_
_
_
_

La falta de acusación popular evita una pena más alta para el diputado

Los magistrados del Tribunal Supremo han condenado a Homs por el mismo delito que se le atribuyó a Mas

El exconseller y portavoz del PDeCat en el Congreso, Francesc Homs.Foto: atlas | Vídeo: MARTA PÉREZ EFE / Atlas
Reyes Rincón

Los magistrados del Tribunal Supremo han condenado al exconsejero de Presidencia catalán, Francesc Homs, por desobediencia, el mismo delito que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) atribuyó al expresidente Artur Mas, la vicepresidenta Joana Ortega y la exconsejera de Enseñanza Irene Rigau. Sin embargo, la pena impuesta a Homs, de un año y un mes, es la menor de las cuatro: Mas fue condenado a dos años de inhabilitación (la pena máxima prevista para el delito de desobediencia); Ortega, a un año y nueve meses; y Rigau, a un año y medio.

Más información
Homs tilda de “política” el fallo y anuncia recurso ante el Constitucional
Artur Mas: "Cataluña ya no está políticamente en España"

La razón de esta diferencia es que el tribunal no puede imponer una pena superior a la solicitada por las acusaciones. Y en el caso de Homs, la única acusación era la de la fiscalía, que pidió 13 meses de inhabilitación, la pena impuesta por el Supremo. Es decir, los magistrados ponen a Homs la pena más alta que podían. La petición del fiscal para Rigau y Ortega fue la misma que para el exconsejero, mientras que para Mas, dada su responsabilidad como presidente, pidió un año y seis meses. Pero la acusación popular, ejercida por los sindicatos policiales SPP y UPF y por Manos Limpias, solicitaron condenas más elevadas, que fueron las que impuso el TSJC.

La sentencia del Supremo sobre Homs da pistas para el recurso ante el alto tribunal que han anunciado el fiscal y los condenados por el TSJC. El primero pide que se les condenara también por prevaricación y los acusados, la absolución. Pero si el Supremo sigue el criterio mantenido en el fallo contra el diputado, los recursos se desestimarán.

Tampoco se les podrá condenar por malversación, delito que la fiscalía descartó en los cuatro políticos juzgados. En su sentencia, el Supremo no descarta que se usaran fondos públicos para celebrar la consulta vetada, pero señala que, como la fiscalía no acusó de malversación a Homs, el tribunal no se ha cuestionado si se incurrió o no en este delito.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_