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España juega su última carta para legitimar las devoluciones en caliente

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos analiza el caso de dos migrantes que saltaron la valla de Melilla en 2014, en un juicio que podría afectar a toda Europa

Silvia Ayuso
Un migrante corre junto al CETI de Ceuta tras saltar la valla fronteriza el pasado 22 de agosto.
Un migrante corre junto al CETI de Ceuta tras saltar la valla fronteriza el pasado 22 de agosto.AFP

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo ha celebrado este miércoles la última vista del caso de dos subsaharianos expulsados en caliente en 2014 tras saltar la valla de Melilla, una devolución sin garantías por la que el Tribunal condenó a España en 2017. La resolución de esta causa determinará previsiblemente la adopción de esta práctica por parte del nuevo ejecutivo y, quizás también, de sus socios europeos.

La expulsión se produjo durante el Gobierno de Mariano Rajoy y fue también el ejecutivo popular el que acabó legalizando este tipo de devoluciones en caliente con una disposición en la ley mordaza. Tras la condena del Tribunal, Rajoy decidió recurrir la sentencia, pero es el Gobierno del socialista Pedro Sánchez, que hace solo un año “rechazaba rotundamente” estas expulsiones automáticas, el que ha tenido que defender esta práctica ante la Gran Sala del tribunal de Estrasburgo.

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La paradoja no se le escapó a nadie en la abarrotada sala del TEDH donde se desarrollaron las casi tres horas de audiencia pública. Mucho menos al abogado de uno de los demandantes, Gonzalo Boye, bien conocido en España por su defensa, entre otros, del expresidente catalán Carles Puigdemont.

“Las promesas de los políticos pueden cambiar según estén en el gobierno o en la oposición, pero las garantías de la Constitución española y del convenio europeo deberían ser inmutables”, dijo ante los 17 jueces, que decidirán en los próximos meses si mantienen la sentencia condenatoria contra España emitida por el TEDH el 3 de octubre de 2017 o si revocan la decisión, tal como ha solicitado España.

El caso es el de N.D. y N.T., dos jóvenes africanos, el primero de Mali, el segundo oriundo de Costa de Marfil, que el 13 de agosto de 2014 realizaron junto un grupo de hasta 80 migrantes un intento de saltar la valla de Melilla. Agentes de la Guardia Civil los “arrestaron, los esposaron y los devolvieron” a Marruecos nada más bajar de la última barrera, según constató el TEDH. “En ningún momento fue comprobada su identidad. No tuvieron oportunidad de explicar sus circunstancias personales o de recibir ayuda de abogados, intérpretes o personal médico”, consideraron probado los jueces de Estrasburgo. Y por ello fallaron, de forma unánime, que España violó el Artículo 4 del Protocolo IV del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, por el que “quedan prohibidas las expulsiones colectivas de extranjeros”.

Las autoridades españolas tampoco respetaron, según los jueces, los derechos de N.D. y N.T. que consagra el artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a un recurso efectivo “ante una instancia nacional, incluso cuando la violación haya sido cometida por personas que actúen en el ejercicio de sus funciones oficiales”.

Un recurso heredado

El Gobierno de Rajoy, que en 2015 legalizó las devoluciones en caliente incluyendo en la Ley de Seguridad Ciudadana una disposición que permite la devolución a Marruecos de manera inmediata a los inmigrantes que salten la valla, decidió recurrir la sentencia, que le obligaba a indemnizar a cada uno de los dos afectados con 5.000 euros. Una vez en el Gobierno, tras la moción de censura de junio, el ejecutivo de Pedro Sánchez decidió continuar adelante con la revisión, aunque modificó su estrategia. Así, el abogado del Estado Rafael Andrés León Cavero empezó su argumentación subrayando, con el ejemplo de la decisión de ofrecer un puerto español al Aquarius este verano, los “esfuerzos” del Gobierno en materia migratoria y su “profundo apego a las obligaciones” humanitarias.

La estrategia española se basó también en afirmar que los demandantes son “inmigrantes económicos” que eran conscientes de que no encajaban en el perfil de demandantes de asilo, motivo por el cual recurrieron a una entrada irregular como el salto de la valla. La de la migración económica es una distinción que esgrimen otros gobiernos, como el francés de Emmanuel Macron, para justificar una mano más dura a la hora de expulsar a los migrantes que no reúnen los requisitos para ser refugiados.

Cavero lanzó en varias ocasiones una advertencia a los jueces: una decisión que no sea equilibrada “podría alimentar las actividades ilegales para el único beneficio de las mafias” y dañar los derechos tanto de los inmigrantes como de los ciudadanos europeos y de los agentes de fronteras.

Preocupación europea

Pero en su turno de palabra, tanto la comisionada de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Dunja Mijatovic, como la alta responsable del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Grainne O’Hara, advirtieron en contra de la tentación —no solo en España— de hacer distinciones entre migrantes y de “dar marcha atrás” en la defensa de los derechos de todos.

“Parece haber una creciente asunción de que los que cruzan la frontera de manera irregular no deberían tener derecho a la protección de sus derechos humanos”, alertó Mijatovic, mientras que O’Hara subrayó que “los desafíos de los crecientes flujos migratorios” que afrontan muchos Estados “no justifican prácticas que no están de acuerdo con las convenciones”.

Una medida excepcional

El recurso a una sentencia es una medida excepcional que el Tribunal de Estrasburgo solo admite de manera más excepcional aún. La solicitud de remisión ante la Gran Sala del TEDH solo se acepta “si el asunto plantea una cuestión grave relativa a la interpretación o a la aplicación del Convenio o de sus Protocolos o una cuestión grave de carácter general”, según estipula el propio Convenio de DD HH. De ahí que lo que acabe dictando esta Gran Sala, cuya sentencia sí será ya definitiva, marcará en el futuro los procedimientos de expulsión de inmigrantes en la frontera con Marruecos.

Para el abogado Gonzalo Boye, el único que accedió a hablar con la prensa tras la audiencia, la actitud un tanto “esquizofrénica” de España en este caso se debe a que “está jugando a dos cartas, una a nivel del tribunal europeo y otra al del Tribunal Constitucional” español. “Probablemente —aventuró— lo que han venido a buscar hoy es un poco el respaldo del tribunal europeo para sentirse legitimados ante el Constitucional y declarar la inconstitucionalidad de la ley mordaza”. 

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Sobre la firma

Silvia Ayuso
Corresponsal en Bruselas, después de contar Francia durante un lustro desde París. Se incorporó al equipo de EL PAÍS en Washington en 2014. Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, comenzó su carrera en la agencia Efe y continuó en la alemana Dpa, para la que fue corresponsal en Santiago de Chile, La Habana y Washington.

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