El Supremo ve falta de coherencia en la demanda archivada contra el rey
El tribunal dice que Albert Solá oculta datos "voluntariamente" y no aporta pruebas
El Tribunal Supremo no admitió la demanda de paternidad de Albert Solá contra el rey Juan Carlos porque ocultó datos “voluntariamente” y no aporta documentos fundamentales para comprobar los hechos. El Pleno de la Sala Primera ha notificado hoy el auto de inadmisión de la demanda de Solá, nacido en Barcelona en 1956 y que fue criado por una familia adoptiva. Según el tribunal, la demanda de Solá no contiene un relato de hechos “mínimamente coherente y razonablemente verosímil” ni cumple con el requisito legal de incluir un “principio de prueba” sobre los hechos que denuncia.
Para que una demanda de paternidad sea admitida a trámite, la ley exige que contenga algún elemento de prueba de los hechos. Según el Supremo, la de Solá no tienen ninguno, ni prueba de ADN, ni documentos que, en opinión de los jueces, “deberían existir” si los hechos fueran ciertos. Además, el tribunal afirma que se han ocultado datos “voluntariamente” y que numerosas alegaciones incluidas en la demanda “carecen de soporte documental alguno”, según una nota informativa difundida por el Supremo. Según el tribunal, las escasas pruebas aportadas, incluso “restan verosimilitud” a la dmanda.
El tribunal no ha querido hacer público el texto íntegro del auto de inadmisión porque, asegura, contiene datos que afectan a la intimidad “personal y familiar” de Solá.
En su nota, el Supremo alude de nuevo al debate sobre la inviolabilidad del rey Juan Carlos. En su opinión, la ley orgánica aprobada tras la abdicación para aforar a don Juan Carlos, no impide las acciones civiles contra el rey que haya abdicado, por lo que la única razón para no admitir la demanda es la falta de pruebas. Pero los jueces insisten también en que todavía no está claro si el padre de Felipe VI sigue siendo inviolable ahora “para los actos realizados durante la Jefatura de Estado”. Según el tribunal, la exposición de motivos de la ley de aforamiento lo contempló así, pero el texto de la norma no lo recoge y las exposiciones de motivos “carecen de valor normativo”, advierte el Supremo.
El Supremo tiene pendiente aún de notificar el auto de la demanda presentada por Ingrid Sartiau, una ciudadana belga que también asegura ser hija del rey Juan Carlos y que sí fue admitida por el Supremo.
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