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El Constitucional mantiene suspendidos a Puigdemont, Junqueras y el resto de diputados catalanes presos por rebelión

El tribunal rechaza levantar cautelarmente la separación del escaño impuesta por el Supremo

El País
Fachada del edificio del Tribunal Constitucional.
Fachada del edificio del Tribunal Constitucional.EFE

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado este jueves por unanimidad denegar la suspensión de las resoluciones del Tribunal Supremo que impiden al expresidente catalán Carles Puigdemont, al exvicepresidente t Oriol Junqueras y a otros cuatro acusados de rebelión ejercer sus cargos públicos como diputados en el Parlament.

El auto dictado por el Constitucional rechaza la medida cautelar que pedían un grupo de particulares, encabezado por Jaume Cabré Fabré, quienes consideraban que la decisión del Supremo había vulnerado su derecho a participar en los asuntos públicos por medio de representantes libremente elegidos en elecciones (art. 23.1 de la Constitución). Los recurrentes presentaron un recurso de amparo contra esa medida, pero pidieron también que el Constitucional dejara sin efecto cautelarmente la suspensión de los cargos mientras decidía sobre el fondo del asunto (si esa suspensión es correcta o no). Sobre esa petición es sobre la que se ha pronunciado el Constitucional.

Los magistrados explican que acceder a la suspensión cautelar equivaldría a anticipar la posible estimación futura del recurso de amparo y supondría no aplicar temporalmente una norma de rango legal, el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuya utilización en este caso "goza de presunción de legitimidad”. "En este trámite procesal no puede efectuarse el análisis de la cuestión de fondo, ni cabe cuestionar las bases fácticas que la sustentan ni tampoco anticipar indebidamente lo que debe ser resuelto en la oportuna sentencia”, señalan los magistrados.

El recurso se dirige contra la decisión del instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, ratificada después por la Sala de lo Penal, de suspender como diputados a Puigdemont, Junqueras y los otros cuatro parlamentarios acusados de rebelión que están en prisión (Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez). Esta medida responde a la aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que prevé la suspensión automática para ejercer cargo público de los procesados por rebelión sobre los que se haya decretado la prisión provisional.

Esta suspensión mantuvo paralizado durante meses el Parlament por las discrepancias entre PDeCAT y ERC sobre cómo aplicar la orden del Supremo. Finalmente, los diputados de ERC (Junqueras y Romeva) aceptaron la fórmula avalada por el gabinete jurídico de la Cámara que recomendó que otros diputados del grupo asumieran el voto de cada parlamentario suspendido. Los cuatro del PDeCAT (Puigdemont, Rull, Turull y Sànchez) se negaron a hacer una nueva delegación del voto (tenían una previa a la suspensón decretada por Llarena) y, desde entonces, no han votado. 

La decisión de este jueves del Constitucional es la segunda que toma el tribunal esta semana sobre recursos presentados por los líderes independentistas. El martes rechazó también por unanimidad cuestionar la competencia del Supremo para juzgar el procés. Ambas decisiones se han adoptado después de que cuatro de los acusados que están en prisión preventiva (Sànchez, Turull, Rull y Forn) iniciaran una huelga de hambre en proteta por la tardanza del Constitucional en resolver sus recursos.

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