Las lecciones del ‘caso Zaida’
Urge un procedimiento para denunciar a un jefe sin temor a represalias
El ministro de Defensa, Pedro Morenés, se equivocó cuando aseguró en el Congreso que “la incidencia de estos delitos [acoso sexual] es un 400% menor [en las Fuerzas Armadas] que en la sociedad en general”. Y no solo porque resulta difícil entender tal porcentaje, sino porque la ausencia de denuncias no significa necesariamente que no haya delitos. Puede ser indicativa de la dificultad para denunciar o de que resulte inútil, e incluso contraproducente, presentar una denuncia.
En una respuesta parlamentaria de 2013, el Gobierno aseguraba que en la última década se han registrado 62 quejas por acoso sexual en las Fuerzas Armadas y que, en el mismo periodo, se dictaron 25 condenas por abuso de autoridad. Es un dato confuso, pues el abuso de autoridad incluye multitud de conductas, además del acoso sexual o laboral. Pero lo más sorprendente es que, en la misma respuesta, se añadía que, en tan largo periodo de tiempo, “no se han tramitado expedientes [disciplinarios] por conductas que afecten a la libertad sexual”.
El acoso sexual nunca es un hecho aislado. Se trata de una escalada en la que el acosador, amparado en la impunidad, incrementa cada vez más la presión sobre la víctima. Así lo vivió la capitán Zaida Cantera. El [entonces] teniente coronel Isidro José de Lezcano-Mújica empezó con frases groseras —“serás como una de esas secretarias de falda corta”— y roces libidinosos para pasar, tras ver rechazadas sus pretensiones sexuales, a la vejación en público y finalmente la agresión.
El acoso sexual nunca es un hecho aislado. Se trata de una escalada en la que el acosador, amparado en la impunidad, incrementa la presión sobre la víctima
Si alguien le hubiese parado los pies, si se le hubiese abierto un expediente disciplinario y sancionado con una amonestación o un arresto, hubiera sido mucho mejor para su víctima, que no habría vivido un calvario que la machacó psicológicamente, e incluso para él, que no hubiera acabado condenado a dos años y 10 meses de cárcel. La sentencia cita por su nombre (coronel Carlos Andrade Perdix, teniente coronel Vicente Brines Bernia) a mandos que “fueron absolutamente conocedores de los hechos” y cuya pasividad “permitió que esta continuará padeciendo los actos de humillación y envilecimiento”. La capitán no presentó parte por escrito contra su acosador, pero sí informó verbalmente a los mandos y “de nada sirvió para poner freno a los ataques”, añade la sentencia.
“Si yo, que era una oficial, me sentía tan vulnerable, ¿qué sentirán las soldados que se ven en la misma situación?”, se pregunta la ya comandante Cantera.
Los partes disciplinarios se elevan por conducto reglamentario; es decir, a través de la cadena de mando, por lo que un militar que quiera denunciar a su jefe debe comunicárselo a él o al superior de ambos, a lo sumo. Pero son esos jefes quienes elaboran los IPEC (Informe Personal de Calificación), en los que incluyen valoraciones subjetivas sobre su actitud, y cuyo resultado es decisivo para que un oficial ascienda o consiga un destino y para que a un soldado se le prorrogue o rescinda el contrato. Tras la condena de su acosador, la capitán Cantera fue sometida a un IPEC extraordinario y las brillantes calificaciones que había obtenido en el ordinario, solo cinco meses antes, se tornaron en muy deficientes.
Un militar que quiera denunciar a su jefe debe comunicárselo a él o al superior de ambos, a lo sumo
Si las víctimas tienen razones para temer las consecuencias de una denuncia: si las escasas denuncias acaban en la vía penal sin hallar solución en la disciplinaria, menos traumática; si el Observatorio Militar para la Igualdad (antes llamado de la Mujer y dirigido por un hombre) se inhibe alegando falta de competencia es que el sistema no funciona y no basta, aunque sea un paso, con tipificar el acoso sexual como falta y delito específico. Urge arbitrar un procedimiento para que nadie pueda temer represalias por denunciar a un superior. Cabe preguntarse, además, si un condenado por acoso sexual puede volver a tener bajo su mando a mujeres militares solo porque su condena es inferior en dos meses al límite para su expulsión del Ejército (tres años).
Después de cada operación, los Estados Mayores suelen elaborar un documento de “lecciones aprendidas”. Es hora de sacar las lecciones del caso Zaida. Y de aprenderlas, para que no se repita.
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