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editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Legislar y juzgar

El CGPJ y la Asociación Profesional de la Magistratura critican por adelantado una ley que aún no se conoce

La conjura de las togas se centra en el Gobierno de Sánchez: el Supremo y el Poder Judicial 'coinciden' en dar varapalos a La Moncloa
Reunión del Consejo General del Poder Judicial, este lunes en Madrid.EFE
El País

La inminente presentación de una proposición de ley de amnistía ha dado lugar a una pluralidad de declaraciones procedentes del mundo de la judicatura que sorprenden tanto por el momento elegido para hacerlo (antes de conocer la ley), como por el juicio negativo que vierten sobre una iniciativa que les correspondería aplicar si terminara siendo aprobada por el Parlamento.

El primer pronunciamiento fue emitido por un grupo de ocho vocales conservadores del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el órgano de gobierno de los jueces, cuyo mandato caducó hace cinco años y a cuya renovación se niega el Partido Popular. En su comunicado, esos vocales del CGPJ solicitaban a su presidente la celebración de un pleno extraordinario —previsto para hoy— a fin de pronunciarse sobre la citada iniciativa legislativa y mostrar “su intensa preocupación y desolación por lo que esa medida supone de degradación, cuando no de abolición, del Estado de derecho en España”. La declaración resulta extravagante porque expresa de manera preventiva un juicio sobre una iniciativa legislativa cuyo texto todavía no se conoce y sobre el que el Consejo solo se podría pronunciar si tuviera la forma de proyecto de ley, algo que no es previsible que ocurra.

La segunda manifestación ha sido elaborada por la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura. En este caso, la agrupación que reúne a la mayoría de los jueces y magistrados de España también ha emitido un juicio desfavorable sobre un texto que, aunque tampoco ha podido examinar, no duda en rechazar de plano por entender que no cabe en la Constitución. De materializarse, afirma, sería “el principio del fin de la democracia” al “romper las reglas de la Constitución de 1978 y volar por los aires el Estado de derecho”. Parece un juicio poco ponderado por parte de quienes no solo están llamados a aplicar esta y cualquier otra ley, sino que además carecen de toda competencia para cuestionar su constitucionalidad antes de su aprobación y al margen de los instrumentos procesales previstos al efecto: en el caso de jueces y magistrados, plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

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Los pronunciamientos que arrojan este tipo de declaraciones contienen además expresiones sin demasiado fundamento y de todo punto excesivas. Es el caso, por ejemplo, de la que sugiere que una ley de amnistía aprobada por el Parlamento supondría el fin de la democracia o la voladura del Estado de derecho. Se trata de fórmulas impropias de la mesura que se les debe exigir a quienes están obligados a aplicar la ley con imparcialidad si esta entra en vigor y siempre que el Tribunal Constitucional no le encuentre reparos.

En un Estado fundado en la división de poderes, no es admisible que el poder judicial emita juicios preventivos sobre iniciativas cuya aprobación corresponde al poder legislativo, si se alcanzan las mayorías exigidas. Poco ayuda a la calidad democrática de nuestro país ver a integrantes del poder judicial usar de manera inapropiada las estructuras asociativas o al propio CGPJ para emitir juicios que corresponderá ofrecer en exclusiva al tribunal competente, el Constitucional. No cuestionar este ejercicio de irresponsabilidad sí supondría validar un desafío a la separación de poderes que fundamenta nuestra democracia.


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