El Supremo anula una condena de 4 años de cárcel al expresidente del Zaragoza y un exconsejero de Aragón
El alto tribunal revoca las penas por un supuesto desvío de fondos en la pataforma logística de Zaragora
El Tribunal Supremo ha anulado la condena de cuatro años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Zaragoza al empresario Agapito Iglesias, expresidente del Real Zaragoza), al gerente de la Plataforma Logística de Zaragoza (Plaza propiedad del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de la capital) Ricardo García Becerril y al exviceconsejero de Obras Públicas del Gobierno de Aragón y exconsejero delegado de Plaza Carlos Escó (PSOE), por un delito de malversación de caudales públicos (8,7 millones de euros) en el denominado caso Codesport, en el que se investigaba un presunto desvío de fondos en construcción de 119 naves de la plataforma logística. El alto tribunal ha anulado las condenas al no apreciar que existiera ánimo de lucro ilícito o propósito apropiarse de los fondos públicos de Plaza por parte de los acusados.
La sentencia de la Sala Penal del Supremo ha estimado el recurso de los tres acusados y les absuelve del delito de malversación de caudales públicos por el que fueron condenados. El alto tribunal coincide con la Audiencia de Zaragoza, en contra de lo sostenido por los recurrentes, en que es patente que los fondos de Plaza eran de naturaleza pública, como ha establecido el reciente acuerdo del Pleno de la Sala II del Supremo sobre empresas de capital mixto. Sin embargo, según los magistrados, para considerar cometido el delito de malversación de dichos fondos públicos, deben concurrir otros elementos, como es el ánimo de lucro o el propósito apropiativo, y el Supremo entiende que no se ha acreditado que existiera en este caso.
El alto tribunal, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Soriano, destaca que no hubo ese ánimo de lucro por varias razones. La primera, porque los pagarés percibidos por Codesport (empresa de Agapito Iglesias) respondían a obras y trabajos realmente efectuados y “concluidos sin vicio ni defecto, conforme a lo pactado”. Además, la insistente solicitud de pago dirigido a la sociedad Plaza, S.A. resulta “obvia” ya que es con esa sociedad con la única que Iglesias suscribió el contrato de obra.
En cuanto al gerente de Plaza, José Ricardo García Becerril, el Supremo señala que “es evidente que si quien recibió el dinero de los cuatro pagarés, Agapito Iglesias (Codesport), constructor de las obras, le correspondía en toda su integridad percibir el importe de las que realizó sin ningún defecto y a satisfacción, es obvio que no aflora ánimo alguno de apropiarse de lo ajeno, o dicho de otro modo, si la sentencia declara debidas y procedentes las cantidades reclamadas (sólo cuestiona la Audiencia de origen que el acreedor pasara las facturas a cargo de Plaza y no de Autocity que a su juicio, es la verdadera deudora), los pagos realizados son legítimos”. Respecto al exviceconsejero Escó, el Supremo razona que “si quien recibió el dinero, Iglesias, había realizado las obras en su integridad y la cantidad reclamada era correcta y le era debida, no puede afirmarse del empresario que se lucrara ilícitamente cuando reclama lo suyo, esto es, lo que le pertenecía. “Si quien percibió el dinero no se lucró, mucho menos quien facilitó que lo cobrase”, concluye el Supremo.
El alto tribunal rechaza además el recurso planteado por el Gobierno de Aragón, que perseguía incrementar la cuantía de 8,7 millones de euros que los acusados fueron condenados a pagar a la plataforma logística en concepto de responsabilidad civil, hasta los 13 millones. En ese sentido, el Supremo absuelve a los acusados del delito y levanta los embargos de patrimonio que tenían. Los jueces consideran que las controversias que pudieran seguir existiendo entre las partes deben resolverse por l avía civil, no penal.
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