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Tres propuestas de cuidados al final de la vida debatidas esta legislatura

Unidos Podemos defendió una ley de eutanasia. PSOE y Ciudadanos coinciden en impular los paliativos

Un enfermo terminal recibe cuidados de una enfermera.
Un enfermo terminal recibe cuidados de una enfermera.García Cordero

La proposición de ley de Ciudadanos para regular las atenciones al final de la vida es la tercera en este sentido que se debate en el Congreso esta legislatura. Con anterioridad, presentaron la suyas el PSOE y Unidos-Podemos (en este caso es importante recalcar la coalición ya que fue IU la que movió la iniciativa). Ambas fueron rechazadas. Como ha destacado acertadamente el PSOE, la suya era muy similar a la que se acaba de aprobar. La de Unidos Podemos era mucho más concisa (17 artículos, frente a 23 de la del PSOE y 28 de la de Ciudadanos) y muy diferente: ya en su artículo 1.2 introduce la diferencia mayor: “a efectos de esta ley, lo referido a la eutanasia resultará de aplicación al suicidio médicamente asistido”.

El PSOE se desmarca de este enfoque. “Esta no es una ley llamada a regular la eutanasia”, afirma en el preámbulo, aunque admite que “la sociedad española parece dispuesta a abrir el debate sobre la eutanasia”. Ciudadanos ni lo menciona.

Ley de paliativos

Eso convierte los proyectos en leyes de cuidados paliativos. Esto se ve desde el principio. En el artículo 3 del proyecto de Ciudadanos queda claro: la ley busca “la garantía del derecho de todas las personas a recibir cuidados paliativos integrales y un adecuado tratamiento de los síntomas físicos y problemas emocionales que surjan en el proceso final de su vida” y “la igualdad efectiva y la ausencia de discriminación en el acceso a los servicios sanitarios en el proceso final de su vida, con independencia de su lugar de residencia en todo el territorio nacional”.

La del PSOE lo resume así (también artículo 3): “Garantizar unos cuidados paliativos integrales y de calidad a todos los pacientes que lo precisen”.

Podemos los recoge, pero no insiste en ellos, ya que considera que estos ya están reconocidos como práctica médica.

Autonomía del paciente

Insisten también los proyectos en la autonomía del paciente, que en el caso del proyecto que permite la eutanasia (IU-Podemos) está muy desarrollada.

Así, el proyecto de Ciudadanos propugna “la promoción de la libertad, la autonomía y la voluntad de la persona, de acuerdo con sus deseos, preferencias, creencias o valores, así como la preservación de su intimidad y confidencialidad”.

La del PSOE lo expresa como “asegurar en dicho proceso su autonomía, la expresión de sus deseos y valores y el respeto a su voluntad, dentro del marco legal”.

Cambia el enfoque de Podemos: “En el ejercicio de derechos fundamentales como son la libertad y la plena dignidad humana, desde el desarrollo de los principios de autonomía y solidaridad, de beneficencia y no maleficencia, toda persona podrá solicitar y recibir ayuda médica para poner fin a su vida en los supuestos aquí estipulados”.

Los tres proyectos se reconocen herederos de la ley de autonomía del paciente de 2002, que ya consagraba derechos como el de rechazar un tratamiento y el valor del documento de voluntades anticipadas o testamento vital. De hecho, las propuestas de Ciudadanos y el PSOE se circunscriben a esa norma y la concretan y detallan sin salirse de su marco.

Asistencia a domicilio

Uno de los puntos más celebrados de la propuesta de Ciduadanos, que los cuidados paliativos se puedan recibir a domicilio, es común a las tres proposiciones. “Las personas que se encuentren en el proceso final de su vida, si así lo desean, tienen derecho a que estos cuidados paliativos integrales se les proporcionen bien en su centro sanitario o bien en su domicilio o en cualquier otro que designen, siempre que esta opción no esté médicamente contraindicada”, dice el texto votado ayer.

“La presente ley se desarrollará en todos los ámbitos sanitarios o sociosanitarios, públicos o privados, en los que se preste asistencia médica a personas al final de su vida, facilitando su aplicación en el domicilio cuando así se solicite”, afirma la propuesta de Podemos.

“Siempre que sea posible la persona en el proceso final de su vida podrá elegir morir en su domicilio, si las condiciones lo permiten”, dice la del PSOE.

Voluntades anticipadas o instrucciones previas

También en este aspecto hay coincidencia sobre su valor y la obligatoriedad de respetarlo. “Dichas instrucciones deberán de figurar en lugar visible en la historia clínica del paciente, tanto en su versión digital como en papel, de tal manera que cualquier médico que acceda a ellas no pueda obviar su existencia”, propone Ciudadanos.

“Toda persona mayor de edad y con plena capacidad de obrar tiene derecho a manifestar anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y el tratamiento asistencial que desea recibir en el proceso final de su vida”, indica el PSOE. “El documento de instrucciones previas o voluntades anticipados debe estar incorporado a la historia cIínica electrónica del paciente”.

Podemos lo deja al margen de manera general, no porque no lo considere importante, sino porque “el marco jurídico” ya existente, como la ley de autonomía del paciente o las autonómicas de muerte digna, “aborda con suficiente especificidad los derechos relativos a la información, a la elección entre opciones clínicas, al rechazo de tratamiento y al alivio del sufrimiento, garantizando el acceso a los cuidados paliativos, promoviendo la planificación anticipada de los cuidados y los documentos de instrucciones previas o voluntades anticipadas. Por ello, se considera que estos aspectos han de quedar fuera de la presente ley, no entrando en conflicto con lo allí regulado”. Sí hace mención expresa a su utilidad para decidir una eutanasia: “En el caso de tratarse de una persona sin capacidad de discernimiento, pero que hubiera realizado con anterioridad un documento de instrucciones previas, de acuerdo con lo recogido en el artículo 11 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica de la autonomía del paciente, se podrá llevar a cabo la eutanasia siempre que cumpla los requisitos clínicos recogidos en la presente ley”.

Profesionales sanitarios

Los profesionales deben respetar la voluntad del paciente. Ciudadanos lo define así: “Todos los profesionales sanitarios implicados en la atención de los pacientes tienen la obligación de respetar su voluntad y sus valores, creencias y preferencias en la toma de decisiones clínicas, en los términos previstos en la presente ley” y la de autonomía del paciente de 2002.

El PSOE lo expresa de manera similar: “Los profesionales sanitarios están obligados a respetar la voluntad manifestada por el paciente sobre los cuidados y el tratamiento asistencial que desea recibir en el proceso final de su vida”. “El cumplimiento de la voluntad del paciente, conforme con el ordenamiento jurídico y manifestada en la forma prevista en esta ley, excluirá cualquier exigencia de responsabilidad por las correspondientes actuaciones de los profesionales sanitarios”.

Podemos, una vez más, se centra en la eutanasia, y explicita que los profesionales deben asegurarse de que la petición del paciente es voluntaria, que conoce su estado de salud y a quién hay que comunicárselo.

Sanciones

Para los profesionales que incumplan la ley, los tres partidos remiten a la Ley General de Sanidad de 1986.

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