El Constitucional anula parte de la Ley de Costas
El tribunal considera que algunas partes de la norma rebajan la protección del litoral
El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Socialista a la Ley de Costas aprobada por el Gobierno del PP en 2013. El alto tribunal considera que algunas partes de la norma rebajan la protección del litoral.
La sentencia declara "inconstitucional" la reducción de la protección de la isla de Formentera y sus salinas, entre otras. La Ley de Costas establece un dominio público menor que en el resto de España. El Constitucional considera que la reducción de este dominio marítimo-terrestre no está lo suficientemente justificada para explicar por qué recibe un tratamiento distinto del de, por ejemplo, el resto de las islas Baleares.
La sentencia del Constitucional tampoco admite que se excluyan de dicho dominio las zonas "que sean inundadas artificial y controladamente, como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto", como es el caso de las salinas.
El texto anula una disposición de la ley que legalizaba una depuradora en Cantabria que había sido considerada ilegal por el Tribunal Supremo. "Hay sentencias firmes que han ordenado la demolición de depuradoras en contra de lo establecido", recuerda la sentencia. "Solo se permite la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas actividades o instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación".
El Constitucional, no obstante, no ve inconstitucionalidad en otras disposiciones de la ley a las que recurrió el PSOE. El diputado socialista José Luis Ávalos, uno de los que impulsó el recurso, afirma que, "aunque sea parcial, esta declaración de inconstitucionalidad no deja de ser un éxito", informa la agencia Efe. "Una mayoría política diferente traerá de nuevo la protección al litoral", concluye el socialista respecto al posible resultado tras las elecciones generales del 20 de diciembre.
Algunas de las disposiciones que el alto tribunal no ha declarado inconstitucional son las que establecen que la zona de servidumbre de protección costera pase de 100 a 20 metros en núcleos urbanos; el nuevo régimen de actividades permitidas en las playas y la extensión a 75 años de las concesiones a las casas construidas legalmente en la costa antes de la entrada en vigor de la ley de 1988.
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