El Poder Judicial abre expediente al juez que sustituyó a Victoria Rosell
El promotor de la Acción Disciplinaria cree que el magistrado pudo cometer abuso de autoridad y revelación de secretos
El Consejo General del Poder Judicial ha abierto un expediente por tres posibles faltas disciplinarias al juez de Las Palmas Salvador Alba, que preparó una declaración para acusar a la magistrada y exdiputada de Podemos Victoria Rosell. El promotor de la Acción Disciplinaria del Poder Judicial, Antonio Fonseca-Herrero, investigaba la actuación del juez desde el pasado mayo y este martes ha acordado abrirle expediente por tres faltas: dos muy graves y una grave.
El Poder Judicial inició su investigación a raíz de una denuncia formulada contra Alba por Victoria Rosell. La investigación se centró primero en unas grabaciones difundidas de una conversación entre el magistrado y un empresario imputado en el Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas, del que Alba se hizo cargo cuando Rosell dejó el puesto para concurrir a las listas de Podemos a las elecciones del 20-D.
En la conversación grabada, Alba, supuestamente, prepara con el empresario Miguel Ángel Ramírez, presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, una declaración judicial que iba a servir al juez para redactar un informe sobre Rosell que le había solicitado el Tribunal Supremo para decidir si abría una causa contra la diputada. El informe de Alba fue demoledor y resultó determinante para que el alto tribunal decidiera finalmente admitir a trámite la querella contra Rosell por posible prevaricación durante su etapa de juez en Las Palmas.
En la conversación supuestamente grabada, el juez Alba parece acordar con Ramírez cuál debe ser el contenido de su testimonio para conseguir sostener las acusaciones contra Rosell y a cambio, aparentemente, archivar la causa que afecta al empresario, en base a una supuesta nulidad de las actuaciones de la juez. El magistrado y el imputado preparan la declaración que se iba a celebrar días después y, en un momento de la conversación, el juez le explica que hay que demostrar que la instrucción que realizó Rosell está "ilegalmente hecha". "Viciada", precisa Ramírez. A lo que el juez contesta: "Me lo cargo antes de que tengas que ni ir a recurso, ni a una audiencia", según los audios difundidos por varios medios canarios. "¿Y qué pasa con el fiscal?", pregunta Ramírez. "El fisal se tendrá que joder", le aclara el juez.
La autoridad disciplinaria del Poder Judicial cree que la actuación de Alba puede ser constitutiva de dos faltas muy graves: inobservancia del deber de abstención del juez a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmentes previstas (artículo 417.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial); y revelación por el juez o magistrado de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función o con ocasión de este, cuando se cause algún perjuicio a la tramitación de un proceso o a cualquier persona (artículo 417.12). Además, según Fonseca-Herrero, el juez podría haber cometido también una falta grave (artículo 418.5) de exceso o abuso de autoridad cometida al utilizar Alba su condición de instructor para llevar a cabo actuaciones no amparadas por la investigación ni por las competencias derivadas de su cargo, "y que ninguna relación guardarían con el objeto de las actuaciones". "De este modo, el magistrado habría desarrollado una investigación indebida contra la denunciante y su entorno", señala el promotor en el acuerdo de apertura del expediente.
Fonseca-Herrero añade que la posible comisión de una falta muy grave de revelación de secretos del artículo se deriva de la publicación en diversos medios de comunicación de un informe redactado por Alba y remitido al Tribunal Supremo en el marco de la querella que el exministro de Industria José Manuel Soria interpuso ante el alto tribunal contra la juez Rosell. Respecto a la falta muy grave de incumplimiento del deber de abstención, se basa en la afirmación de la existencia por parte de Rosell de una relación de enemistad del juez Alba con ella, pareja sentimental del denunciado en el caso que el juez instruía. Por tanto, según el Poder Judicial, existe "un interés directo o indirecto del señor Alba en el proceso", por lo que debió abstenerse.
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