El Supremo mantiene al niño de acogida de Sueca con su madre biológica
El alto tribunal no admite el recurso de los padres acogedores y el fiscal contra la sentencia de la Audiencia de Oviedo
El Tribunal Supremo da la razón a la madre biológica del niño de acogida de Sueca (Valencia). La Sala de lo Civil ha decidido no admitir a trámite los recursos extraordinarios presentados por la fiscalía, el Principado de Asturias y los padres de acogida del menor contra la sentencia de la Audiencia de Oviedo que dijo que para dar al niño en adopción hacía falta el asentimiento de la madre. El auto no se pronuncia sobre el fondo del asunto, el proceso de adopción, ya que reitera su jurisprudencia de que contra las resoluciones sobre adopciones no caben recursos extraordinarios ante el Supremo, por lo que la última palabra corresponde a las Audiencias Provinciales.
La Audiencia de Oviedo estimó el recurso de apelación de la madre biológica del niño y consideró que la mujer no estaba privada de la patria potestad del menor, por lo que su consentimiento era necesario para que su hijo fuera dado en adopción. La resolución de la Audiencia Provincial dejó sin efecto, como medida auxiliar, el acogimiento familiar preadoptivo del menor y ordenó la inmediata entrega a la madre.
María José Abeng Ayang, madre biológica del niño acogido por una pareja de Sueca (Valencia), recuperó la custodia de su hijo, de 4 años, por orden de la Audiencia Provincial de Oviedo, después de que el menor estuviera dos años y medio con una familia de acogida en la localidad valenciana de Sueca. Los padres de acogida decidieron recurrir esta decisión que el Supremo ha validado. El proceso de adopción sigue vivo, pero para que la adopción se lleve a cabo hace falta el asentimiento de la madre, que ha rechazado dar su consentimiento. Si la madre biológica quiere, el niño se quedará con ella.
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