La Fiscalía ve sediciosa la resolución independentista del Parlament
El ministerio público reclama abrir la investigación sobre la moción de apoyo al texto secesionista del Ayuntamiento de Sant Cugat, archivada por De la Mata
La Fiscalía de la Audiencia Nacional considera que la resolución independentista aprobada por el Parlamento de Cataluña el 9 de noviembre y anulada por el Tribunal Constitucional el 2 de diciembre tiene, por sí misma, "relevancia penal" por un posible delito de sedición. Así lo estima el ministerio público en un recurso contra la decisión del juez de la Audiencia Nacional José de la Mata de archivar una denuncia contra el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès (Barcelona) por aprobar una moción de apoyo a la resolución secesionista del Parlament, aprobada por los votos de Junts pel Sí y la CUP.
Uno de los argumentos del juez De la Mata para archivar la denuncia sobre la moción independentista de Sant Cugat era que la Fiscalía no había actuado contra los parlamentarios que aprobaron la resolución del 9-N. En su escrito, la Fiscalía dirigida por Javier Zaragoza recuerda que la Audiencia Nacional no es competente para investigar y enjuiciar a aforados —los parlamentarios catalanes tienen todos esta condición—. Y también tiene en cuenta que los diputados autonómicos, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía catalán, gozan de "inmunidad e inviolabilidad absoluta por el voto y las opiniones emitidas en el ejercicio de su cargo".
Sin embargo, a renglón seguido añade: "lo que no quiere decir que la resolución aprobada el 9 de noviembre carezca de relevancia penal". Para que se pudiera perseguir penalmente a los parlamentarios catalanes por la resolución secesionista, "sería preciso que se les privara" del acta "en los casos y con las formalidades previstas por la legislación vigente", afirma la Fiscalía de la Audiencia Nacional.
El recurso del ministerio público, firmado por el fiscal Daniel Campos, hace una proyección penal de las consideraciones que hizo el Tribunal Constitucional sobre la resolución independentista del Parlament. Cuando el Constitucional dice que el Parlament "desconoce y vulnera las normas constitucionales que residencian en el pueblo español la soberanía nacional" y que hace "una manifiesta negación del vigente ordenamiento constitucional", el fiscal hace la siguiente traducción: "Se está describiendo una conducta que podría encajar sin mayores esfuerzos en el tipo penal de la sedición".
La fiscalía entra también al fondo de la moción del Ayuntamiento de Sant Cugat de "apoyo y adhesión" a la resolución "palmariamente ilegal" del Parlament. Otro de los argumentos de De la Mata para archivar la denuncia contra este municipio es que las opiniones están amparadas por el derecho fundamental a la libertad de expresión. El ministerio público rebate esta idea: la moción de apoyo y adhesión a la resolución "palmariamente ilegal" del Parlament "trasciende con creces el ámbito de la libertad ideológica o de expresión" y se suma a un "acto de radical insumisión a la Constitución".
Según la fiscalía, las mociones de apoyo a la resolución del Parlament, aprobadas en decenas de municipios catalanes gobernados por partidos nacionalistas, no son un hecho aislado, sino que "forman parte de una estrategia planificada y concertada", lo que les da una "gravedad mucho mayor" y puede situarse "ante los perfiles de un contexto sedicioso". Se trata, según el ministerio público, de "crear una situación de hecho" de "incumplimiento contumaz de la legalidad constitucional" como "paso necesario" para obtener la independencia de Cataluña al margen de las vías legales. "Esa suma de acuerdos institucionales (…) puede acarrear graves consecuencias antijurídicas por cuanto afectan al núcleo esencial del marco de convivencia diseñado por la Constitución", afirma el fiscal, que aprecia que en el caso de Sant Cugat se dan "todos los elementos del tipo penal" de la sedición “en su fase preparatoria”.
El fiscal rechaza el archivo "precipitado" de la denuncia contra el Ayuntamiento de Sant Cugat decretado por el juez De la Mata. "No parece muy adecuado que el instructor realice un juicio de fondo" sin haber practicado "las diligencias mínimas y necesarias" para precisar si el apoyo municipal a la moción "obedece a un simple posicionamiento ideológico" o "como todo apunta (…) se trata de una acción concertada con otros ayuntamientos y organizaciones para favorecer, provocar y conseguir el incumplimiento generalizado del ordenamiento jurídico".
En su recurso, el fiscal recuerda que otros tres jueces de la Audiencia Nacional —Santiago Pedraz, Ismael Moreno y Fernando Andreu— han dado trámite a al menos cuatro denuncias formuladas contra los Ayuntamientos de Girona, La Seu d’Urgell (Lleida), Igualada (Barcelona), gobernadas por CiU, y Celrà (Girona), con alcalde de la CUP, que también aprobaron mociones de apoyo a la resolución inconstitucional del Parlament. Fuentes de la Audiencia Nacional afirman que siguen llegando denuncias contra otros municipios por resoluciones similares.
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