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El juez procesa a tres de los miembros de la célula que cometió los atentados de Barcelona

El juez Fernando Andreu les excluye de la comisión material en los atentados, en los que murieron 16 personas

Fernando J. Pérez
El terrorista Youssef Aalla, uno de los primeros radicalizos de la célula de Ripoll.
El terrorista Youssef Aalla, uno de los primeros radicalizos de la célula de Ripoll.

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha acordado este jueves el procesamiento de Mohamed Houli, Driss Oukabir y Said Ben Iazza por su papel en los atentados terroristas de Barcelona y Cambrils de los días 16 y 17 de agosto de 2017. A los dos primeros los procesa por integración en organización terrorista, fabricación y tenencia de explosivos y estragos en grado de tentativa. Respecto a Ben Iazza, carnicero de Castellón que prestó la furgoneta a la célula para comprar el material explosivo con el que pretendían realizar el ataque, el magistrado le procesa por colaboración. El magistrado excluye a los procesados de la comisión material en los atentados, en los que murieron 16 personas y 140 resultaron heridas.

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El juez explica en su auto que los tres supuestos terroristas —junto con los siete que murieron a tiros por los Mossos en Cambrils, Alcanar y Subirats— constituyeron un grupo terrorista a partir de 2015. Estos jóvenes, residentes en la localidad de Ripoll, actuaban bajo la dirección espiritual del imán Abdelbaki Es Satty, y se conjuraron, según Andreu, “para realizar uno o varios atentados de grandes dimensiones, mediante el uso de artefactos explosivos, a fin de coadyuvar a la estrategia” del Estado Islámico.

El magistrado recuerda que Mohamed Houli, uno superviviente de la casa de Alcanar, grabó un vídeo con varios miembros de la célula fabricando los explosivos, y tenía en su poder numerosas fotografías de posibles objetivos contra los que atentar, entre ellos Port Aventura, en Salou, la Torre Eiffel de París, el Santiago Bernabeu o el Camp Nou. Los terroristas realizaron, además, búsquedas en Internet sobre localizaciones para otros ataques: entre ellas hay 125 búsquedas sobre la Audiencia Nacional, 106 sobre la Tomatina de Buñol, 219 sobre el embalse de Riudencanyes y 104 sobre la Alhambra de Granada.

En el auto, de 43 páginas, el juez señala que en Alcanar los terroristas fabricaron entre 200 a 500 kilogramos de explosivos, además de 19 artefactos improvisados tipo granada de mano y una faja bomba. El juez añade a esta contabilidad las 104 bombonas de butano y propano encontradas en la vivienda. Con ellas, los terroristas pretendían “amplificar el efecto del explosivo, pretendiendo incrementar el volumen de metralla como la posibilidad de crear bolas de fuego generadas” por las bombonas.

El magistrado concluye que “tal cantidad de material para la confección de explosivos y de tal potencia destructiva, de llegar a ser utilizado para atentar en lugares o monumentos con gran afluencia de público, como sería el objetivo de la célula terrorista investigada, hubiera provocado unos daños de enormes dimensiones”.

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Los teléfonos móviles utilizados por los tres procesados han sido determinantes para vincularles a los terroristas fallecidos y a los lugares investigados. Así, en el caso del procesado por colaborar con el grupo, Said Ben Iazza, el juez recuerda que los teléfonos le sitúan en la vivienda de Alcanar y por un tiempo suficiente como para no ser ajeno a la actividad de los miembros de la célula que estaban fabricando una gran cantidad de material explosivo, con precursores adquiridos usando su identidad y transportados en el vehículo prestado por Ben Iazza.

Un día después de la explosión de Alcanar, uno de los terroristas abatidos, Younes Abouyaaqoub arrolló a las 16.50 del 17 de agosto a una gran cantidad de transeúntes, la mayoría turistas, que paseaban por la zona peatonal de las Ramblas. La furgoneta utilizada por el terrorista había sido previamente alquilada por el procesado Driss Oukabir. La furgoneta se incorporó a la Rambla a gran velocidad y en zigzag, por el paseo central. Como consecuencia del atropello fallecieron 14 personas y otras 128 resultaron con lesiones de carácter físico, además de otras muchas personas que padecieron diversas alteraciones de su salud.

El relato de aquellas horas dramáticas vividas en Cataluña recuerda el asesinato de otro ciudadano español aquella misma tarde, cometido por uno de los terroristas al intentar huir; ese miembro de la célula murió cuatro días después, abatido por los Mossos.

A la 1 de la madrugada del día 18 de agosto, los otros cinco terroristas huidos del atentado de las Ramblas, invadieron con un vehículo el paseo marítimo de Cambrils y provocaron la muerte de otra mujer y heridas a 12 personas. Los terroristas finalmente fueron también muertos a tiros por los Mossos d’Esquadra. La vida de cada uno de ellos, explica el juez en su escrito, tenía el objetivo común “de llevar a cabo atentados contra los considerados “ sus enemigos”, es decir, el mundo occidental”.

El delito de integración en organización terrorista prevé una pena entre 6 y 14 años de prisión. El de fabricación y tenencia de explosivos entre 8 y 15 años y el de estragos, en grado de tentativa, de 10 a 15 años. El delito de colaboración con organización terrorista está sancionado con penas que oscilan de los 5 a los 10 años de prisión.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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