será obligatorio informar en el interior y el exterior del reservado que se puede fumar en él.

- Espacios al aire libre. Según el artículo 7 de la ley estatal antitabaco, los espacios al aire libre son los únicos lugares de los centros de trabajo donde no rige la prohibición total de no fumar. Por eso, el decreto de Aguirre define los lugares que se considerarán como tales y entre ellos incluye expresamente las terrazas. "Tendrán la consideración de espacios al aire libre los que estén cercados y tengan cubierta móvil o practicable al aire libre, siempre que la misma permanezca abierta", recoge el artículo 6.2 del decreto.

Sanidad ha recurrido ya dos decretos autonómicos que desarrollan la ley del tabaco, el de Valencia y el de Castilla y León, por entender que "incumplen" la norma general del Estado. El Ministerio ha enviado además a La Rioja un requerimiento, previo al recurso, por el mismo motivo. De momento son cinco las comunidades que han desarrollado la ley antitabaco.

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