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La Fiscalía pide que se repita el juicio del ‘caso Sala’ por no haber podido consultar el primer veredicto del jurado

La acusación pública acusa de "oscurantismo" a la magistrada presidenta del tribunal popular

Rafa Burgos
Miguel López, acusado por el asesinato de María del Carmen Martínez, a su llegada a la Audiencia. EFE/Morell
Miguel López, acusado por el asesinato de María del Carmen Martínez, a su llegada a la Audiencia. EFE/MorellMORELL (EFE)

El caso del asesinato a tiros de María del Carmen Martínez, la viuda del expresidente de Caja Mediterráneo (CAM) Vicente Sala, ocurrido en diciembre de 2016, está lejos de quedar cerrado. José Llor, el fiscal del juicio que declaró al yerno de la víctima, Miguel López, no culpable del crimen, ha recurrido la sentencia por no haber podido consultar el acta del primer veredicto emitido por el jurado, que ha sido destruida. El fiscal considera, a partir de lo publicado en algunos medios, que el primer veredicto era de culpabilidad. Y acusa a la magistrada de la causa, Francisca Bru, de “falta de imparcialidad” y “evidente obscurantismo”. Llor solicita “la celebración de nuevo juicio con un nuevo magistrado presidente y un nuevo letrado de la Administración de Justicia”

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El viernes 8 de noviembre sobre las 21.30 -al día siguiente de terminarse el juicio- el jurado presentó su primera acta. Esta fue rechazada por la magistrada presidenta del tribunal por falta de motivación. Todas las partes fueron convocadas esa noche para explicar la medida decretada por la juez, y tanto Llor como Francisco Ruiz-Marco, abogado de la acusación particular, y Javier Sánchez-Vera, defensor del acusado, acudieron a la llamada de la juez.

En su recurso, Llor señala que se le privó de “la posibilidad de conocer el acta del jurado que se devolvía, su contenido” y si “estaba suficientemente motivado”. Añade también que no pudo “solicitar, en orden a la motivación, las inclusiones o exclusiones que creyese adecuadas”, ni que “constasen en el acta las peticiones denegadas” o “la posibilidad de efectuar las correspondientes protestas”. Razones todas que le causaron, dice, “evidente indefensión”.

Según han publicado varios medios, el primer dictamen del jurado declaraba culpable a Miguel López. En el recurso de la Fiscalía Llor señala que “aunque, en ningún momento la magistrada presidente dice el contenido del veredicto, del conjunto de sus indicaciones al jurado se desprende que era condenatorio”. Por tanto, a juicio del fiscal “hubiera tenido que valorarse por las partes y por el tribunal de apelación, si la motivación inicial era suficiente”.

En opinión de la Fiscalía, la juez Bru influyó a los integrantes del jurado popular para que valoraran pruebas presentadas por la defensa. El fiscal Llor cita en recurso la siguiente frase de la magistrada al jurado: “Respecto de varios de los indicios que han indicado ustedes es que no identifican las pruebas directas por las que han llegado a dicha conclusión”. Las diferentes instrucciones impartidas por la magistrada al jurado demuestran “palmariamente”, subraya el fiscal, una “falta de imparcialidad” a la que Llor añade asimismo una acusación de “evidente obscurantismo”.

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El primer veredicto invalidado por la juez fue destruido, tal como ha explicado Manuel Cerdán, letrado de la Administración de Justicia, por ser “un borrador”, aunque Llor sostiene que “esta apreciación no tiene soporte legal alguno”. La determinación del letrado de la Administración de Justicia ha levantado las iras de la Fiscalía y la acusación particular. Llor asegura que “lo que no puede pretender” Bru es “que el jurado le facilite una motivación tan fundada como podría hacer un tribunal profesional y eso es lo que le pidió al devolver el acta del veredicto”.

Según el letrado judicial Cerdán, la Ley del Jurado estipula que debe haber un acta única y, por tanto, solo prevalece la definitiva. Que, en este caso, apareció dos días después, el domingo 10 de noviembre cerca de las 17.30 horas, y declaró a Miguel López no culpable de los delitos de los que se acusaba. Es decir, de haber disparado dos veces en la cabeza a su suegra en el lavadero del concesionario que el propio López dirigía, Novocar, propiedad de la familia. Y de tenencia ilícita de armas, acusación que cayó al no haberse demostrado que el acusado empuñara la pistola usada en el crimen.

La sentencia emitida finalmente por Bru determinó, a partir de la valoración del jurado, que fue un “desconocido” el que asesinó a Mari Carmen Martínez. Que no había pruebas que señalaran directamente a López como autor material de los disparos. Y que todos los argumentos esgrimidos por las acusaciones, como las disputas familiares por el control de las empresas del holding de los Sala, eran meros indicios.

No es la Fiscalía la única que prepara la documentación necesaria para recurrir el veredicto. La acusación particular, que representaba al hijo de la víctima, Vicente Jesús Sala, también ha anunciado su disposición a intentar que se repita el juicio en el que se trató de dilucidar quién acabó con la vida de Martínez el 9 de diciembre de 2016.

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