Registra que algo queda
Desconcierta la aprobación de leyes sin la preceptiva memoria económica
Primero. Las proclamaciones como la del artículo primero de la Constitución —“España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho”— se erosionan expuestas a los agentes de la intemperie. Así, la dimensión social ha disminuido con la crisis; la dimensión democrática ha retrocedido con la marea baja de las instituciones; y las amenazas de quiebra del Estado de derecho han crecido, según describe el volumen ¿Hay derecho?, obra de juristas agrupados en el colectivo Sansón Carrasco (Ediciones Península. Barcelona, 2014).
Segundo. La naturaleza tiene horror al vacío, de modo que cuando decaen las definiciones liberadoras al servicio del interés general, se favorece la procura del beneficio personal o de grupo a costa del prójimo, siempre “con más propósito de merienda que de enmienda”, como escribe Ajo en Micropoemas 4 (Arrebato Libros. Madrid, 2013). En ese ambiente desaparecen las abejas pero cunden especies invasivas del tipo del Estado registral, bien definido por la profesora Pilar Blanco-Morales en la columna que publicó en EL PAÍS el 9 de enero de 2013.
Tercero. Concentrada la atención pública en la jura y proclamación de Felipe VI, el Gobierno, amparado por la invisibilidad de esa polvareda, remitió al Congreso el 13 de junio un proyecto de ley que regala a los registradores de la propiedad la explotación de una base gráfica para competir con el catastro. Poco después, en el pleno del Senado de 24 de junio, el ministro Alberto Ruiz-Gallardón completaba la ofrenda anunciando la entrega del Registro Civil a los registradores mercantiles. Dos denominaciones —de la propiedad y mercantiles— que atienden a la clase de registro que explotan, en régimen de monopolio y con clientela cautiva: la residenciada en su demarcación registral.
Cuarto. El proyecto de catastro paralelo, cocinado en la Dirección General de los Registros, resucitaba el Decreto 1867/1998, aprobado por un Consejo de Ministros donde se sentaba Mariano Rajoy. El Tribunal Supremo en sentencia de 31 de enero de 2001 lo declaró nulo y ante el incumplimiento de lo que disponía el Ministerio de Justicia ordenó con fecha 3 de agosto de 2012 la devolución de lo cobrado indebidamente a los usuarios.
Quinto. Con esos antecedentes desconcierta que, tanto el proyecto de ley de privatización catastral como el pregonado del registro civil, carezcan de la preceptiva memoria económica. Además infunden sospechas de amiguismo en la misma órbita registral por el interés de adjudicar a la empresa Futuver el contrato de cientos de millones de euros para suministrar el nuevo software a todos los registros.
Sexto. Los promotores de ambos proyectos —presidente Rajoy, ministro Gallardón y director y subdirector general de Registros y del Notariado— tienen extrema proximidad al cuerpo de registradores o gozan de plaza a su nombre, por lo que a tenor de los artículos 4 y 5 de la Ley 5/2006, estarían inhabilitados para intervenir, incursos como están en conflicto de intereses.
Séptimo. En cuanto al Registro Civil, desconfíen. Nadie presta un servicio sin trasladar el coste a los usuarios. Pese a las promesas de gratuidad, se cumplirá el aforismo: registra que algo queda. Veremos.
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