Extremadura prepara una ley sanitaria que reconoce la eutanasia pasiva
El anteproyecto, que llegará hoy al Parlamento autonómico, concede al paciente el derecho a decidir sobre su vida en un estado de fase terminal o irreversible
Esta iniciativa, que el consejero de Sanidad extremeño, Guillermo Fernández Vara, ha equiparado con la "eutanasia pasiva", es similar a la ya aprobada en Cataluña, donde se conoce como ley del testamento vital. Asimismo, el pasado mes de marzo todos los grupos parlamentarios del Senado acordaron iniciar la tramitación de una ley para regular esta posibilidad.
Entre los contenidos más relevantes e innovadores de la ley se encuentra el derecho del paciente de declarar su voluntad sobre la posibilidad de abstenerse de medios extraordinarios para el mantenimiento de la vida, siempre que esta voluntad no vaya en contra del ordenamiento jurídico.
Esta declaración podrá realizarse siempre que la persona se mantenga en plena capacidad mental y psíquica y tendrá que hacerlo ante notario o ante tres personas con las que no mantenga vínculos familiares, ni patrimoniales. La voluntad del otorgante pasará a formar parte después del historial clínico del paciente.
El consejero de Sanidad extremeño ha explicado durante la presentación de la ley que "no es una actividad para facilitar la muerte, sino eutanasia pasiva, es decir, abstenerse del uso de métodos extraordinarios para mantener la vida". Los métodos ordinarios son aquellos encaminados a curar o mejorar la salud del paciente, mientras que los extraordinarios son los dedicados a mantenerle con vida.
Fernández Vara ha admitido que "pueden pasar años antes de que alguien aplique la ley, pero lo importante es que estará ahí para quien la quiera usar". El político ha afirmado que le gustaría que exisitiese un amplio apoyo parlamentario, que "sería bien recibido siempre que no imponga modificaciones sustanciales sino retoques que mejoren la ley".
Esta norma tiene 78 artículos y ha sido fruto de un amplio debate social en el que, según el titular de Sanidad, han tomado parte todos los agentes sociales.
La iniciativa del gobierno extremeño llega cuatro meses después de que el Parlamento de Cataluña aprobase, con el apoyo de todos los grupos, el proyecto de ley sobre el documento de voluntades anticipadas, más conocido como testamento vital .
Mediante este documento, consignado ante notario o con la presencia de tres testigos, cualquier persona podrá determinar anticipadamente las actuaciones médicas de las que no quiere ser objeto en el caso de sufrir una enfermedad terminal.
El testamento vital ha de ser redactado ante notario o ante dos testigos adecuados. La persona, en previsión de no poder expresar su voluntad porque una enfermedad se lo impida, adelanta la decisión de no acabar sus días sometida a un alargamiento innecesario de la vida por medios desproporcionados.
Lógicamente, no podrá incorporar previsiones contrarias al Código Penal.
En el articulado de la ley catalana se recoge expresamente el derecho del paciente a rechazar algún tratamiento -por ejemplo, en el caso de los Testigos de Jehová con las transfusiones de sangre- porque el enfermo entiende que atenta contra su dignidad o voluntad.
El mismo precepto deja claro que el rechazo de una prueba concreta no da derecho al médico ni al centro hospitalario a excluir al paciente de otros tratamientos.
La palabra eutanasia, que sigue suscitando gran polémica en la sociedad española, no aparece en la norma. De hecho los parlamentarios de Entesa y CiUI, que presentaron la propuesta, dejaron claro que la ley no tiene "nada que ver con la eutanasia en todas sus expresiones posibles".
Esta ley "no es en su espíritu ni en su letra una ley de eutanasia, ni pasiva ni activa". Si el médico no puede curar al paciente está en el deber de aliviar su dolor, y si la consecuencia de este alivio con dosis de morfina, por ejemplo, es que en vez de vivir un mes vive quince días, "a esto no se le puede llamar eutanasia", explicaron entonces los parlamentarios de estas dos fuerzas políticas. De lo que se trata es de que no se "produzca un ensañamiento terapéutico en contra de la voluntad del paciente", añadió el ponente de la ley, Ramón Espasa, de Entesa.
Se refuerza la autonomía de la persona, que ya no sigue ciegamente los dictados del médico, pretendido conocedor absoluto de la verdad, sobre el paciente, sino que él también participa con el médico sobre si ha de ser operado o ser sometido a ésta o aquella otra prueba", resumió Espasa.
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