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El caso que permite multiplicar las ayudas a las víctimas de Spanair

Ocho años después del siniestro, la indemnización a los familiares de uno de los fallecidos sienta un precedente que puede extenderse al resto

Aitor Bengoa
La presidenta de la Asociación de Afectados, Pilar Vera (i), conversa con dos mujeres en la ofrenda floral en Madrid.
La presidenta de la Asociación de Afectados, Pilar Vera (i), conversa con dos mujeres en la ofrenda floral en Madrid.Paco Campos (EFE)

La primera reacción del abogado Francisco Vasques-Tenreiro la tarde de aquel 20 de agosto de 2008 fue cerciorarse de que ningún allegado viajaba en el vuelo JK5022 de Spanair, que acaba de estrellarse cuando despegaba de Madrid rumbo a Gran Canaria. Ese mismo día se enteró de que conocía a uno de los 154 fallecidos, cliente de su despacho. “Al día siguiente nos personamos en el caso. Llevo ocho años con este tema”, explica por teléfono el letrado canario, que acaba de lograr que la Audiencia de Barcelona fije una nueva indemnización para los padres y la hermana de uno de los fallecidos.

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La nueva compensación quintuplica la ofrecida inicialmente por la compañía aseguradora y sienta un precedente que, pendiente del previsible recurso, puede extenderse al resto de familiares de las víctimas que libran una dolorosa batalla legal y que este sábado recuerdan con distintos homenajes el octavo aniversario de la tragedia. Incluso podría tener efecto sobre otros casos de accidentes, como el del metro de Valencia o el siniestro ferroviario de Santiago.

Cuando la conmoción por el accidente de Spanair aún era reciente, arrancó el proceso para fijar las indemnizaciones. Entonces, las víctimas y sus representantes legales se dieron de bruces con el baremo de accidentes de tráfico, una regulación de 1995 que establece las compensaciones a recibir en el caso de siniestros en carretera, la cual se emplea en ausencia de otra normativa específica. “No es lógico que se use este baremo para un avión que estaba asegurado en unos 1.500 millones de dólares”, sostiene el abogado.

Si se divide esa cantidad entre la suma de 154 fallecidos y 18 supervivientes, sale a algo más de ocho millones de euros por víctima. Sin embargo, la oferta inicial de la aseguradora a los familiares, basada en el baremo de tráfico, fue algo superior a los 100.000 euros.

Tras recurrir la cantidad ofrecida en primera instancia, lograron elevar la indemnización por encima de los 300.000 euros. Vasques-Tenreiro recuerda que entonces no dejaba de decir a la sala de Barcelona: “Nos indemnizan con un 2,10% de la cantidad en la que estaba asegurada la vida del fallecido”.

La novedad es que la Audiencia de Barcelona ha ido más allá del baremo de tráfico y ha tenido en consideración una normativa comunitaria, vigente antes de que ocurriera el accidente, que establece que toda compañía que opere en el espacio aéreo europeo, incluso la más humilde, tiene que contar con una póliza que cubra como mínimo 250.000 derechos especiales de giro por pasajero. Según el tipo de cambio aplicable, esos derechos pueden equivaler a más de 300.000 euros. “Si ese es el aseguramiento mínimo, ¿cómo vamos a aplicar un baremo de tráfico en el que las indemnizaciones rondan los 100.000 euros?”, cuestiona el abogado.

Ahora, con el recurso estimado parcialmente por la Audiencia de Barcelona, la aseguradora (Mapfre) queda obligada además a pagar los intereses de demora que en el caso de las aseguradoras son enormemente taxativos: pueden llegar al 20% anual. De esta forma, según cálculos de la defensa, la suma global no bajará de los 600.000 euros, en torno a cinco veces más que el cheque que la aseguradora ofreció a la familia en un primer momento.

Otros casos

La sentencia abre además la vía para que todas las personas que se sientan afectadas por la pérdida de un ser querido puedan reclamar, ya que también concede parte de la compensación para la hermana por el “daño moral sufrido como consecuencia de la pérdida”, una circunstancia que según el letrado no es habitual ya que las indemnizaciones suelen repartirse de modo similar a lo que dicta el derecho hereditario.

Vasques-Tenreiro explica que puede haber personas que hayan perdido a seres queridos en accidentes de coche o autobús que consideren injusto recibir indemnizaciones inferiores por sus pérdidas. “No hay nada que pague la vida de un hijo”, recalca, pero insiste en que no se puede obviar el hecho de que la póliza de un autobús o un coche es muy inferior a la de un avión de pasajeros. “Lo que no se puede permitir es que la aseguradora cobre la prima por una póliza de 1.500 millones pero las indemnizaciones las pague respecto al baremo de tráfico. Si quiere pagar según ese baremo, tiene que asegurarlo por lo mismo que un autobús”, reflexiona.

El abogado cree previsible que la aseguradora recurra la sentencia y que el contencioso acabe en el Tribunal Supremo. De ser así, la decisión del Supremo “va a implantar una jurisprudencia muy importante, no solo para las víctimas del accidente de Spanair, también para las de los accidentes del metro de Valencia o del Alvia de Santiago”, señala Vasques-Tenreiro. Ya hay varias audiencias por el accidente del vuelo JK5022 que tienen encima de la mesa el recurso. Según el letrado, si el desenlace de estos procesos sigue la estela de lo dictaminado por la Audiencia de Barcelona, “podrían marcar un giro definitivo” del caso. Todo apunta a que la última palabra la tendrá el Supremo.

Los familiares piden "valentía" a los jueces durante el homenaje

EFE

Un aniversario más, el aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid-Barajas y el paseo de la playa de Las Canteras de Las Palmas de Gran Canaria han sido escenario del homenaje que los allegados de las 154 víctimas han rendido a sus familiares, convocados por la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022. Música, ofrendas florales, minutos de silencio, versos y responsos han protagonizado los actos de conmemoración de este sábado, en los que los familiares han reclamado a los jueces de Madrid y Canarias "valentía" para que emulen a la Audiencia de Barcelona y eleven las indemnizaciones por un siniestro cuyas causas aún dicen desconocer. La asociación de que dirige Pilar Vera ha instado a los jueces de las otras audiencias que tienen casos pendientes de víctimas a que se "envalentonen". Vera espera que se pueda reabrir también la causa penal que la Audiencia de Madrid archivó en 2013. El fallo consideraba que la responsabilidad no era imputable a los técnicos, sino a una actuación “errónea” de los pilotos.

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