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La Fiscalía del Estado limitará las acusaciones por delitos de odio

Segarra cree que no hay que bajar la guardia ante estas conductas, pero considera que en algunos casos se está aplicando de forma “desproporcionada”

Reyes Rincón
La fiscal general del Estado, María José Segarra, el pasado jueves en Barcelona.
La fiscal general del Estado, María José Segarra, el pasado jueves en Barcelona.EP
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Spain’s attorney general to limit “disproportionate” hate crime accusations

La fiscal general del Estado, María José Segarra, ha pedido este lunes una “reflexión sosegada” sobre los delitos de odio para darles una respuesta penal “proporcionada, disuasoria y garantista”. Su departamento ultima una circular —un escrito que fija criterios de actuación vinculantes— que enviará a todas las fiscalías a principios de 2019 para unificar la actuación del ministerio público ante este delito. La idea, según fuentes fiscales, es que las acusaciones se ciñan a los criterios que ha establecido el Tribunal de Estrasburgo en varias sentencias en las que ha condenado a España por una aplicación “desproporcionada” de este delito.

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La necesidad de abrir una reflexión para plantear cambios sobre los delitos de odio es una de las prioridades que ha planteado Segarra desde que llegó al cargo en julio. La última memoria anual de la Fiscalía, presentada en septiembre, abogaba por buscar penas alternativas a la prisión en los casos de delitos de odio cometidos a través de Internet, una propuesta que el Gobierno se ha mostrado dispuesto a estudiar aunque, por ahora, no ha dado ningún paso en esa dirección.

Segarra insistió este lunes en la necesidad de “reflexionar” sobre este delito. Y lo hizo antes de la inauguración de unas jornadas en Madrid de especialistas en delitos de odio y casi a la misma hora que el humorista Dani Mateo comparecía en un juzgado como investigado por este delito (además de por ultraje a la bandera) por un gag en el que se sonaba la nariz con la bandera española.

El delito de odio, recogido en el artículo 510 del Código Penal, contempla en su forma más grave penas de entre uno y cuatro años de cárcel para quien fomente el odio o la violencia contra una persona o un colectivo por motivos racistas, antisemitas, religiosos u otra circunstancia. Segarra advirtió de que estos delitos se han incrementado en los últimos años, sobre todo a través de redes sociales, y que tanto las víctimas como los autores son a menudo menores.

La Fiscalía cree que no hay que bajar la guardia ante estas conductas, pero, a su vez, considera que en algunos casos se está aplicando de forma “desproporcionada”. En sus declaraciones de este lunes, Segarra admitió que el ministerio público no siempre está mostrando “unidad de actuación”, un problema que pretende zanjar con la circular que su departamento prevé tener lista en el primer trimestre de 2019 y que se enviará a todas las fiscalías.

La idea, según fuentes fiscales, es que la actuación del ministerio público se ciña a los criterios que ha fijado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en varias sentencias en las que ha condenado a España por la aplicación “desproporcionada” del delito de odio. La última de estas resoluciones, dictada en marzo pasado, instó a indemnizar a dos manifestantes independentistas catalanes que en 2007 quemaron una foto de los Reyes durante una protesta antimonárquica en Girona. En la sentencia, el tribunal con sede en Estrasburgo advirtió de que la libertad de expresión “se extiende a informaciones e ideas que ofenden, chocan o molestan” y forman parte de las condiciones de “pluralismo, tolerancia y amplitud de miras sin las cuales no hay una sociedad democrática”.

Condenas de Estrasburgo

Argumentos parecidos había empleado Estrasburgo en 2011 para condenar a España por vulnerar la libertad de expresión del líder abertzale Arnaldo Otegi, al que el Tribunal Supremo había condenado en 2005 por llamar al Rey “jefe de los torturadores”. El Tribunal europeo admitió que las expresiones de Otegi podían ser consideradas como un lenguaje “provocador” y “hostil” hacia la monarquía pero ni exhortaban al uso de la violencia ni constituían un “discurso de odio”.

La última memoria de la Fiscalía General del Estado ya aludía a que estas sentencias deberían servir para “aclarar conceptos”. “Pero por el momento, lo único que hacen es acrecentar la polémica”, recogía el texto. Gran parte del problema, en opinión del ministerio público, surge de la modificación que hizo el PP en 2015 del Código Penal para ampliar las conductas perseguibles como delito de odio y endurecer las penas de los cometidos a través de Internet. Esa modificación, según Segarra, no se ha traducido en la creación “de una categoría unívoca de delitos de odio”, sino que estos siguen “diseminados” por el Código Penal, lo que complica la actuación de los fiscales. “Debemos buscar soluciones a su interpretación”, ha reclamado Segarra.

El Congreso tramita una reforma del Código Penal planteada por Unidos Podemos para proteger la libertad de expresión. El texto, que pide despenalizar las injurias a la Corona o las ofensas a sentimientos religiosos, coincide con la Fiscalía en considerar “ambiguo” el artículo 510 del Código Penal y pedir que las acusaciones se ciñan a la jurisprudencia europea al aplicar este delito.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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