Un cierto retorno al historicismo político
Urkullu hace algunas propuestas nuevas que, más allá de su discutible oportunidad, podrían caber en un modelo descentralizado no confederal. Otras, en cambio, no caben en nuestro modelo constitucional
Iñigo Urkullu proponía este jueves iniciar, mediante lo que denomina imprecisamente “convenciones”, la búsqueda de un nuevo pacto territorial con el Estado. Tras enumerar lo que considera defectos de nuestro modelo territorial, propone un nuevo modelo de Estado territorial del que no se precisa mucho sobre el contenido, aunque sí algo más sobre el método: el de pactos o convenciones bilaterales.
Dejando de lado su valoración del alcance de nuestra descentralización —que algunas relevantes instituciones de fuera de nuestras fronteras han considerado, en contra de lo afirmado por el lehendakari, entre las más profundas del mundo, aunque todo pueda perfeccionarse—, el artículo firmado por Urkullu hace algunas propuestas nuevas que, más allá de su discutible oportunidad, podrían caber dentro del marco de un modelo descentralizado no confederal. Es el caso del reproche a la falta de descentralización del poder judicial o la falta de representación directa y real de las comunidades autónomas en el Tribunal Constitucional, nunca contempladas en la Constitución, por lo que exigirían su reforma. La de hacer del Senado una auténtica Cámara de representación territorial coincide con otras fuerzas políticas, aunque no haya suscitado demasiados entusiasmos entre las comunidades llamadas históricas. No caben, en cambio, en nuestro modelo constitucional propuestas como la bilateralidad generalizada o la capacidad de decidir pactada sin poner en cuestión el titular de la soberanía.
Lo más relevante es el método para pactar un nuevo modelo o pacto territorial que no solo parece referirse al País Vasco, sino a las demás comunidades históricas, entre ellas Cataluña, naturalmente. Llama, en efecto, la atención el procedimiento que propone de “convenciones”, que dice inspirado en la cultura anglosajona. Idea de convención que, por sí sola, sugiere pacto o acuerdo entre partes iguales o al mismo nivel y que reitera empleando la idea de bilateralidad, que sugiere el modelo de Estado confederal no ajustado al federal que ha inspirado nuestra Constitución y su desarrollo posterior.
Resulta notable que el fundamento para esas convenciones bilaterales sea la disposición adicional primera de la Constitución sobre los derechos históricos de los territorios forales y su actualización en el marco de la Constitución y del Estatuto. En realidad, tal actualización de esos derechos históricos se realizó ya y se consumó en su momento con la aprobación del Estatuto vasco. En el proceso de elaboración y aprobación de la Constitución no se sabía con seguridad cuáles eran los derechos a actualizar en el futuro Estatuto. Por si acaso alguno no cabía, a última hora se añadió al texto constitucional la previsión del artículo 150.2, que permite al Estado transferir o delegar a las comunidades autónomas facultades correspondientes a materia de titularidad estatal.
Resulta llamativo que el nuevo pacto territorial que se propone busca incorporar al mismo a Cataluña, pese a que uno de los graves problemas que tiene el nacionalismo catalán — desencadenante de las demandas del presidente Artur Mas a Mariano Rajoy y del procés mismo— es el de su diferencia con el régimen de Concierto vasco, cuyo respeto al principio constitucional de solidaridad está en discusión. No parece muy oportuno, en esas condiciones y desde el punto de vista del País Vasco, su llamada a nuevo pacto que obligará a debatir sobre el sistema de Concierto y el respeto al principio constitucional de solidaridad.
La propuesta evita hablar de reforma de la Constitución o de proceso constituyente, pero no tanto porque le parezca que no afecta a cuestiones del modelo territorial, sino porque para evitarlo sugiere la fórmula historicista de los derechos históricos, no solo agotada ya, sino inservible para el resto de las comunidades de régimen común. Materias para todos como, entre otras, la bilateralidad, el sistema de garantías o la “capacidad de decidir” pactada parecen más bien constituyentes.
La complejidad del momento aumenta al hacerse tal propuesta precisamente ahora aprovechando las dificultades de este.
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