El Supremo ordena que Carlos Fabra sea juzgado por cinco delitos de fraude fiscal
El presidente del PP de Castellón está también acusado de tráfico de influencias y cohecho
El “ciudadano ejemplar”, que proclamó Mariano Rajoy, el político “absuelto” por las urnas, Carlos Fabra, será juzgado por tráfico de influencias, cohecho y por todos los delitos de fraude fiscal de los que está acusado. Así lo ha ordenado el Tribunal Supremo al revocar la decisión de la Audiencia de Castellón, que consideró prescritos cuatro de los cinco delitos fiscales por un fraude a la Hacienda pública de 1,5 millones de euros.
La imputación por tráfico de influencias se concretó después de que Vicente Vilar, un empresario hasta entonces amigo, revelara favores políticos. El entonces presidente de la Diputación de Castellón y actual presidente del PP provincial, Carlos Fabra, presuntamente intentó acelerar la concesión de autorizaciones para la fabricación de los productos fitosanitarios de Vilar, haciendo gestiones ante los ministerios de Sanidad y Agricultura, entre los años 1999 y 2003. El empresario presentó informes, faxes, escritos y documentos que ratificaban las gestiones realizadas.
La imputación por cohecho se señaló después de que el mismo empresario acusara además a Carlos Fabra de haberle cobrado “cantidades millonarias” por los trámites realizados ante los ministerios. Y aportó facturas de joyas y fechas de entregas de dinero en bolsas de plástico que, posteriormente, se comprobó que coincidían con ingresos en efectivo que Fabra realizó en sus cuentas.
El inicio de las investigaciones, hace ocho años, derivó en otras pesquisas, las de la Agencia Tributaria, que desembocaron en una denuncia por fraude fiscal, por el ejercicio de 1999. Pero ante la posibilidad de que el supuesto cobro de sus “gestiones” y su ocultación a Hacienda se hubiera extendido a lo largo de otros ejercicios, los jueces decidieron investigar no solo a Fabra sino a su entonces esposa, María Amparo Fernández, y a sus cuatro hijos pues “no es infrecuente que el eventual lucro obtenido trate de ocultarse en la esfera familiar”, tal como señaló la decisión judicial por la que se autorizó la investigación.
Entonces, comenzó el vía crucis de los peritos de Hacienda, que iniciaron un tedioso camino hasta conseguir datos de las cuentas en las que Fabra aparecía como titular o autorizado, un total de 94, con el fin de determinar “la naturaleza y origen del incremento patrimonial experimentado” por el presidente provincial del PP, su esposa y sus hijos entre el año 1999 y el año 2004.
El primer informe pericial, tras analizar más de 17.000 operaciones bancarias, destapó unas ganancias patrimoniales no justificadas de 3,6 millones de euros, y un fraude a Hacienda de 1,7 millones de euros, que se concretaba en nueve delitos fiscales; cinco supuestamente cometidos por Fabra y otros cuatro por su ahora exesposa.
Los peritos tardaron cinco años en recopilar la información de los bancos y en cruzar los datos presentados ante Hacienda con los movimientos en cuentas y el patrimonio. Detectaron decenas de ingresos en efectivo, en la mayoría de las ocasiones de 3.000 euros (cantidad máxima con la que el banco no había de notificar el ingreso al Banco de España). Por ello, en muchos casos se realizaban varios ingresos en el mismo día. Y eran los chóferes los encargados de llevar a los bancos los sobres con el dinero, que entregaban, en ocasiones, directamente a los directores de las oficinas. Carlos Fabra pidió entonces tiempo para presentar documentación que acreditase la procedencia del dinero, pero solo fue capaz de certificar la procedencia de 300.000 euros, lo que dejó sin justificar el origen de otros 3,3 millones, que desencadenaron la acusación de un fraude a la Hacienda pública de 1,5 millones de euros que será, finalmente, la cantidad por la que el dirigente popular tendrá que responder ante los juzgados.
La Audiencia de Castellón consideró que todas las resoluciones judiciales adoptadas a lo largo de cinco años no significaban el acto jurídico suficiente para paralizar la prescripción. El Supremo le ha quitado la razón.
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