El fiscal pide que se revoque el permiso de Urdangarin para hacer voluntariado
El juez ya había prohibido este viernes al cuñado del Rey comunicarse con su familia durante sus salidas al Hogar Don Orione
La Fiscalía Provincial de Valladolid ha pedido este viernes que se revoque la decisión de autorizar la salida de Iñaki Urdangarin de la cárcel para hacer labores de voluntariado, según ha informado la fiscal jefe, Soledad Martín Nájera, a través de un comunicado. La fiscal ha recurrido la decisión del juez de vigilancia penitenciaria número 1 de Castilla y León, que le había permitido abandonar el pasado jueves por primera vez la prisión abulense de Brieva para acudir al Centro Hogar Don Orione de Pozuelo de Alarcón (Madrid). El ministerio público defiende que no se cumplen los requisitos legales porque no hay "un programa específico de tratamiento" y no se puede aplicar a su situación personal porque todavía no ha cumplido la cuarta parte de la condena.
El fiscal recuerda en su escrito que sobre Urdangarin recayó una condena de 5 años y 10 meses de cárcel por lo que no cumplirá la cuarta parte de la condena hasta el 28 de noviembre de 2019. La defensa del cuñado del Rey argumentó en su petición que el cumplimiento de la cuarta parte de la condena no es un requisito ineludible para acceder a un programa de tratamiento, pero el ministerio público advierte de que el hecho de que no sea un requisito necesario, "no significa que no deba ser tenido en cuenta como una circunstancia esencial en el cumplimiento de la condena". Además, recuerda el fiscal, el cumplimiento de la cuarta parte de la pena sí aparece como exigencia "para la aplicación de cualquier otro beneficio, tratamiento o actividad dentro de la legislación penitenciaria que implique una salida del interno fuera del centro penitenciario".
Por tanto, según la Fiscalía, una interpretación "integradora" de la ley obliga a valorar que Urdangarin no cumple el requisito para acceder a un programa que implique su salida del centro penitenciario. Cuando dentro de poco más de dos meses el marido de la infanta Cristina lleve ya en prisión una cuarta parte del tiempo impuesto, el escenario será, según la Fiscalía, "mucho más flexible" y podrá acceder a permisos ordinarios y plantearse "otro tipo de medidas".
El ministerio público no comparte tampoco el argumento de la defensa de que Urdangarin está sometido a un régimen de aislamiento impuesto por Instituciones Penitenciarias. "El señor Urdangarin ingresó voluntariamente y lo hizo escogiendo el Centro Penitenciario de Ávila con conciencia plena de las condiciones en las que se va a desarrollar el cumplimiento de la condena. No consta al ministerio fiscal que haya solicitado en ningún momento traslado de centro", recuerda el fiscal.
El ministerio público admite que elegir un cumplimiento "al margen del resto de la población penitenciaria" implica "sin duda" una soledad que no tienen otros reclusos, pero sostiene que de los informes no se deduce que la situación haya provocado perjuicios detectables en Urdangarin. "El interno está recibiendo visitas habitualmente, ha realizado actividad física siendo reconocido su derecho al uso de aparatos distintos de los del centro, que no se ajustaban a sus necesidades físicas", recuerda el ministerio público, que revela también que el cuñado del Rey ha realizado tres talleres distintos "con un aprovechamiento excelente" y se ha matriculado en varios cursos externos, ajenos al régimen interno de la cárcel.
Por último, la fiscalía pone en duda que el programa de voluntariado de ayuda a personas con discapacidad cumpla los requisitos que fija el artículo 117 del Régimen Penitenciario esgrimido por el juez para permitir sus salidas. Según el recurso, el preso que se acoge a este beneficio debe seguir un programa que desarrolle sus aptitudes, enriquezca sus conocimientos, mejore sus capacidades profesionales y compense sus carencias para facilitar su reinserción laboral cuando abandone la prisión. El ministerio público considera que el voluntariado con personas con discapacidad no cumple ninguno de estos objetivos. De hecho, apunta que las labores que desempeñara el marido de la infanta en el Hogar Don Orione se asemejan más a los llamados trabajos en beneficio de la comunidad (TBC), que se utilizan como penas sustitutivas en delitos menores, pero en ningún caso pueden realizar presos en segundo grado penitenciario, como es el caso de Urdangarin.
Horas antes, el juez de Vigilancia Penitenciaria de Castilla y León había aclarado al cuñado del Rey las condiciones para poder salir dos días a la semana de la prisión para ejercer labores de voluntariado al amparo del artículo 117 del Reglamento Penitenciario. El magistrado Florencio de Marcos, en una resolución conocida este viernes, le recuerda al esposo de la infanta Cristina que durante las horas que pase en el Centro Hogar Don Orione sigue teniendo “terminantemente prohibido” cualquier tipo de comunicación con sus familiares, ya sea en persona, por teléfono u “otros medios de similar eficacia”, como la plataforma de mensajería instantánea WhatsaApp o el sistema de videollamadas Skype.
Urdangarin está en prisión desde junio de 2018 y clasificado en segundo grado penitenciario, el régimen ordinario reservado a presos no conflictivos, pero que no pueden acceder todavía a beneficios como la semilibertad. Esta clasificación carcelaria impide a los presos mantener comunicaciones con sus familiares más allá de las organizadas dentro del centro, como los encuentros semanales, o los vis a vis. Los teléfonos móviles están terminantemente prohibidos en los centros penitenciarios, y las llamadas telefónicas, limitadas en número y duración, solo se pueden realizar desde las cabinas situadas en los módulos. El magistrado le recuerda al cuñado de Felipe VI que no puede salir del centro Don Orione, de atención a personas con discapacidad psíquica, salvo para acompañarlas en los paseos por las inmediaciones. Tampoco podrá salir a almorzar fuera de las instalaciones: “Las comidas las realizará el penado en las propias dependencias del centro”, ordena el magistrado, que da respuesta a las aclaraciones solicitadas por la Junta de Tratamiento de la cárcel de Brieva.
El pasado martes, el juez De Marcos autorizó la salida de Urdangarin de prisión dos días a la semana durante un máximo de ocho horas. El magistrado sustentaba su decisión al amparo del artículo 117 del Reglamento Penitenciario, que permite a los reclusos en segundo grado con “baja peligrosidad social” “acudir regularmente a una institución exterior para la realización de un programa concreto de atención especializada, siempre que este sea necesario para su tratamiento y reinserción social” y que no se adviertan riesgos de quebrantamiento de condena. Este artículo se ha aplicado en los seis primeros meses de 2019 a 263 reclusos, según fuentes penitenciarias.
Urdangarin realizó la primera salida de prisión el pasado jueves, lo que obligó a establecer medidas de seguridad para su salida y regreso a Brieva. El esposo de la infanta es el único recluso del módulo masculino de esa prisión, en la que ingresó tras hacerse firme la sentencia por el caso Nóos de corrupción. Instituciones Penitenciarias, que tenía potestad para cambiarle de centro, decidió mantenerlo en Brieva por motivos de seguridad, pese a que en ese centro penitenciario carece de relación con otros reclusos y su vida social se limita a las visitas de sus familiares.
Lea el recurso del fiscal en el que pide que se revoque el permiso de salida de Urdangarin
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