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Una cadena de recursos obliga al Supremo a aplazar hasta finales de enero el juicio contra el ‘procés’

El tribunal teme que las partes dificulten que la sentencia esté antes de las próximas elecciones

Los cabecillas del secesionismo catalán están dilatando el inicio del juicio. Parte de los abogados lo recurren casi todo. La idea del Tribunal Supremo era iniciar a fines de octubre o comienzos de noviembre el juicio y hacer pública la sentencia antes de las elecciones de mayo del próximo año. Pero lo primero ya no va a ser posible por la cadena de recursos que está recibiendo la Sala de lo Penal del alto tribunal y las consiguientes dilaciones que ello genera. Y lo segundo, según fuentes jurídicas, dependerá del número de testigos y de las trabas que se pongan a la evolución del juicio, que se prevé dure varios meses y que será a puerta abierta, en sesiones de mañana y tarde.

Puigemont, Junqueras, Turull y Romeva, en el Parlament.
Puigemont, Junqueras, Turull y Romeva, en el Parlament.Quique García (Efe)

Desde que la Sala de lo Penal ha asumido para el juicio las diligencias elevadas por el juez instructor Pablo Llarena, las partes que conforman este macroproceso (25 abogados defensores, cuatro fiscales y la acusación popular de VOX) no han cesado de presentar recursos ante cada acto de preparación de la vista que realiza la Sala, que preside Manuel Marchena, el magistrado que dictará el fallo. Este cúmulo de recursos, básicamente de las defensas, ha obligado al Tribunal Supremo a retrasar el comienzo de la vista oral hasta el próximo año. En concreto, los interrogatorios de los líderes independentistas (excluyendo a los fugados) se iniciarán previsiblemente a finales del próximo enero, calculan los citados medios.

El interrogatorio de los líderes secesionistas (excluyendo a los fugados) se iniciará previsiblemente a finales del próximo enero, calculan fuentes del Supremo

El tribunal emplazará a las partes a que formulen sus escritos de acusación o de defensa. Y entonces dispondrán de tres días para exponer las cuestiones previas. Es decir, si consideran que se han vulnerado derechos fundamentales o que hay que solventar alguna laguna o vicio procesal. Los magistrados quieren resolver estas cuestiones en una vista que se celebrará a principios de diciembre. A esta vista solo tienen que comparecer las partes, no los procesados, pero si estos lo demandan el tribunal les abrirá la puerta, aunque no hay obligación legal. Quiere cerrar cualquier resquicio que los afectados puedan interpretar como indefensión. Podrían estar presentes, pero sin intervenir.

El momento de los interrogatorios (es decir, cuando el presidente del tribunal inste al fiscal y a los abogados a que formulen sus preguntas a los procesados) será a finales de enero. Ante de esta fase, que en puridad es el inicio real de la vista, el tribunal quiere resolver las cuestiones previas. Pese a que también cabe la posibilidad de que algunas partes planteen en diciembre algunas cuestiones y se guarden otras para esa segunda fase de finales de enero. En este caso, previsiblemente, los magistrados las resolverían a la hora de redactar la sentencia.

Los magistrados quieren resolver las cuestiones previas en una vista que se celebrará a lo largo del mes de diciembre

El tribunal calcula en varios cientos el número de testigos que solicitarán las partes en sus escritos. Los magistrados no pondrán obstáculos a los testigos, pero su volumen, en un juicio con casi 30 partes preguntando a cada reo, también puede condicionar la publicación de la sentencia antes de las elecciones de mayo. La Sala Especial del 061 del Supremo rechazó recientemente la recusación que plantearon parte de las defensas contra los cinco jueces del Supremo que juzgarán los hechos.

La nube dilatoria

Algunos abogados agotan el plazo para acceder a esas comunicaciones y luego se quejan al tribunal de que han tenido problemas informáticos y no han podido leerlas. E Instan a que amplíe el plazo, lo que obliga a tribunal a fijar otro nuevo. Y así sucesivamente. Incluso se ha pedido al tribunal que pida a Llarena que efectúe determinadas pruebas que estiman inconclusa.

