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El fiasco de Estrasburgo o el fracaso del ‘plan B’ de la investidura catalana

La defensa de Sánchez se echa atrás respecto al TEDH y al recurrir al Supremo retrasa el 'plan C' de Jordi Turull

El líder independetista catalán Jordi Sànchez, el pasado octubre en Madrid.
El líder independetista catalán Jordi Sànchez, el pasado octubre en Madrid.Jaime Villanueva

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) era la vía no tanto del desbloqueo de la candidatura del diputado en prisión Jordi Sánchez sino su estación término para llegar al plan C de investidura en el Parlamento catalán. Pero esa vía ha sido autoabortada. La defensa de Sánchez ha decidido abandonarla antes de explorarla.

En la primera candidatura no existía alternativa. Era Puigdemont o Puigdemont. La simple invocación de un plan B recibía el rechazo más contundente. Ya en el plan B, es decir, la fase final de la candidatura de Sánchez, el recurso a Estrasburgo parecía ratificar, lo mismo que con Puigdemont, que no se preveía un plan C.

Es más: Puigdemont ha reaccionado en una entrevista con el periódico El Punt Avui ante el naufragio judicial de la candidatura de Sánchez —crónica de una prohibición esperada y quizá en primer lugar por sus promotores— que “repetir elecciones no sería ninguna tragedia”.

Y, sin embargo, como el A y el B, haber plan C, como las meigas, haberlo, haylo.

Se llama Jordi Turull.

Jordi Turull.
Jordi Turull.LLUIS GENE (AFP)

Pero antes se trataba de golpear con un titular las puertas del TEDH en el Paseo de los Derechos del Hombre de Estrasburgo para pedir la medida cautelar de libertad provisional del candidato Sánchez. Este episodio duraría previsiblemente toda esta semana. Pero, como se ha apuntado, los promotores han desistido. Ahora van a recurrir la resolución del magistrado Pablo Llarena del pasado viernes ante la Sala de Recursos de la Sala Segunda del Supremo.

Por tanto, los plazos se alargarían hasta la agonía. Porque es previsible que cuando se produzca el fallo del recurso de apelación, la defensa recurra en amparo al Tribunal Constitucional (TC) y para recurrir después a Estrasburgo.

¿Esta fase de Sánchez se agotará una vez que se terminen estos recursos? El reloj de los dos meses hasta desembocar en nuevas elecciones, ¿no empezará a correr hasta después de los recursos de la defensa de Sánchez?

El Grupo Parlamentario Socialista Catalán insistirá este lunes ante el TC en la medida cautelar que ya presentó junto con su recurso de amparo para que las agujas del reloj de los dos meses empiecen a moverse. El TC ha admitido a trámite ese recurso la semana pasada.

Pero el TC podría ante lo que ya es el segundo fiasco —el presidente del Parlament, Roger Torrent, ha aplazado el Pleno de este lunes 12— comenzar a pensarse en una cautelar para que el plazo de dos meses, con cierta retroactividad, comience a correr.

La defensa de Sánchez podía, estrictamente, acudir el miércoles pasado a Estrasburgo. ¿Por qué? Porque lo que se pensaba invocar este lunes 12 en el TEDH era la denegación de la medida cautelar de libertad provisional dictada por el pleno del Tribunal Constitucional el pasado martes, día 6 de marzo.

El TC admitió a trámite el 5 de febrero pasado un recurso de amparo de Sánchez contra la decisión de la magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela de enviarle a prisión el 16 de octubre de 2017. Como en el recurso se solicitaba una medida cautelar de libertad provisional, el TC resolvió abrir pieza separada sobre dicha solicitud.

Pero hubo una decisión judicial posterior relevante. Y es que el 4 de diciembre de 2017 el magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, dictó un nuevo auto de prisión contra Jordi Sánchez.

La defensa del diputado encarcelado, empero, a diferencia de la de Oriol Junqueras, decidió no recurrir ante la Sala de Recursos del Supremo, la nueva resolución, es decir, un auto que adquirió firmeza y por el cual Sánchez permanecía ahora, a partir del 4 de diciembre, en prisión. Para ir al TC en amparo contra Llarena, pues, era requisito previo recurrir la decisión del magistrado del Supremo.

