El juicio oral, en 2016
Los acusados no se sentarán en el banquillo hasta después de las elecciones generales
El juez Ruz había concluido la investigación a finales de diciembre pasado. No tenía obligación de esperar a la resolución de los recursos de apelación contra su auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, dado que no son recursos suspensivos, pero prefirió hacerlo en atención a la importancia del caso.
Su auto de conclusión salió ileso el miércoles 4 de marzo de la sección cuarta de lo Penal y, veinticuatro horas más tarde, Ruz ha hecho público este jueves el auto de apertura de juicio oral contra 40 acusados. Una resolución que ya no puede ser recurrida.
El juicio oral se podría celebrar en la Audiencia Nacional a partir del 8 octubre de 2015, según la planificación de las tres fiscales del caso: Miriam Segura, Concha Sabadell y Concha Nicolás, porque para esa fecha está previsto que haya concluido el primer juicio oral de la trama Gürtel (Fitur, viaje del Papa, y otros) en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que comienza el próximo 31 de marzo.
Sin embargo, la decisión de conceder la libertad al extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, ha eliminado el carácter urgente que suponía una causa con preso preventivo.
Ello aplaza el juicio oral de la pieza Gürtel 1999-2005 a 2016. Es decir, después de las elecciones generales.
La sala segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional que preside la magistrada Concha Espejel formará el tribunal de enjuiciamiento de la pieza cuyo auto de apertura de juicio oral acaba de dictar el juez Ruz.
Este auto no añade elementos novedosos al ya conocido auto de conclusión del pasado mes de diciembre. Resume, como es normal, los escritos de acusación del Ministerio Fiscal y las acusaciones.
Los delitos fiscales ocupan un lugar preeminente. En el caso de Bárcenas, alrededor de la mitad de la pena de 42 años que se le pide corresponde a delitos fiscales.
Y en este punto el procedimiento mantiene una dependencia importante: las autoridades helvéticas no autorizan de momento el uso del material de las comisiones rogatorias para la evasión fiscal de impuestos directos.
El juez Ruz está intentando persuadir a las autoridades suizas de que esa evasión forma parte de un delito de escroquerie o un esquema de defraudación con componentes de corrupción y dineros procedentes de comisiones.
Pero esta será una batalla que llevará su tiempo porque si las autoridades suizas cambian de opinión y autorizan el uso del material a todos los efectos, dicha decisión deberá ser sometida a la defensa de los acusados y estos podrán presentar sus recursos ante el Tribunal Penal Federal y en última instancia apelar al Tribunal Federal Suizo (Supremo).
Este problema debería estar resuelto en el momento de la apertura del juicio oral en 2016, pero por el momento, el Ministerio de Justicia de Suiza no autoriza el uso del material probatorio para castigar en España la evasión fiscal de impuestos directos. Y en el caso de Bárcenas, estos representan una parte importante de la acusación.
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