_
_
_
_

El Senado aprueba la ley de protección de las víctimas del terrorismo

La nueva norma, que unifica las ayudas, se aplicará sobre los atentados de 1960 Los amenazados y quienes hayan sufrido ataques terroristas en el extranjero serán protegidos Las víctimas directas ascienden a 5.798, según el Ministerio de Interior

Soledad Alcaide
Votación en el Senado de la reforma constitucional.
Votación en el Senado de la reforma constitucional.ULY MARTÍN

El Pleno del Senado ha aprobado por unanimidad y de forma definitiva la Ley de reconocimiento y protección integral a las víctimas del terrorismo, que entrará en vigor una vez publicada en el Boletín Oficial del Estado. El texto legal empezó su tramitación parlamentaria hace más de un año en el Congreso, donde fue presentado y aprobado con el aval de todos los grupos parlamentarios, a excepción de la diputada de UPyD Rosa Díez. En el trámite que pasó ayer, en la comisión de Interior del Senado, fueron tumbadas todas las enmiendas y por lo tanto no sufrió modificación alguna.

La norma establece el compromiso del Estado de perseguir la derrota "incondicional y sin contrapartidas" de ETA  y reconoce, por primera vez, la figura del amenazado, que será objeto de "especial atención" por parte de la Administración.

El Ministerio de Interior cifra en 5.798 personas las víctimas directas por terrorismo (por atentados de ETA, del 11-M, los GRAPO, el GAL, la Triple A y los que sufrieron soldados en misiones de paz). De ellos, 1.386 son fallecidos y, el resto, heridos. Las reparaciones concedidas hasta el momento ascienden a 719.807.023,18 euros.

La exposición de motivos de la ley -que conocían antes de su aprobación las organizaciones de víctimas, los sindicatos policiales y las asociaciones de la Guardia Civil- explica que el objetivo de la norma es el "apoyo integral" a las víctimas del terrorismo, inspirado por los "principios de memoria, dignidad, justicia y verdad". De ahí que se aplique un aumento "cualitativo" de las ayudas, prestaciones y honores a los que las víctimas tienen derecho, pero también "un trato más equitativo" en su compensación. Además, recuerda esta exposición que se aplica "una idea relativamente novedosa" que es considerar a las víctimas del terrorismo principalmente como víctimas de violaciones de los derechos humanos.

Estas son algunas de las novedades de la ley:

Aplicación retroactiva desde 1960

Artículo 7. Las disposiciones de la presente ley serán de aplicación a los hechos que se hubieran cometido desde el 1 de enero de 1960.

La nueva ley amplía el plazo de reconocimiento de las víctimas del terrorismo para incluir a la familia de Begoña Urroz, de 22 meses, que falleció el 27 de junio de 1960 tras la explosión de una maleta que ETA había colocado en la estación de Amara, en San Sebastián. ETA, entonces una organización prácticamente desconocida, no reivindicó aquel atentado y durante casi 50 años se consideró que la primera víctima oficial de la banda terrorista era el guardia civil José Pardines Arcaya, de 25 años, que murió el 7 de junio de 1968. Es a partir de esa fecha, ocho años después, cuando se ha estado aplicando la ley de protección vigente, que data de 1999.

Los amenazados también son víctimas

Artículo 5. De los amenazados. Las personas que acrediten sufrir situaciones de amenazas o coacciones directas y reiteradas, procedentes de organizaciones terroristas, serán objeto de especial atención, en el marco de sus competencias, por parte de las Administraciones públicas.

Este artículo recoge la petición que venían reclamando las organizaciones que representan a los afectados de que fueran consideradas víctimas también las personas amenazadas: como los empresarios que recibieron cartas de extorsión, quienes conviven con pintadas amenazantes...

Atentados en el extranjero

El artículo 6 recoge el ámbito de aplicación territorial del texto legal, que incluye, además de los atentados cometidos en territorio español o bajo jurisdicción española, entre las víctimas en el extranjero por acciones terroristas incluye por primera vez a quienes sufrían ataques, aunque no fuera contra intereses españoles. Igualmente, se incluye a los extranjeros que sufran un atentado terrorista en España.

Proceso penal

El artículo 49 recoge el derecho a la "mínima lesividad en la participación en el proceso" que reclama a los tribunales que velen por que las víctimas del terrorismo sufran las "mínimas incomodidades y perjuicios" durante su intervención. De esta forma, garantiza que "no tengan relación directa visual o sonora con los imputados o acusados" de los atentados. Además, deberán asegurar que tampoco se usan "signos e inscripciones" que puedan ofender o denigrar a las víctimas.

Unificación de las ayudas por responsabilidad civil

Las indemnizaciones por responsabilidad civil que debe abonar el Estado quedan limitadas con un tope máximo para evitar que las sentencias judiciales varíen entre sí e impliquen que haya grandes diferencias entre las víctimas. No podrán superar las siguientes cantidades, que fija el artículo 20.4:

Baremo por responsabilidad civil
FALLECIMIENTO 500.000 euros
GRAN INVALIDEZ 750.000 euros
INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA 300.000 euros
 INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL 200.000 euros
 INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL 125.000 euros
 LESIONES NO INVALIDANTES 100.000 euros

Protección social y laboral

La nueva ley recoge en el capítulo I del Título IV que el Sistema Nacional de Salud deberá promover planes nacionales de salud que contemplen "la intervención integral y coordinada" para el tratamiento de las víctimas. Además, el capítulo II del mismo título incluye medidas para facilitar la inserción laboral. Entre ellas, el derecho "a la reordenación de su tiempo de trabajo y a la movilidad geográfica" y da prioridad a los funcionarios para elegir su jornada laboral.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Sobre la firma

Soledad Alcaide
Defensora del Lector. Antes fue jefa de sección de Reportajes y Madrid (2021-2022), de Redes Sociales y Newsletters (2018-2021) y subdirectora de la Escuela de Periodismo UAM-EL PAÍS (2014-2018). Es licenciada en Derecho por la UAM y tiene un máster de Periodismo UAM-EL PAÍS y otro de Transformación Digital de ISDI Digital Talent. 

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_