_
_
_
_
seguridad aérea

La ayuda telefónica de las aerolíneas para discapacitados debe ser gratuita

La Audiencia Nacional confirma la multa a Air Europa por poner un número 902 para asistencia a personas con movilidad reducida

Fernando J. Pérez

Los teléfonos que las compañías aéreas ponen a disposición de las personas con movilidad reducida para que pidan asistencia en el aeropuerto para embarcar y desembarcar en los aviones deberán ser gratuitos. La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 4.500 euros que impuso la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en octubre de 2014 a Air Europa por poner un teléfono con prefijo 902 –con coste para el usuario que llama- para que las personas con discapacidad soliciten este servicio.

Más información
Ryanair elude una indemnización por tener solo 67 euros en su cuenta
Iberia ofrecerá wifi en sus aviones desde cinco euros por cinco megas
El PP propone subir 20 céntimos las tasas de seguridad aérea
La Defensora del Pueblo abre una investigación por el ‘caso Ryanair’

La sentencia, redactada por el juez central de lo Contencioso Administrativo Manuel Ponte, rechaza el recurso de Air Europa contra la sanción gubernativa, en el que alegaba que las líneas 902 no son de “tarificación adicional”. El magistrado da la razón a la aerolínea en este punto, pero señala que este tipo de números son de tarificación “especial”, lo que supone que no son gratuitas. Por lo tanto, afirma el magistrado, “el usuario llamante afronta unas cargas mayores o menores que el coste real de los medios de telecomunicaciones empleados por los operadores”.

El fallo aborda la situación a la que se enfrentan los pasajeros con movilidad reducida cuando viajan en avión, que deben avisar a las aerolíneas con anterioridad de al menos 48 horas de que van a viajar con perros guía o con equipos de movilidad, como sillas de ruedas o andadores. La normativa española, de acuerdo con la europea, garantiza que las compañías prestarán estos servicios de asistencia en los aeropuertos sin coste alguno para el usuario.

Air Europa corrigió esta práctica antes de la sentencia. Aun así, el juez considera que incurrió en una infracción leve de la Ley de Seguridad Aérea y considera proporcionada la sanción de 4.500 euros que le fue impuesta.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_