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La “situación insurreccional” y otras claves del nuevo escrito de la Fiscalía

La acusación mantiene las penas por rebelión, incorpora aclaraciones menores y reclama que se cumpla la mitad de la condena antes del tercer grado

Los fiscales Javier Zaragoza y Jaime Moreno, durante la sesión de este martes del juicio del 'procés'. En vídeo, la Fiscalía confirma su petición de penas a los políticos del procés.Foto: atlas | Vídeo: EFE | atlas

La Fiscalía ha presentado este miércoles en el Tribunal Supremo su escrito de conclusiones definitivas en el juicio del procés independentista catalán. El documento en el que la acusación pública recoge su visión final de los hechos, tras casi medio centenar de sesiones que arrancaron el 12 de febrero, apenas incorpora novedades menores sobre el escrito provisional del pasado noviembre.

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Los cuatro fiscales que han participado en el juicio mantienen inalterada la calificación de rebelión sobre los hechos del otoño de 2017 y se aferran a la petición de penas solicitada inicialmente para los acusados por este delito, uno de los más graves del Código Penal: 25 años de prisión para Oriol Junqueras, 17 años para Jordi Sànchez y Jordi Cuixart y Carme Forcadell; 16 para Jordi Turull, Raül Romeva, Joaquim Forn, Josep Rull y Dolors Bassa. Para los exconsejeros Meritxell Borras, Carles Mundó y Santi Vila mantiene intactas las penas de siete años por malversación y desobediencia. Lo que sigue son los principales añadidos al escrito.

“Situación insurreccional”. El escrito de la Fiscalía, de 130 páginas, describe como una “situación claramente insurreccional” el periodo comprendido entre el 19 y 20 de noviembre de 2017, cuando se iniciaron las protestas contra la actuación judicial para impedir los preparativos del referéndum ilegal del 1-O, y la jornada del 27 de octubre, cuando el entonces president Carles Puigdemont declaró la independencia y el Gobierno central intervino la autonomía a través del artículo 155 de la Constitución.

“A los aproximadamente 80 incidentes con enfrentamientos y hostilidades que se produjeron en los diferentes centros de votación frente a la actuación de las fuerzas de seguridad del Estado el mismo día 1 de octubre, deben sumarse 47 actos de acoso en cuarteles de la Guardia Civil, 23 actos similares en comisarías de Policía y edificios públicos del Estado, 11 en alojamientos y hoteles de funcionarios policiales, 47 ataques a sedes del PSC, y los graves incidentes que se produjeron los días 19 y 20 de septiembre”, se añade al texto inicial.

Puigdemont, apoyado en la violencia. El documento final de los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena hace suya la declaración del pasado 3 de abril del comisario de los Mossos Ferran López. Este dijo en el juicio que en una reunión que mantuvo la cúpula del cuerpo policial autonómico con Carles Puigdemont el 28 de septiembre, tres días antes del referéndum, este se mantuvo firme en su decisión de seguir adelante con la consulta ilegal. "Al finalizar la reunión, el procesado rebelde, entonces presidente de la Generalitat, manifestó a todos los presentes que si el 1 de octubre había violencia declararía la independencia".

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Reuniones con Trapero y la cúpula de Mossos. El escrito recoge las reuniones de la cúpula de los Mossos con Puigdemont del 26 y 28 de septiembre, en las que el major Josep Lluís Trapero y otros altos mandos le pidieron tanto al presidente como al vicepresidente Oriol Junqueras y al conseller Joaquim Forn que desconvocaran el referéndum. "En dicha reunión informaron a los miembros del Govern que, debido a la gran cantidad de colectivos movilizados en aquellas fechas (entre ellos, 42 Comités de Defensa del Referéndum, estudiantes, bomberos, etc.), a la enorme movilización de personas que se iba a producir (hasta dos millones) y a los incidentes violentos que se habían producido anteriormente, era altamente probable que se produjeran situaciones violentas al enfrentarse con las fuerzas policiales encargadas de cumplir el mandato judicial que prohibía el referéndum, de modo que la seguridad solo se podía garantizar mediante la suspensión de la votación del día 1-O. Los mandos policiales pidieron a sus responsables políticos que desconvocaran el referéndum para evitar que se produjeran choques y enfrentamientos con las fuerzas del orden. Pese a ello, la decisión de los miembros del Govern fue seguir adelante con el referéndum", se añade al texto inicial.

Ineficacia “determinante” de los Mossos. Para los fiscales, tras el juicio, ha quedado claro que "el ineficaz dispositivo de los Mossos d’Esquadra fue determinante para la celebración del referéndum". “En las actuaciones que practicaron [los Mossos] durante los días 29 y 30 de septiembre en ningún caso requisaron material destinado al referéndum, ni impidieron como ordenaba el auto del TSJC la utilización de los centros hasta el 1 de octubre, ni desalojaron a los que los ocupaban”, se añade al escrito inicial.

La seguridad del 20-S. Los fiscales consideran que el 20 de septiembre, "no se adoptaron las medidas suficientes para garantizar la seguridad" de la Consejería de Economía, donde se realizaban registros por orden del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona, contra los preparativos del referéndum.

“La unidad actuante solicitó hasta en cinco ocasiones, por el conducto reglamentario, la presencia de refuerzos de orden público de los Mossos d’Esquadra, al haberse concentrado en el lugar más de 40.000 manifestantes, cuya masa se agolpaba hasta empujar, y casi derribar, la propia puerta de entrada del edificio en un ambiente crispado y hostil, lo que les impedía por completo salir del edificio y cumplir las diligencias judiciales que tenían encomendadas”, afirma el escrito sobre el 20-S.

“En la tarde se produjo un intento de agresión a miembros del cuerpo de Mossos d’Esquadra no uniformados, al ser confundidos con guardias civiles, y la situación se tornó tan hostil y violenta en las proximidades del edificio que algunas unidades antidisturbios de los Mossos, con su responsable al frente, tuvieron que desistir de acercarse para establecer un pasillo y un perímetro de seguridad con las condiciones necesarias para garantizar la salida de los integrantes de la comisión judicial”.

Ciudadanos heridos “muy leves” el 1-O. "En un elevado porcentaje de casos la atención médica que recibieron [los manifestantes] fue exclusivamente por heridas y contusiones muy leves o como consecuencia de mareos y crisis de ansiedad".

Cumplimiento de media condena. En su escrito de calificación definitiva, la Fiscalía añade un inciso que no figuraba en el de conclusiones provisionales, del pasado noviembre. El ministerio público escribe: "Se interesa la aplicación del art. 36.2 del Código Penal, en los términos que establece la citada previsión legal". Según fuentes fiscales, se trata de un inciso habitual en los escritos de calificación y lo que se solicita con ello es que "la concesión del tercer grado penitenciario debe condicionarse al cumplimiento de la mitad de la pena de prisión que finalmente se imponga".

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