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La Audiencia de Sevilla mantiene los ERE como una macrocausa

Los jueces dictaminan que las 270 piezas separadas deben continuar aun sin los políticos de la Junta

Javier Martín-Arroyo
Los fiscales del caso ERE, en Sevilla.
Los fiscales del caso ERE, en Sevilla.PACO PUENTES

La Audiencia de Sevilla ha decidido que el caso ERE se mantenga como una macrocausa que abarcará unas 270 piezas, una por cada ayuda concedida por la Junta de Andalucía entre 2001 y 2010 por un total de 855 millones. De un plumazo, la Audiencia ha descartado el peligro de que todas las piezas se cerraran en cascada y la macrocausa se limitara a un solo juicio. Los jueces de la Sección Séptima han determinado que las 270 piezas se mantengan, a pesar de que los políticos concedentes de las ayudas desde la Consejería de Empleo han quedado fuera de todas estas investigaciones separadas, ya que afrontan exclusivamente un solo juicio por una supuesta malversación continuada: el de la pieza política que comenzó a juzgarse en diciembre.

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El empresario y exfutbolista José Antonio Gómez Romón, Pizo Gómez, alegó que dado que los políticos concedentes habían sido excluidos como imputados en la pieza por la ayuda a la firma Cenforpre, no cabía continuar el proceso solo contra los empresarios beneficiados por las ayudas, como él, que recibió una póliza de 491.424 euros. Sin embargo, la Audiencia ha desestimado su petición y considera que todas las piezas que conforman la macrocausa deben mantenerse. Es decir, habrá caso ERE para rato.

“Olvidan los recurrentes que el hecho de no dirigirse este procedimiento contra don Antonio Fernández [exconsejero de Empleo] por haber sido ya imputado por los mismos hechos en el procedimiento abreviado 133/2006 del juzgado de procedencia [la causa política] no implica la pérdida de objeto del presente procedimiento”, argumentan los jueces en su auto. Y abundan: “La decisión de no dirigirse este procedimiento contra don Antonio Fernández se adoptó para no incurrir en una duplicidad de procesos sobre los mismos hechos en tramitación todavía en la primera instancia, estando uno de ellos en condiciones de que se celebre el juicio oral en tanto el segundo —la presente causa— aún se halla en fase de instrucción. Esta duplicidad procesal no concurre en los recurrentes, ya que no han sido acusados en aquel procedimiento abreviado”.

Los magistrados evitan entrar en una cuestión clave y espinosa: según su tesis, una misma malversación por una ayuda pública se enjuiciará dos veces, según resaltan fuentes del caso. Los políticos acusados de malversación son enjuiciados estos días y los empresarios beneficiados por esa misma supuesta malversación serán enjuiciados dentro de varios años, por lo que la posibilidad de contar con dos pronunciamientos y fallos dispares, es real.

En paralelo, la Audiencia ha achacado a la Fiscalía Anticorrupción que su decisión de acusar por malversación continuada en la pieza política es la que ha provocado que todos los políticos de la Consejería de Empleo y de la agencia Idea sean acusados en un solo proceso y hayan sido apartados como imputados en las 270 piezas. Es decir, los jueces se adelantan a la cuestión previa del juicio en marcha más polémica: el objeto de lo que se está enjuiciando estos días. La Audiencia contesta y culpa a la fiscalía del galimatías generado, ya que los principales acusados –incluidos el exdirector Javier Guerrero y Fernández- se sentarán solo una vez en el banquillo, y no 270 veces.

El tribunal señala en el auto que "tal contenido de hechos quedó delimitado en la relación de hechos punibles del auto del juez de Instrucción de apertura de la fase intermedia del procedimiento abreviado, con el que todas las acusaciones se aquietaron y con base en el cual todas ellas —menos la Junta de Andalucía que pidió el sobreseimiento provisional de la causa— formularon acusación por los mismos hechos", de forma que "el objeto de ese proceso en fase de enjuiciamiento no puede ser otro que esos concretos hechos objeto de acusación".

Los jueces subrayan: “La razón de que este tribunal haya dictado varias resoluciones excluyendo a acusados en ese 'procedimiento específico' como sujetos pasivos de procedimientos abiertos en piezas separadas (...) lo que quedaría colmado con la acusación por delito de prevaricación, se ha visto desbordado por la propia Fiscalía Anticorrupción (y las demás acusaciones que han formulado acusación y que nada han dicho en este recurso y otros similares) al acusar asimismo por delito continuado de malversación, esto es, por el uso de ese procedimiento"

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Sobre la firma

Javier Martín-Arroyo
Es redactor especializado en temas sociales (medio ambiente, educación y sanidad). Comenzó en EL PAÍS en 2006 como corresponsal en Marbella y Granada, y más tarde en Sevilla cubrió información de tribunales. Antes trabajó en Cadena Ser y en la promoción cinematográfica. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y máster de EL PAÍS.

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