La ONU reprende a España por devolver en caliente a un menor
El Comité de Derechos del Niño exige al Estado que indemnice al afectado y que evite vulneraciones similares
El Comité de los Derechos del Niño, el órgano de las Naciones Unidas que supervisa que los estados firmantes garanticen los derechos de la infancia, ha condenado a España por la devolución en caliente de un menor que saltó la valla de Melilla en 2014.
Moussa, nombre ficticio de un niño de Malí que por entonces tenía 15 años, había intentado saltar la valla de Melilla en varias ocasiones. En una de sus intentonas frustradas las fuerzas de seguridad marroquíes lo interceptaron y lo golpearon repetidamente con un palo. Perdió los dientes frontales y caminó 20 kilómetros de vuelta al campamento donde dormía. Por fin, el 2 de diciembre de 2014, Moussa sorteó a los gendarmes marroquíes y alcanzó la última de las vallas que le separaban del territorio español. Pasó horas encaramado en lo alto de la alambrada y cuando se decidió a bajar, la Guardia Civil lo esposó y se lo entregó a las autoridades del país vecino.
A pesar de las observaciones de España que sostuvo que la demanda no debía ser admitida, el Comité considera que el niño “ha aportado un relato creíble y consistente de los hechos, apoyado por pruebas”. El organismo concluye que el denunciante no recibió ningún tipo de asistencia legal, ni se le ofreció un intérprete para poder comunicarse, ni se le identificó como menor no acompañado, ni tampoco se tuvo en cuenta su “situación de vulnerabilidad”.
Según la entidad, España violó con esta expulsión sumaria tres artículos de la Convención sobre los Derechos del Niño, un texto firmado por 195 países y que es considerado por Unicef “el tratado más ratificado de la historia”. Su aplicación es obligación de los Gobiernos firmantes.
Segunda advertencia en apenas un año
Este no es el primer tirón de orejas que el Comité de Naciones Unidas para los Derechos del Niño da a España por vulnerar las garantías de los más pequeños. Hace poco más de un año, la entidad pidió en otro dictamen que el Gobierno acabase con las devoluciones en caliente y mostró su preocupación acerca de los menores extranjeros no acompañados que malviven en las calles de Melilla. También criticó los métodos “invasivos” usados para determinar la edad de los niños migrantes y la violencia ejercida contra estos menores por parte de algunos profesionales de centros de protección.
El comité, además de considerar que no se tuvo en cuenta el interés superior del menor y que ni siquiera se le identificó, hace hincapié en el relato de violencia sufrido por el joven por parte de los guardias marroquíes y mantiene que el Estado está obligado a no trasladar a un niño a “un país en el que haya motivos racionales para pensar que existe un peligro real de daño irreparable para el menor”. El organismo determina que el Estado español debe indemnizar financieramente al niño que ahora tiene 19 años y trabaja como jardinero y rehabilitarle “por el daño sufrido”.
Este es el primer dictamen de Naciones Unidas sobre las devoluciones en caliente de menores de edad y el comité recuerda que España “tiene la obligación de evitar que se cometan violaciones similares” mediante la revisión de la Ley Orgánica 4/2015, conocida como ley mordaza, que incluye en sus disposiciones adicionales la legalización de las devoluciones en caliente. España ya ha sido condenada en primera instancia por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en 2017 por esta práctica y aguarda, tras recurrir la sentencia, el veredicto definitivo de la Gran Sala del Tribunal.
El dictamen del comité, datado el 1 de febrero, es la respuesta a la denuncia que presentó Moussa en noviembre de 2015 con al apoyo jurídico de European Center for Constitutional and Human Rights (ECCHR), una ONG alemana, y de Fundación Raíces, una de las principales organizaciones de apoyo a niños en riesgo de exclusión en España.
Este caso y el trato recibido no es una excepción, mantienen ambas organizaciones. “La decisión tiene una importancia fundamental para la protección de los menores no acompañados, no sólo en la frontera hispano-marroquí, sino en las fronteras terrestres en general”, celebró Carsten Gericke, abogado de ECCHR. La presidenta de Fundación Raíces, Lourdes Reyzábal, mantiene que este caso “pone en evidencia, una vez más, que, en España, las políticas de protección a la infancia están sometidas a las políticas de extranjería y que las fronteras siguen siendo espacios donde no existen las garantías jurídicas básicas”.
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