El PP matiza la prohibición de publicar fotos de detenidos
Añade a la norma el respeto a la libertad de información, lo que deja en manos de los jueces la interpretación, pero no elimina la prohibición

El PP matizará la prohibición de publicar fotos de detenidos con una enmienda en el Senado a la ley de Enjuiciamiento Criminal que salió del Congreso a principios de junio. La enmienda no elimina la prohibición y se limita a añadir una prevención sobre el obvio respeto a la libertad de información lo que, en la práctica, deja la decisión final en manos del juez correspondiente.
En todo caso, el respeto a la libertad de información ya está en la Constitución y, por tanto, debe respetarse aunque no se haga la referencia expresa.
El PP introdujo el 2 de junio una enmienda en la Ley de Enjuicimiento Criminal que limita la toma de imágenes de detenidos para garantizar su derecho a la intimidad. Varios miembros del Gobierno defendieron públicamente la iniciativa con el argumento de que debe garantizarse el derecho de los detenidos, para no dañar su imagen, dado que más adelante podrían ser declarados inocentes.
Desde el Ministerio de Justicia se explicó que la enmienda no estaba encaminada a tomar medidas contra los medios de comunicación, sino que se se refería a la actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado y la necesidad de que se busquen fórmulas para que los traslados y detenciones sean más discretos. De esa forma, siempre según la versión del Gobierno, se buscaba preservar la presunción de inocencia de todos los detenidos.
La ley de Enjuiciamiento Criminal, que en septiembre se aprobará en el Senado, sustituye el término imputados por el de investigados, entre otras novedades. El texto incluye la limitación de los plazos de instrucción que fue rechazada ayer por todos los partidos salvo el PP. Lo único que aceptaron los populares es que la prórroga de los plazos de instrucción que la reforma concedía en exclusiva al Ministerio Fiscal y que ahora también podrán solicitar todas las partes personadas en la causa —acusación popular, acusación particular, defensa y Abogacía del Estado—.
Tras la nueva enmienda, el artículo 520 quedará así, según la enmienda del PP: "La detención y la prisión provisional deberán practicarse en la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio. Quienes acuerden la medida y los encargados de practicarla así como de los traslados ulteriores, velarán por los derechos constitucionales al honor, intimidad e imagen de aquéllos, con respeto al derecho fundamental a la libertad de información".
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