Sin contar los prófugos, encabezados por el expresidente Carles Puigdemont y que seguirán bajo la lupa del juez Llarena, en la cárcel están ahora nueve de los 25 procesados: Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raúl Romeva, Dolors Bassa y Carmen Forcadell, entre otros. Si algún día los prófugos regresan a España, serían detenidos, irían a la cárcel y desfilarían por el mismo proceso por el que están pasando ahora los encarcelados. Se haría otro juicio contra ellos. A algunos se les atribuyen delitos, entre ellos el de rebelión, que prescriben a los 20 años.

Aunque el Supremo quiere tener la sentencia antes de las elecciones, si las partes ralentizan el juicio durante los interrogatorios, no habrá sentencia hasta después del verano. Pero cuanto más tarde el juicio en desarrollarse, más tiempo seguirán los presos en la cárcel.

El riego de fuga, cuando apenas quedan unos meses para el comienzo del juicio, sigue muy presente en la mente de los magistrados del Supremo, conscientes de que “la ciudadanía no entendería que a alguno se le levantase la prisión provisional y aprovechase la ocasión para cruzar la frontera”. Por eso, todos seguirán en la cárcel hasta el juicio salvo que la fiscalía, en algún caso concreto, demande alguna libertad “y la razone”.

Cuanto más se prolongue el juicio, más tiempo seguirán los presos en la cárcel. Está previsto que sigan encarcelados al menos hasta que acabe la vista

La prisión dejará de ser provisional en cuanto el Supremo dicte su sentencia. No caben recursos ordinarios contra las sentencias del Supremo, sean condenatorias o absolutorias. Si fuera condenatoria se convertiría en firme y, desde ese momento, el Supremo se desentiende de los presos. Ordena los años de cumplimiento de cárcel (si es que la sentencia resultase condenatoria) y desde entonces los presos pasarían a las manos del Gobierno de la Generalitat, que es la responsable de gestionar las cárceles de Cataluña. En ellas están ahora los presos independentistas tras su traslado desde cárceles madrileñas.

Según fuentes jurídicas, anteriormente era obligatorio haber cumplido una cuarta parte de la pena para acceder al tercer grado penitenciario, que permite obtener la libertad pero con restricciones; por ejemplo, que un reo condenado solo vaya a pernoctar a la cárcel y trabaje durante el día. Hoy no es obligatorio legalmente haber cumplido esa cuarta parte de la condena para obtener el tercer grado. Los secesionistas podrían obtener ese beneficio al día siguiente de que la sentencia del Supremo sea firme si sus responsables carcelarios lo consideran pertinente.

Vías para la libertad

La clasificación en grados de los presos (primer grado, aislamiento; segundo, régimen normal con salidas al patio; y tercero, semilibertad) la realizan las juntas de tratamiento de las diferentes cárceles, compuestas por un psicólogo, un jurista y el director del centro, entre otros.

Solo la fiscalía puede recurrir ante un juez de vigilancia de Cataluña la concesión de un tercer grado. Pero si la fiscalía no recurre, los independentistas condenados quedarían de inmediato en libertad tras recibir el tercer grado. La otra opción que puede conducirles a la libertad sin cumplir los años de cárcel de una eventual sentencia condenatoria sería el indulto.

La fiscalía tendrá que "esforzarse" para acreditar la rebelión

La fiscalía, según avanzó este periódico, va a mantener en el juicio su acusación por rebelión (también por malversación) contra parte de los procesados. Tendrá la Fiscalía "que esforzarse", según fuentes jurídicas, para acreditar que hubo rebelión (un delito que requiere el uso de violencia) para que, en su caso, sea atendido por el tribunal, según los citados medios. La rebelión está castigada con hasta 25 años de prisión.

El delito de sedición, que también se les atribuye, tiene entre 10 y 15 años de cárcel. Y, según fuentes judiciales, el encaje de la conducta de los procesados en este delito “es total, es de libro”, añaden. También serán juzgados por malversación de caudales públicos, pero este delito ha quedado muy atenuado porque los afectados, a través de las arcas de las asociaciones independentistas Òmnium Cultural y ANC, han depositado los casi cuatro millones que fijó el juez Llarena en su auto de procesamiento.

Por eso Llarena no aceptó traer a España desde Alemania, solo por malversación, al cabecilla del procés, Carles Puigdemont. “Habría tenido que dejarle libre al día siguiente de su entrega, con el consiguiente agravio para los otros reos que sí van a ser juzgados por rebelión/sedición y malversación”, destacan fuentes del Supremo.

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