El Poder Judicial recaba datos para averiguar si se presionó al juez instructor
El instructor acusó a la Audiencia de Castellón de presionar para archivar parte de la causa
La Comisión Permanente del Consejo del Poder Judicial ha admitido a trámite, pero sin prejuzgar el fondo del asunto, la petición de amparo cursada por el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Nules (Castellón), Jacobo Pin, contra superiores suyos de la Audiencia Provincial. Pin es el instructor del llamado caso Fabra, que afecta al expresidente de la Diputación de Castellón y presidente del PP de esta provincia, Carlos Fabra, a quien él investiga por delitos de cohecho, fraude fiscal y tráfico de influencias.
Pin denunció ante el Consejo que superiores suyos de la Audiencia de Castellón, en concreto los de la Sección Primera, han “tratado de imponer[le] indirectamente el sobreseimiento del más grave de los delitos en los que está implicado Fabra, el de cohecho. En su denuncia señala que siente perturbada su independencia como juez.
La Comisión Permanente ha acordado admitir a trámite su petición de amparo “a fin de verificar, con carácter previo a cualquier otra decisión”, subraya la Permanente, “el estado de firmeza de las resoluciones en que se fundamenta la petición deducida, lo que deberá efectuarse mediante solicitud de la oportuna certificación a la Secretaría de la mencionada Audiencia Provincial de Castellón”. Es decir, lo que acuerda el Consejo es recabar los autos de la Audiencia a los que alude Pin y que habrían perturbado su independencia. Y también la documentación indicativa del estado del sumario del caso Fabra. Eso sí, la Comisión Permanente matiza que la admisión a trámite de la denuncia no entra en el fondo del asunto ni valora la actividad jurisdiccional. El juez Pin destaca en su denuncia que existen autos de la Sección Primera de la Audiencia que, sin ser la que ha resuelto habitualmente los recursos del caso Fabra, vienen a sugerirle que retire de sus pesquisas el delito de cohecho, pero sin dictaminarlo formalmente.
La petición de amparo de Pin, presentada a fines de la semana pasada y adelantada por EL PAÍS, causó extrañeza en el Consejo. Lo habitual es que los jueces pidan amparo frente a injerencias externas en su actividad judicial, pero no frente a colegas y menos aún de rango superior.
Fuentes judiciales de la Audiencia de Madrid señalan “que la decisión o valoración de un hecho proveniente de un órgano superior difícilmente puede catalogarse como una presión, y que frente a estas decisiones o valoraciones solo cabe la vía jurisdiccional. Muchas veces se sugieren cosas a los juzgados de instrucción y no se trata de una presión”, señalan estos medios.
Si la Audiencia de Castellón hubiera ordenado formalmente en un auto la retirada del cohecho, Pin habría obedecido y descartado el delito de cohecho. Su malestar es porque se le sugiera indirectamente, pero sin ordenarlo. Pin reclama al Consejo que inste a la Audiencia a imponer ese archivo o le permita decretar la apertura del juicio oral también por el delito de cohecho ya que, según indica en el mismo escrito, “consideré y considero que concurren indicios racionales de criminalidad constitutivos de un presunto delito de cohecho”, informa María Fabra. Pin ha decretado la apertura del juicio oral contra Fabra, pero la Sección Primera de la Audiencia, de oficio, sugiere que el auto debía declararse nulo y que el juez debía eliminar el delito de cohecho, pero sin ordenarlo.
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