España quiere volver a liderar la persecución de crímenes internacionales
Ecocidio y crímenes económicos contra la humanidad, entre las propuestas de los expertos que ayudan al Gobierno a reformar la justicia universal
La detención del dictador chileno Augusto Pinochet en un viaje a Londres. La condena a 1.084 años de cárcel por lesa humanidad de Adolfo Scilingo, argentino presunto responsable de varios vuelos de la muerte. El arresto del ruandés Karake Karenzi nada más poner un pie en el aeropuerto londinense de Heathrow acusado de genocidio y crímenes de guerra. Jueces y tribunales españoles lideraron durante años la persecución de crímenes internacionales. Hasta que una reforma de la ley impulsada por el Gobierno del Partido Popular en 2014 supuso prácticamente una derogación de facto de la justicia universal. Ahora el Gobierno socialista quiere recuperarla y ampliarla, y los expertos que le asesoran se han marcado como objetivo volver a ese liderazgo.
Algunas de sus propuestas pasan por ir más allá de los crímenes más graves, los de primer grado (genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, torturas), que los Estados están obligados a perseguir según el derecho internacional. Según fuentes jurídicas, los expertos pondrán sobre la mesa del Ministerio de Justicia incluir los delitos medioambientales como los vertidos en alta mar o la pesca ilegal –aparecerá el concepto de ecocidio—y otro tipo penal que aún no existe en derecho internacional, el de los crímenes económicos contra la humanidad: serían susceptibles de persecución las grandes decisiones macroeconómicas que hunden a un país en la miseria.
Una comisión de cuatro expertos en derecho internacional entregará su primer informe preliminar al Ministerio de Justicia este lunes. “Nuestra misión es estudiar todas las propuestas y tratar de actualizarlas y mejorarlas de acuerdo con el derecho internacional”, adelanta Manuel Ollé, uno de sus miembros. Por el momento, la reforma ha despertado enormes expectativas entre los abogados que defienden casos a los que se dio carpetazo tras el cambio legislativo de 2014. Una docena de procesos fueron archivados. Para Javier Chinchón, profesor de derecho internacional público de la Universidad Complutense y miembro de Rights International Spain, la respuesta a qué casos podrán volver a investigarse es “todos”, pero solo si el texto que se apruebe “no exige requisitos adicionales que desdibujen la esencia de la jurisdicción universal”.
Todo empezó con un criminal nazi
El primer caso de jurisdicción universal fue el juicio de Adolf Eichmann en Israel en 1961. Eichmann era alemán, sus crímenes se habían cometido en Alemania y sus víctimas fueron en su mayoría alemanas. Pero fue arrestado en Argentina y extraditado para ser juzgado en Israel. “El origen de la jurisdicción universal radical en la idea de que algunos crímenes son tan graves que es deber de toda la humanidad juzgarlos”, dice la abogada de Trial International Valérie Paulet.
Casi todos los países europeos tienen en su legislación una forma de jurisdicción universal, pero en la práctica solo algunos son activos, como Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Noruega, España, Suecia, Suiza, Holanda y Reino Unido, enumera Paulet, que añade: “Por supuesto España ha reducido drásticamente su lista de casos desde 2014”.
La jurisdicción universal no siempre consigue llevar a juicio algunos crímenes por ser demasiado políticos, asegura Paulet, pero pone en aprietos a los acusados. El expresidente estadounidense George W. Bush tuvo que cancelar un viaje a Suiza porque allí había una denuncia contra él. Tzipi Livni, exviceprimera ministra de Israel, canceló dos viajes el año pasado a Bélgica y Suiza para no ser interrogada por la policía. “El número de casos que llegan a juicio no deja de crecer. Solo el año pasado fueron 16”, concluye.
El caso Couso es quizá el más conocido. El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz pidió la entrega de los tres militares de Estados Unidos que mataron al cámara de Telecinco José Couso en 2003 cuando cubría la guerra de Irak. Había más casos en investigación que afectaban a Estados Unidos: el de los vuelos de la CIA y otro de torturas en la cárcel de Guantánamo. Pero lo que desencadenó la reforma de 2014 fueron las presiones de China. La Audiencia Nacional tenía abierta una causa contra la cúpula del Partido Comunista por el genocidio del Tibet y otra contra otros dirigentes chinos por el genocidio de miembros del movimiento espiritual Falun Gong.
PSOE y PP ya habían pactado un primer recorte –obligaba a demostrar conexión con España-- de la jurisdicción universal en 2009, después de que Israel protestara por la imputación de los responsables de un bombardeo en Gaza. En 2014 el Gobierno con mayoría absoluta del PP modificó la Ley Orgánica del Poder Judicial mediante una proposición de ley y restringió aún más la competencia de los jueces españoles, que ahora solo pueden investigar delitos de genocidio, crímenes de guerra y de lesa humanidad cuando el acusado sea español, resida habitualmente en España o se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas.
“El impacto de esa ley, claramente inconstitucional y contraria a las leyes internacionales, ha sido devastador. Y es una cosa insólita. No conocemos otro caso en el mundo en el que se haya renunciado a investigar los crímenes más graves”, afirma Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional en España. En su opinión, la reforma no debería limitarse a volver a la legislación de 2009 sino “a una que respete el derecho de las víctimas a obtener verdad, justicia y reparación cuando en sus países se les niega”.
Los casos que quedaron impunes tras la reforma del PP “son tan graves que hasta que no haya veredicto no prescriben. Todos ellos podrían ser empezados de nuevo”, asegura Beltrán. Algunos de aquellos procesos siguen vivos, pero “haciendo piruetas jurídicas”, asegura un abogado especializado. Un ejemplo es precisamente el caso de Ruanda, que sigue adelante en la Audiencia Nacional, pero ya no por delitos de genocidio o lesa humanidad, sino por el único al que no afectó la reforma: el terrorismo. También por terrorismo ha podido continuar el asesinato del jesuita Ignacio Ellacuría y otras siete personas en El Salvador. No por crímenes contra la humanidad como se calificó inicialmente.
Los casos de Ruanda, el Tíbet y Falun Gong están en el Tribunal Constitucional, pendientes de recurso de amparo. El resto “se han cerrado prácticamente todos salvo el de Carmelo Soria y el del Sáhara Occidental por tener conexiones con España”, asegura Beltrán. En 2012 el juez Pablo Ruz procesó a siete exagentes de inteligencia de Chile por el secuestro y asesinato del diplomático español Carmelo Soria en 1976. En 2006 el juez Baltasar Garzón admitió una querella contra 13 altos cargos de Marruecos por torturas y desapariciones de ciudadanos saharauis en los años 70, 80 y 90. Sigue adelante porque algunos hechos se cometieron cuando el Sáhara Occidental aún era colonia española.
José Elías, abogado del caso Tíbet, confía en que la reforma contribuya a que los magistrados del Constitucional resuelvan al fin los recursos que tienen pendientes desde hace más de tres años. “Hay fundamentos de derecho suficientes para que fuera admitido ese amparo y se declare en ciertos puntos inconstitucional la reforma anterior”, asegura. Además, en su caso, con la nueva ley podría presentar una nueva querella con otros casos de víctimas de la represión china. “Hechos criminales nuevos tenemos lamentablemente para aburrir”, dice.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.