El Supremo juzgará a Homs por desobediencia en la consulta del 9-N
El alto tribunal dicta auto de juicio oral contra el diputado catalán
El magistrado de la Sala de lo Penal Andrés Palomo ha dictado este viernes auto de apertura de juicio oral contra el diputado y exconseller de Presidencia de la Generalitat de Cataluña Francesc Homs al apreciar indicios de un delito de prevaricación administrativa y de un delito de desobediencia grave cometido por autoridad pública en relación con la consulta del 9-N de 2014, que se celebró pese al veto del Tribunal Constitucional.
El auto notificado este viernes recoge los hechos incluidos en el informe del fiscal. En el auto, el instructor recuerda que, de acuerdo con la doctrina de la Sala de lo Penal, a partir de este momento este tribunal es el competente para juzgar al aforado aunque con posterioridad a esta fecha renuncie al fuero. El acusado tiene un plazo de diez días para presentar su escrito de defensa, pero el auto de apertura de juicio no es recurrible.
El portavoz responde que no se dejarán "intimidar"
En línea con el discurso de partidos y entidades independentistas, Francesc Homs ha afirmado que considera la apertura del juicio oral como una fórmula para “intimidar” al Gobierno catalán para que no se acabe celebrando el referéndum. Homs, no obstante, ha negado que esas presiones vayan a surtir efecto.
"Si el Estado cree que, a base de judicialización de lo que tendría que ser el campo de la política, intimidará a Cataluña a la hora de hacer el referéndum, se equivoca. Esto no nos intimida", ha declarado a los medios sobre su proceso y sobre el del expresidente Artur Mas y las exconselleras Irene Rigau y Joana Ortega, también por la consulta.
El portavoz del Partit Demòcrata en el Congreso ha reiterado que la “respuesta” de los políticos estará en línea con la “represión que se nos quiera imponer”.
La Fiscalía del Tribunal Supremo, que presentó su escrito de acusación el pasado 11 de enero, ha solicitado una pena de nueve años de inhabilitación o bien de siete años y medio de inhabilitación y multa de 30.000 euros para el diputado del Partido Demócrata Catalán (PDECat, antigua Convergència). En su escrito, el fiscal afirmó que Homs "no adoptó la suspensión de ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta que dependían directamente del Departamento de la Presidencia del que era titular". Según la fiscalía, la actuación de Homs fue "crucial" para que la consulta pudiera llevarse a cabo. El entonces consejero, según el ministerio público, "impulsó activamente los trabajos preparatorios de la convocatoria, puso los servicios jurídicos de su Departamento a disposición del CTTI [el Centre de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació, el centro que dio apoyo tecnológico a la consulta] para ejercer acciones legales ante una eventual suspensión adoptada por empresas privadas, y, en definitiva, potenció tras haber conocido la providencia de suspensión dictada por el Tribunal Constitucional el desarrollo del denominado proceso participativo".
La Sala de lo Penal del Supremo será la encargada de juzgar a Homs que, como recuerda el instructor en su auto, ya no puede plantearse la posibilidad de renunciar al fuero para evitar ser juzgado en el alto tribunal. El juicio abierto por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por el 9-N contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas y las exconsejeras Irene Rigau y Joana Ortega está fijado para el próximo 6 de febrero.
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