La rebelión no consumada
Sorprende que los independentistas descubran ahora la coerción del Estado
La prisión preventiva decretada por la magistrada Carmen Lamela contra nueve consejeros del disuelto Gobierno catalán ha levantado resquemores en quienes consideran desproporcionado el tipo penal de rebelión temiendo además que esos encarcelamientos influyan en las próximas elecciones. Sin negar esa posible influencia, el tema debe examinarse desde tres puntos de vista: la conducta de los consejeros, la pertinencia del delito atribuido y la pertinencia de las medidas cautelares.
Se entiende que los españoles nos sintamos revueltos por ver encarcelados a los consejeros de una comunidad autónoma, algo infrecuente en democracia. Pero lo que más nos tiene que revolver es la persistente conducta del Gobierno del que formaban parte, conducta dirigida, según describe el auto de la magistrada, a declarar unilateralmente la independencia de Cataluña: aprobar dos leyes que proclaman la república catalana y convocan un referéndum ilegal y firmar, primero, y votar, después, una desmañada y jesuítica declaración de independencia. Que por causa de esa conducta los consejeros acaben ante una juez de instrucción es la reacción natural del Estado de derecho.
No hay red social donde no se diga que el delito por el que son acusados los consejeros es inadecuado porque el artículo 472 del Código Penal exige que los autores del delito de rebelión se alcen “violenta y públicamente”, lo que, según las redes sociales, no se ha producido. Pero es un argumento especioso porque el delito no se consumó. De triunfar el autogolpe y para intentar asentarse el nuevo poder, habría habido violencia sobre los millones de catalanes que no quieren la independencia, sobre las autoridades y funcionarios estatales privados de sus facultades, y también al tomar las infraestructuras críticas e instalar fronteras. Si hubo violencia el 20 de septiembre ante la Consejería de Economía, con la Guardia Civil presente, ¿cómo, si no es con violencia, se puede expulsar al Estado español de Cataluña? Con ese argumento especioso, no habría habido rebelión de Companys porque en un primer momento se limitó a anunciar la proclamación de le república catalana y los primeros disparos los hicieron las tropas de Batet. El Gobierno autogolpista se ha quedado a mitad de camino, lo que configura más que un delito consumado un caso de tentativa, de conspiración o de proposición, según vean los tribunales.
Así se entienden las medidas cautelares, pues el presidente catalán y varios de sus consejeros ya han huido de España. La libertad provisional de los acusados hubiera sido electoralmente más neutra pero con una acusación tan grave es posible que algún otro consejero prefiriera huir y para eso se establece la prisión provisional. Lo que sorprende es que los independentistas se caigan ahora del guindo y descubran a estas alturas que la coerción del Estado es imparable.
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