Quizá para ganar tiempo o “quemar etapas”, la defensa de Sánchez decidió concentrarse en la resolución anterior del mes de octubre de Lamela. Fue un error flagrante. Esto ha sido corregido con un recurso de apelación de la resolución de Llarena del 6 de febrero.

Por tanto, la defensa de Sánchez se había embarcado la semana pasada en una operación kamikaze. Buscaba golpear las puertas de Estrasburgo con una petición de libertad sobre una prisión- la ordenada por Lamela- que había quedado renovada –por la de Llarena-, resolución esta última que no podría ser invocada por no haber sido impugnada en diciembre cuando cabía la posibilidad de hacerlo.

En resumen: la construcción jurídica kamikaze ahora consistía en denunciar la decisión del TC del pasado miércoles, denegatoria de la libertad provisional en relación a la prisión ordenada por Lamela en octubre, acompañada de una denuncia sobre presunta violación del derecho de representación política que supondría la resolución de Llarena del pasado viernes, día 9 de marzo, al rechazar la libertad y, en su defecto, el permiso extraordinario para que Sánchez pudiese acudir al pleno del Parlament este lunes 12 de marzo.

El centro del ataque jurídico de la defensa de Sánchez no podía ser, evidentemente, el auto de Llarena del pasado viernes por la sencilla razón de que puede ser recurrido ante el propio juez y ante la Sala de Recursos de la Sala Segunda del Supremo. Ergo: no se ha agotado la jurisdicción, requisito para acudir subsidiariamente al TEDH.

Los antecedentes para lograr con una denuncia en regla –esto es, con el recorrido jurisdiccional agotado en España- una medida cautelar como la que solicita la defensa de Sánchez son prácticamente inexistentes.

Por tanto, con la bola de nieve de recursos incompletos y pendientes descritos era evidente que las posibilidades en el TEDH eran prácticamente cero.

La defensa contaba con el impacto mediático, o “suceso histórico” de un candidato a presidente de la Generalitat al que no se le deja salir de prisión para presentar su programa.

Pero los jueces de Estrasburgo irían más allá del impacto mediático, habida cuenta, además, de que las noticias referidas a Cataluña ya suelen, casi todas, revestir carácter histórico.

La defensa de Sánchez, pues, se ha dado cuenta a última hora de que se metía en un callejón sin salida y que el titular que lograría en Estrasburgo sería fulminantemente negativo para su cliente y para los partidos que sostenían su candidatura.

Ahora bien, la resolución sobre Jordi Sánchez ha vuelto a poner sobre la mesa que existe una bisagra, por así decir, entre la evolución de la situación política en Cataluña y el procedimiento penal.

La Fiscalía del Supremo, a la que el magistrado, por cierto, ni se molesta en citar en su auto del viernes pasado, lo señala en su escrito –hecho llegar el viernes anticipándose al plazo de cinco días otorgado por Llarena- señala esa bisagra a la que aludíamos.

“En el contexto actualmente vigente existen sectores y fuerzas políticas que claramente apuestan por la utilización de mecanismos de secesión al margen de las normas constitucionales; que no existe la certeza de que su actuación vaya a ser presidido por el respeto y la sujeción al mecanismo jurídico vigente; que algunas de las iniciativas políticas se enmarcan claramente fuera de la legalidad constitucional y estatutaria...”.

El escrito apunta “el reciente acuerdo alcanzado por las formaciones políticas Junts pel Cataluña y Esquerra Republicana de Cataluña para la continuación del proceso constituyente que termine en la constitución de la República y la celebración de una nueva consulta a tales fines…”

Llarena, sin citar a la Fiscalía, señala en passant el “contexto político” en el que existen sectores que se ajustan a un plan de secesión “que contempla abordar ilegalmente una legislatura constituyente”.

Por tanto, tanto la Fiscalía del Supremo como el magistrado están señalando al Plan C de la investidura catalana: Jordi Turull.

La existencia del acuerdo programático entre Junts pel Cataluña y ERC —orientado a atraer el respaldo de la CUP— sobre el proceso constituyente implica a Turull, investigado y en libertad provisional con medidas cautelares tras permanecer en prisión. En su caso, si es candidato a presidir la Generalitat, sobre el se cierne la bisagra de la reiteración delictiva y la legislatura constituyente.

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