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El Supremo avala la expulsión de un espía marroquí por apoyo al salafismo

Interior deportó a Noureddin Ziani por amenazar la seguridad del Estado y la desvinculó de su relación con el soberanismo catalán

Reyes Rincón
Noureddin Ziani durante un curso de formación de imanes.
Noureddin Ziani durante un curso de formación de imanes.TONI ALBIR (EFE)

El Tribunal Supremo ha avalado la expulsión de España de Nourredine Ziani, un marroquí denunciado en 2013 por el CNI como agente del servicio de inteligencia marroquí (DGED) e impulsor de la construcción en Cataluña de un centro de referencia salafista, que contaba con una red de colaboradores y confidentes en las cuatro provincias catalanas. El Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso que presentó Ziani contra la resolución del secretario de Estado de Seguridad, que, el 16 de mayo de 2013, acordó su expulsión y la prohibición de entrar en España por un periodo de diez años. Ziani tenía permiso de residencia permanente en España desde de abril de 2002.

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La decisión de Interior de expulsarle se basó en que Ziani había puesto en peligro la seguridad nacional por sus relaciones con el “salafismo radical”. El Gobierno le acusó de haber cometido una infracción muy grave a la Ley de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, consistente en participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o que puedan perjudicar las relaciones de España con otros países.

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, desvinculó su expulsión del proceso soberanista catalán que Ziani supuestamente apoyaba desde la Unión de Centros Culturales Islámicos de Cataluña, que él presidía, y en su papel de director del espacio catalanomarroquí de la Fundación Nous Catalans, vinculada a Convergència Democràtica de Catalunya (CDC). La retirada de su permiso de residencia en España, donde llevaba 14 años, fue interpretada por algunos políticos catalanes como un ataque al plan independentista.

El Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado José María del Riego, rechaza el recurso de Ziani y considera que la expulsión estuvo motivada. El alto tribunal comparte con la Audiencia que la denuncia del CNI recogió datos suficientes de las actividades de Ziani y además fue corroborada por el informe de la Policía.

En esos documentos, de 2013, se señalaba que Ziani ponía en riesgo la seguridad del Estado y era una amenaza a la estabilidad de las instituciones, elaboraba informes periódicos para un servicio extranjero en Barcelona, favorecía la difusión de ideologías extremistas religiosas, y manipulaba las voluntades de los representantes musulmanes en Cataluña, “presentándose como mediador de las comunidades musulmanas en caso de conflicto, transmitiendo a los representantes municipales, a modo de presión, su alta capacidad de movilización de las comunidades musulmanas residentes”. “Con estas acciones pone en riesgo el bienestar de las poblaciones afectadas, en las que para satisfacer sus propios intereses y los del Estado al que sirve, no duda en utilizar sus contactos y capacidad de movilización para generar, en su caso, conflictos sociales vinculando inmigración y religión”, advertía el CNI.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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