Defensa reduce a 1,55 la altura mínima de las mujeres para entrar en el Ejército
El ministerio busca ajustarse a una sentencia europea de 2017 para evitar la discriminación por sexos
Cinco centímetros para evitar la discriminación. El ministerio de Defensa ha comunicado este viernes que a partir de las próximas oposiciones se rebajará a 1,55 metros la altura mínima requerida a las mujeres para poder entrar en el Ejército. Actualmente el mínimo estaba en 1,60 metros. El objetivo de la medida es acabar con la discriminación que se produce al fijar las mismas alturas para mujeres y hombres al ser diferente la estatura media, por sexo, de la población española.
El cambio sigue el criterio de una sentencia del 18 de octubre de 2017 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se posicionaba en contra de establecer unas estaturas mínimas comunes para ambos sexos. El ministerio que dirige Margarita Robles asegura que se igualan los requisitos de talla mínima en todos los procesos de selección "con independencia de si se accede a las escalas de oficiales, suboficiales o a la de tropa y marinería". Se pretende evitar, además, que puedan existir requisitos distintos de estatura dependiendo si se ingresa mediante acceso directo o por promoción.
La existencia de tallas mínimas en el Ejército es un elemento presente en la mayoría de los Ejércitos del mundo que se justifica, según el ministerio, porque los miembros de las Fuerzas Armadas tienen que tener "la calidad física necesaria" para ser compatibles con sus "exigencias operativas".
Esta decisión viene después de que la Fiscalía de la Comunidad de Madrid hubiera apoyado parcialmente el pasado agosto el recurso presentado por una aspirante a ingresar en las Fuerzas Armadas a la que se exigía un estatura mínima de 1,60 metros, la misma que a los varones, al considerar que tratar igual a desiguales también podía resultar discriminatorio.
En cuanto a los tatuajes de los integrantes del Ejército, Defensa ha explicado también que cambiará las bases de las convocatorias para evitar la discriminación "por el hecho de utilizar diferentes prendas de uniformes". A partir de ahora, el reglamento quedará recogido así: "Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares, que sean visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades".
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