La Justicia avala la exhumación de los restos de Sanjurjo
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra da la razón al Ayuntamiento de Pamplona, que los exhumó en 2016 por la ley de memoria histórica
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha revocado la sentencia por la que el pasado junio un juez de Pamplona ordenó restituir los restos del general Sanjurjo al monumento a los caídos de la ciudad, del que habían sido exhumados en noviembre de 2016, junto a los del general Mola y otros seis combatientes franquistas en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica. La familia Franco también batalla en los tribunales para tratar de frenar la exhumación del dictador del Valle de los Caídos. De momento, todos sus intentos han fracasado.
Tras la exhumación, los restos de Sanjurjo fueron enterrados en marzo de 2017 en el Panteón del Regimiento de Regulares de Melilla en una polémica ceremonia porque asistieron el presidente de la ciudad autónoma, Juan José Imbroda, del PP, y el comandante general de Melilla, el general Fernando Gutiérrez. La familia de Mola los incineró.
La sentencia del tribunal superior tumba los argumentos esgrimidos por el titular del juzgado contencioso administrativo número 2 de Pamplona, Antonio Sánchez, que estimó el recurso presentado por Carlota Sanjurjo y María Luisa Navascués y ordenó devolver los restos al Monumento a los Caídos. Así, concluye que el Ayuntamiento sí era competente para cerrar la cripta del conocido como Monumento a los Caídos, donde se encontraban enterrados. No obstante, en contra de uno de los argumentos que alegó el Ayuntamiento tras la sentencia ahora revocada, el tribunal superior considera que la Ley de Memoria Histórica no imponía el cierre de dicha cripta, ya que según el escrito, "aunque evidentemente compartía esa inicial finalidad de exaltación [del franquismo], al estar reservada a uso privado y cerrada al público, tampoco la puede proporcionar en la actualidad".
El procedimiento llevado a cabo por el Ayuntamiento para proceder a la exhumación fue el siguiente. En agosto de 2016 encargó un informe con la intención de clausurar el cementerio en la cripta del monumento. El departamento jurídico del Consistorio contestó que mediante escritura pública, el 19 de mayo de 1998, el Arzobispado de la diócesis de Pamplona y la parroquia de Cristo Rey habían donado al Ayuntamiento el monumento a los Caídos, que en junio de 1963 había donado a su vez la Diputación al Arzobispado. En cuanto a las posibilidades legales de clausurar el cementerio, el servicio jurídico municipal contestó que el Ayuntamiento era competente para hacerlo porque, por un lado, estimó que lo amparaba el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica, que establece que "las administraciones públicas tomarán las medidas oportunas para retirar menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión y la dictadura", salvo cuando dichas menciones fueran "de estricto recuerdo privado" o concurrieran "razones artísticas, arquitectónicas o artístico religiosas procedidas por la ley". Y por otro, citaban el reglamento de sanidad mortuoria de Navarra (2001), que establece que "corresponde al departamento de salud la competencia para autorizar la clausura de un cementerio y la recogida o traslado total o parcial de restos".
Se obtuvo la autorización del departamento de Salud y se publicó en el Boletín Oficial de Navarra y en los periódicos de mayor difusión en la comunidad el anuncio, con dos meses de antelación, de la recogida y traslado de restos inhumados en el monumento, abriendo un periodo de alegaciones para los interesados. Algunos, como la familia de Jaime Munárriz, indicaron que hacía años que deseaban trasladar los restos a su panteón familiar. La hija del general Emilio Mola también trasladó su deseo de exhumar y cremar los restos para recibir las cenizas y pidió que la exhumación fuera un acto privado, en el que solo estuviera el personal del Ayuntamiento y los técnicos estrictamente necesarios. Se hizo de noche y sin cámaras.
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