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PSOE, PP y Cs suspenden a los diputados presos sin Podemos

Los letrados han dejado en manos de este órgano la determinación del número de miembros de derecho de la Cámara baja, clave para la mayoría necesaria para la investidura

Desde la derecha: Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, durante la primera sesión en el Congreso el pasado martes. En vídeo, Meritxell Batet.Foto: atlas | Vídeo: Uly Martín

Los cuatro políticos presos independentistas han sido suspendidos como diputados con fecha 21 de mayo: cuando se constituyeron las Cortes y adquirieron esa condición. Ese desenlace llegó tras tres días de forcejeo entre el PSOE y PP y Ciudadanos, que exigían su expulsión sin que mediara el informe que la presidenta del Congreso pidió a los letrados de la Cámara. Los expertos concluyeron que la suspensión debe ser automática, pero según la Ley de Enjuiciamiento Criminal y no por el Reglamento de la Cámara, como argumentaban PP, Cs y el Supremo. Podemos votó en contra y se desmarcó del PSOE.

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Este final era el previsible aunque el informe de los letrados, solicitado el miércoles por la presidenta del Congreso, la socialista Meritxell Batet, ha introducido matices doctrinales sobre la base legal para suspender a los cuatro diputados presos independentistas. El informe de secretario general del Congreso concluyó en 10 páginas que Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez debían ser suspendidos de los derechos (sueldo) y obligaciones de los parlamentarios de forma retroactiva, desde el 21 de mayo.

El letrado mayor del Congreso determinó así también que esa decisión sobre los cuatro políticos independentistas en prisión preventiva debía tomarse en virtud de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y no del Reglamento de la Cámara baja. Aunque el PP y Ciudadanos invocaron en su momento el Reglamento para que se tomase de manera automática esa medida, este viernes obviaron que esa fuera su opción, y se centraron en atribuirse la autoría del desenlace gracias a su presión a la presidenta del Congreso.

El documento de los expertos abre la puerta a otro capítulo aún por aclarar: ¿cuál es la mayoría absoluta y el total de escaños del Congreso actual? El informe señala así que debe dilucidarse “el alcance de la suspensión mientras dure la situación de prisión” y marcar “el cómputo de la mayoría absoluta”. Si se altera la mayoría absoluta, bien porque los diputados presos no renuncien al acta o bien porque la Cámara dictamine que el cómputo total de escaños pasa de 350 a 346, la primera votación de investidura no requeriría 176 votos a favor, sino 174. Pedro Sánchez no necesitaría el respaldo de los independentistas, aunque sí el de Coalición Canaria, que hasta ahora se muestra muy alejada de prestar su apoyo. Para despejar el panorama la presidenta tercera de la Mesa, Ana Pastor, y el secretario tercero, Adolfo Suárez, ambos del PP, han demandado otro informe. Se discutirá el lunes.

Mientras tanto, ERC pedirá a la Mesa que reconsidere su decisión, lo que no tiene visos de prosperar, dada la mayoría de siete miembros a favor de la suspensión de PSOE, PP y Ciudadanos. Los dos componentes de Unidas Podemos votaron en contra al considerar que la situación es jurídicamente compleja y requería más tiempo de estudio.

Precisamente estas distintas visiones del conflicto fueron las que argumentó la presidenta del Congreso para reclamar el trabajo de los letrados, de lo que este viernes se congratuló. Pero políticamente poco o nada cambió. Las descalificaciones a Batet continuaron y PP y Ciudadanos se atribuyeron la suspensión como una victoria frente a los intentos del PSOE y Podemos de “esconderse detrás de informes jurídicos para retrasar la decisión”. José Manuel Villegas, secretario general de Ciudadanos, apuntó: “La presidenta ha hecho el ridículo”. Y añadió que Batet había “humillado a los españoles”, como suscribió el secretario general del PP, Teodoro García Egea. “Pedro Sánchez y la presidenta del Congreso no quieren quedar mal con los separatistas”, interpretó Egea.

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¿Cuál es la mayoría?

La tesis del PP y Cs es que el PSOE ha tratado de posponer esta actuación hasta después de las elecciones locales y europeas del domingo para no verse perjudicados en Cataluña. El criterio de los letrados sobre qué efectos numéricos podría tener la suspensión de los diputados presos no se conocerá antes de esos comicios. Cs ya anticipa que en ningún caso debería alterar el número de 350 diputados que es con el que se constituyó el Congreso. Ni Cs ni PP quieren que esta circunstancia pueda suponer una ayuda para la investidura de Sánchez.

Con la solución de suspender a los políticos presos termina de momento este enfrentamiento entre instituciones. La Fiscalía también pidió el miércoles al Supremo que ordenara a las Cortes suspender de forma “inmediata” a los diputados presos. Este mandato sirvió para que el PP y Ciudadanos atacaran a Batet al considerar que había recibido un varapalo del alto tribunal, siempre con la presunción de que se resistía a tomar esa determinación.

La batalla política se va a centrar ahora en qué hacen los diputados suspendidos con sus escaños. “Esperemos que la suspensión no sea un balón de oxigeno para que Pedro Sánchez sea presidente. Si por esta carambola Sánchez es presidente se estarán dañando las instituciones”, adelantó García Egea. Auque Vox no está en la Mesa, su portavoz parlamentario, Iván Espinosa de los Monteros, anunció también su petición de que la suspensión sea definitiva porque, a su juicio, no adquirieron la condición de parlamentarios al usar en la sesión de acatamiento fórmulas heterodoxas.

Argumentos discrepantes

Los letrados del Congreso han hecho lo que el Supremo pensaba que tenían que hacer: decir que la suspensión de los presos debe ser “automática”. Pero ahí acaban sus coincidencias. El Supremo creía que la vía para suspenderles era el artículo 21 del Reglamento del Congreso, que prevé la suspensión de los parlamentarios que estén en prisión preventiva cuando la Cámara conceda el suplicatorio (la autorización para actuar contra un diputado). El tribunal acordó que no tenía que pedir suplicatorio porque cuando procesó a los líderes independentistas no eran parlamentarios, pero los letrados consideran que, aunque el juicio pueda seguir sin suplicatorio, este requisito sí es indispensable para aplicar el artículo 21 del Reglamento. Los juristas del Congreso han apostado por el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el que aplicó el Supremo en el Parlament pero que, según fuentes del tribunal, era “controvertido” en este caso porque se les despoja de un cargo que no tenían cuando fueron procesados.

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