Exmagistrados del Supremo y exfiscales se querellan contra el rey Juan Carlos por cinco delitos contra Hacienda
Los denunciantes sostienen que la regularización que el monarca emérito hizo fue ilegal, aunque el ministerio público la tuvo en cuenta para archivar su investigación
Magistrados jubilados del Tribunal Supremo, como Clemente Auger y José Antonio Martín Pallín, y fiscales anticorrupción también retirados, como Carlos Jiménez Villarejo y José María Mena, presentarán junto a filósofos (Santiago Alba) y periodistas (Pilar del Río) una querella criminal por cinco delitos fiscales contra el rey Juan Carlos I ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Los hechos por los que se presenta la querella ya fueron investigados por la Fiscalía del Supremo, quién archivó entonces las diligencias al entender que el rey emérito había regularizado su situación tributaria mediante el pago de 678.000 euros en diciembre de 2020 y de 4.395.000 euros en febrero de 2021, antes de conocer que existía una investigación contra él por fraude fiscal. Los querellantes consideran que la excusa absolutoria utilizada por el antiguo monarca ―la regularización― no cumplió los requisitos legales para su aplicación.
La Fiscalía del Tribunal Supremo abrió dos diligencias de investigación el 24 de junio de 2020 y el 6 noviembre de 2020, comunicando las mismas al abogado del rey emérito, sin detallar qué tipo de delitos perseguía.
El rey emérito había ingresado cantidades multimillonarias a través de la fundación Zagatka, presidida por su primo Carlos de Orleans, que pagó hasta ocho millones de euros para servicios privados de Juan Carlos I y del empresario mexicano Allen Jesús Sanginés Krause. Juan Carlos I no declaró en su momento al fisco estos ingresos, pero presentó en febrero de 2021 autoliquidaciones correspondientes a cinco ejercicios fiscales ―de 2014 a 2018― para evitar la sanción.
Los querellantes sostienen ahora que la Fiscalía informó al rey emérito de que la investigación se abrió por la existencia de posibles infracciones tributarias y que los delitos no han prescrito aún.
Sin embargo, el abogado del rey emérito defendió en su momento que los escritos de la Fiscalía informando a Juan Carlos I de la apertura de las diligencias procesales de contenido penal no detallaban en ningún caso el motivo de las pesquisas. La ley prohíbe expresamente una regularización fiscal si antes de producirse la Agencia Tributaria o la Fiscalía han abierto una inspección o una investigación al contribuyente.
La querella señala que el rey emérito pagó más de cinco millones de euros de las regularizaciones extraordinarias con 12 préstamos realizados por personas físicas y jurídicas. Y concluye que no es posible “la regularización de las defraudaciones tributarias después de haber tenido conocimiento formal de la existencia de unas diligencias de investigación de la Fiscalía, que le advirtió de la existencia de irregularidades en las declaraciones tributarias con anterioridad a su regularización”.
El abogado del rey emérito tuvo, según la querella, “la oportunidad de personarse y conocer las diligencias de investigación, aunque sin duda era conocedor de las irregularidades que se habían cometido en las declaraciones correspondientes al IRPF de los años 2014 a 2018″. “Desde junio de 2020, el rey emérito pudo conocer a través de los medios de comunicación detalles de la investigación abierta en la Fiscalía por cuestiones relacionadas con ingresos de Juan Carlos I procedentes del extranjero que supuestamente no habían sido declarados a Hacienda”.
La querella considera que los hechos que se atribuyen al rey emérito “son constitutivos de cinco delitos contra la Hacienda Pública penados en el artículo 305 bis del Código Penal y castigados con prisión de dos a seis años, y multa del doble al séxtuplo de la cuota defraudada cuando la defraudación se cometiere en cuantía superior a 600.000 euros o se hayan utilizado personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica interpuestos”.
La querella se centra así exclusivamente en que la excusa absolutoria que utilizó Juan Carlos I ―las liquidaciones voluntarias y complementarias de unos impuestos que no pagó durante cinco años― se hizo en contra de lo establecido por la ley, pues no se respetó “el principio de íntegra y espontánea regularización”.
El Código Penal señala en su artículo 305.4: “Se considerará regularizada la situación tributaria cuando se haya procedido por el obligado tributario al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria antes de que la Administración tributaria le haya notificado el inicio de las actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias o antes de que el ministerio fiscal realice actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias”.
La querella recuerda que el Código Penal descarta que se pueda despenalizar una conducta defraudatoria como la del rey emérito si se regulariza después de tener un conocimiento formal, “no necesariamente pormenorizado”, de la iniciación de diligencias. “El argumento de la Fiscalía del Supremo sobre la legalidad de la regularización tributaria”, lo que motivó el archivo de la investigación sin reproche penal, “carece de sustento legal y choca frontalmente con los datos temporales que constan en su propio documento”, donde dan carpetazo a las actuaciones, según concluyen los querellantes.
El escrito de la querella ante el Tribunal Supremo solicita que se cite a Juan Carlos I en su domicilio actual de Abu Dabi para prestar declaración, y que se interrogue a una decena de personas o representantes de distintas sociedades o fundaciones que abonaron gastos del rey emérito o gestionaron su fortuna en el extranjero.
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