La Unión Europea endurece la normativa de tabaco y elimina la denominación 'light'
Las cajetillas de tabaco recogerán una advertencia que cubrirá un 30 % de la superficie de la cajetilla
El objetivo de las instituciones comunitarias con esta dura normativa es reducir el medio millón de personas que mueren cada año en la UE debido al consumo de tabaco. Así, a partir del 1 de enero del 2002, las cajetillas de tabaco deberán recoger una advertencia general que debe cubrir un 30 % de la superficie del paquete.
El Parlamento Europeo quería que se pusieran estas advertencias también en las máquinas expendedoras, pero finalmente la Comisión elaborará un informe antes diciembre del 2002 para ver si es realmente necesario, así como para orientar a los Estados miembros que quieran incluir otras informaciones complementarias, como por ejemplo, fotografías a todo color del pulmón de un fumador. Los países que lo deseen podrán también prohibir otros aditivos del tabaco que incrementen su grado de toxicidad.
Esta advertencia complementaria podrá cubrir hasta el 40% de la otra cara de la cajetilla. El texto de estos mensajes debe ser claro y contundente y aunque cada Estado podrá elegir consignas adiciones, se contempla introducir frases como "El tabaco mata", "El tabaco causa impotencia", "El tabaco provoca cáncer de pulmón" o "Fumar destruye su salud y la de su prójimo".
El comisario de Sanidad y Consumo, David Byrne, ha afirmado que con esta nueva reglamentación y la toma de conciencia por parte de la población, la Comisión Europea quiere la reducir el número de las personas que fuman en la Unión, de un tercio actual a menos que un quinto.
Además, Byrne ha destacado el importante papel que tendrá esta Directiva en el aprendizaje de los más jóvenes, particularmente expuestos a este vicio en la sociedad actual.
En este sentido el comisario de Sanidad ha hecho hincapié en la necesidad de medidas en materia de restricción de aditivos y ha anunciado que presentará una propuesta legislativa al respecto de aquí al año 2002.
Derogaciones en Alemania y España
Por otra parte, Alemania y España han conseguido derogaciones y periodos transitorios más largos, hasta el 1 de enero de 2005 y como máximo hasta 2007, para incluir los límites de contenidos para las exportaciones de tabaco fuera de la Unión.
En virtud del texto aprobado a partir de 2007, los productos del tabaco destinados a la exportación tendrán que respetar los mismos límites máximos de alquitrán (10 miligramos), nicotina (1 miligramo) y monóxido de carbono (19 miligramo) que el tabaco comercializado en la UE.
En 2004, la Comisión Europea presentará una lista con los ingredientes autorizados en los productos del tabaco, y, de cara a garantizar el acceso de los consumidores a la información sobre los ingredientes de los cigarrillos, las empresas tabacaleras estarán obligadas a presentar cada año un listado con los ingredientes de sus productos, que las autoridades competentes de los Estados se encargarán de hacer pública.
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